Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2006 (29/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de noviembre de 2006

tecnica y legalmente la contratacion del servicio personalisimo, por cuanto Radio Programas del Peru del GRUPORPP S.A. tiene la mayor cobertura a nivel nacional y el mayor nivel de audiencia, caracteristicas que la distinguen de otras emisoras y precisamente esas diferencias hacen que el servicio requerido solo pueda ser brindado por esta empresa; Que, por consiguiente, ante la propuesta de requerir un servicio que califica como personalisimo en los terminos del articulo 19°, inciso f) de la LEY y el articulo 145° del REGLAMENTO, es procedente autorizar la contratacion de los servicios de publicidad que presta el GRUPORPP S.A. para la difusion de los spots y microprogramas radiales. Esta contratacion debera realizarse de acuerdo al procedimiento senalado en el articulo 148º del REGLAMENTO; Que, segun lo dispuesto por el articulo 20º de la LEY y el articulo 147º del REGLAMENTO, la resolucion que apruebe la exoneracion al MORDAZA de seleccion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision; Con el visto MORDAZA de la Primera Adjuntia, de la Direccion de Promocion y Coordinacion Territorial, de la Oficina de Administracion y Finanzas y de la Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y los articulos 4º y 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones; y de conformidad con los articulos 19º y 20º de la LEY y con los articulos 145º, 146º, 147º y 148º del REGLAMENTO; SE RESUELVE: Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion correspondiente, por tratarse de un servicio personalisimo, la contratacion del servicio de emision de spots y microprogramas radiales sobre funciones de la Defensoria del Pueblo, a ser prestado por el GRUPORPP S.A., por un valor total de S/.121,142.50 (CIENTO VEINTIUN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS Y 50/100 NUEVOS SOLES), con cargo a los recursos del Programa "La promocion de la equidad e inclusion para la realizacion de los Derechos Humanos ­ Programa Quinquenal 2006-2010 de la Defensoria de Pueblo - Canasta de Fondos". Articulo Segundo.- ENCARGAR al Area de Logistica de la Oficina de Administracion y Finanzas realizar la contratacion exonerada de acuerdo al procedimiento senalado en el articulo 148º del REGLAMENTO. Articulo Tercero.- La jefatura de la Oficina de Administracion y Finanzas debera remitir MORDAZA de la presente resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro del plazo de ley. Articulo Cuarto.- La jefatura de la Oficina de Administracion y Finanzas debera publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 6160-1

El Informe Nº 002244-2006/SGREC/GO/RENIEC de fecha 31 de MORDAZA del 2006 y el Informe Nº 001043-2006GAJ/RENIEC de fecha 24 de agosto del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de San MORDAZA de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente por la Subgerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 921-2006-JEF/ RENIEC de fecha 11 de octubre del ano 2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica; para la Reinscripcion en la Seccion de Nacimientos correspondientes a los anos 1957, 1962, 1963, 1964, 1965, 1986, 1988, 1989, en la Seccion de Matrimonio de los anos anteriores a 1990 y en la Seccion de Defuncion correspondiente a los anos 1951, 1952, 1953, 1954, 1961, 1962, 1963, 1964, 1965, 1970, 1979, 1982, 1983, 1985, 1988 y 1989. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion ­ Ley Nº 26242 ­ 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 5988-13 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1118 -2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 10 de noviembre de 2006 VISTOS: El Informe Nº 002332-2006/SGREC/GO/RENIEC de fecha 11 de agosto del 2006 y el Informe Nº 001105-2006GAJ/RENIEC de fecha 5 de septiembre del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Distritales de San MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Olivas MORDAZA y Quiaca la apertura de registro de libros de actas de nacimiento, matrimonio y defuncion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1117-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 10 de noviembre de 2006

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