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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (15/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de noviembre de 2006 332860 46 SCELCA 1.46Por no colocar en forma visible los precios o clasi fi cación o la calidad de los artículos o productos comercializados.SI 6% 204 47 SCELCA 1.47Por permitir pernoctar, cocinar, lavar ropa u otros usos distintos a la venta de productos.SI 5% 170 48 SCELCA 1.48Por mantener en mal estado las instalaciones de luz, agua y desagüe del puesto de abastos del mercado.SI 5% 170 49 SCELCA 1.49 Por comercializar productos prohibidos por ley. 5% 170 SUBSISTENCIAS 50 SCELCA 1.50 Por no fi jar la clasi fi cación de la carne en la pizarra de precios . SI 3% 102 51 SCELCA 1.51 Por no hacer el corte reglamentario de la carne. SI 3% 10252 SCELCA 1.52 Por no resellar la libreta de control de venta de carne o menudencia. 3% 102 53 SCELCA 1.53Por condicionar y exigir al público la compra de otros artículos por la venta de productos de primera necesidad.8% 272 54 SCELCA 1.54 Por carecer de guía o factura, los artículos que se expenden. 18% 612 55 SCELCA 1.55Por vender al público artículos con menor peso del que corresponde.10% 340 56 SCELCA 1.56 Por tener balanzas con pesas fraudulentas. 12%Retencion y Denuncia Penal correspondiente.408 57 SCELCA 1.57Por carecer de juego completo de pesas y medidas, correspondientes.SI 8% Retención y Clausura. 272 58 SCELCA 1.58Por tener en mal estado el juego completo de pesas y medidas, correspondientes.SI 3% 102 59 SCELCA 1.59Por tener alterado el juego completo de pesas y medidas, correspondientes.SI 15% 510 COMERCIO EN VÍA PUBLICA 60 SCELCA 1.60 Por ejercer el Comercio Ambulatorio en Zona Rígida. 6% Retención. 204 61 SCELCA 1.61 Por ampliar o cambiar el Giro sin la Autorización Municipal. 10% 340 62 SCELCA 1.62Por ejercer el Comercio Ambulatorio en la vía publica sin la debida autorización municipal.5% Retención. 170 63 SCELCA 1.63Al propietario del predio o conductor del establecimiento que de protección, permita guardar y apoyar a vendedores informales, a fi n de que la Policía Municipal durante el operativo no pueda retener o decomisar su mercadería, obstaculizando su labor. 10%Con conocimiento a la SLAM340 64 SCELCA 1.64 Por ejercer el Comercio Ambulatorio en Zona No Autorizada. 5% 170 65 SCELCA 1.65Por ejercer el comercio ambulatorio, con falta de limpieza y desorden, medios de venta, cartones, sombrillas, cooler, trapos y maderas - Mercadería colgada fuera del Módulo.SI 4% Retención. 136 66 SCELCA 1.66Por ejercer el comercio ambulatorio empleando altoparlantes, ampli fi cadores de sonido y/o cualquier medio que cause malestar y molestia a los vecinos y público en general.10% --- 340 67 SCELCA 1.67Almacenamiento y/o comercialización de cualquier producto, que por su tamaño, forma y/o naturaleza represente peligro u obstáculo en la vía pública.5% Retenciòn y/o retiro. 170 68 SCELCA 1.68Almacenamiento y/o comercialización de todo tipo de artículos deportivos y/o prendas de vestir y accesorios en general en areas no autorizadas en la licencia de funcionamiento.5%Revocatoria y/o retención.170 69 SCELCA 1.69Almacenar, depositar o guardar mercadería y/o medio de venta de un Comerciante No Autorizado en un inmueble de propiedad privada.SI 100% 3,400 70 SCELCA 1.70Por obstaculizar y/o congestionar el tránsito peatonal, durante la carga y descarga de mercadería.50% 1,700 71 SCELCA 1.71Por mantener un vehículo en la vía o espacio público por más de 15 días, luego de o fi ciado al propietario del abandono del vehículo.50% Internamiento del vehículo.1,700