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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (02/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329284El Peruano lunes 2 de octubre de 2006 TIPO DE MONTO COD PROYECTOS EJECUCION DE SNIP PRESUPUES- INVERSION TARIA INSTALACION DE LOS SISTEMAS DE AGUAPOTABLE Y ALCANTARILLADO DE LAASOCIACION DE VIVIENDA GUSTAVO 30505MOMHE LLONA, CRISTO SA LVADOR, JESUS DIRECTA 2,510,000.00 DE NAZARETH, VIRGEN LOURDES, VILLAPARAISO Y NUEVA CHARACATO ZONAS 1 Y 2 DE CHARACATO, CHARACATO – AREQUIPA. INSTALACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA 30520ASOCIACION DE VIVIENDA AMPLIACION DIRECTA 1,725,000.00 CHARACATO Y NUEVA CHARACATO ZONAS 3, 4 Y 5, CHARACATO - AREQUIPA. MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA 30066 POT ABLE Y ALCANTARILLADO DEL DISTRITO DIRECTA 4,200,000.00 DE LA JOYA - AREQUIPA. CONSTRUCCION DE LA CAPTACION Y ALMACENAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA 30375 POT ABLE DEL ASENTAMIENT O HUMANO DIRECTA 3,120,000.00 MUNICIPAL HORACI O ZEVALLOS GAMEZ, SOCABAYA.- AREQUIPA. AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE, 9796ALCANTARILLADO Y DISPOSICION SANITARIA DIRECTA 2,396,969.00 DE EXCRETAS EN EL DISTRITO DE BELLA UNION - CARAVELI INSTALACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA 30513ASOCIACION DE VIVIENDA JUVENTUD DIRECTA 2,150,000.00 CHARACATO, CHARACATO - AREQUIPA CONSTRUCCION DE LA CAPTACION Y 27852PLANTA DE TRATAMIENTO DEL CONO DIRECTA 4,200,000.00 NORTE – CERRO COLORADO - AREQUIPA TOTAL 20,301,969.00 02638-2 Designan representante del Ministerio ante Comisión Multisectorial constituidamediante R.M. Nº 336-2006-PCM sobrela problemática del sistema penitenciario RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 314-2006-VIVIENDA Lima, 29 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 004-2005, se declaró en emergencia al Instituto Nacional Penitenciario - INPE; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 336-2006-PCM, del 18 de setiembre de 2006, se constituye una Comisión Multisectorial, adscrita al Ministerio de Justicia, encargada de evaluar la problemática del sistema penitenciario y proponer las acciones de corto y mediano plazo para su solución; Que, la referida Comisión Multisectorial, está conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por las consideraciones antes expuestas, es necesario designar al representante de VIVIENDA ante la citada Comisión Multisectorial; De conformidad con la Ley Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA: SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al abogado Oscar Gómez Castro, Asesor de la Secretaría General, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial constituida por Resolución Ministerial Nº 336-2006-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 02638-3ORGANISMOS AUTÓNOMOS ANR - CONAFU Admiten a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Moquegua CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 286-2006-CONAFU Lima, 7 de setiembre del 2006 VISTO; la Ley Nº 28520 de fecha 12 de mayo de 2005, el Oficio Nº 096.2006.ME.DM de fecha 7 de marzo del 2006, el Informe Nº 229-2006-CEAA-CONAFU de fecha 17 de mayo de 2006, el Oficio Nº 984-2006-DINESUTP de fecha 28 de junio de 2006, el Oficio Nº 029-2006-DCU- DINESUTP de fecha 18 de agosto de 2006, el Informe Nº 417-2006-CAA-CONAFU de fecha 25 de agosto de 2006, el Informe Legal Nº 303-2006-CONAFU-CJ de fecha 28 de agosto de 2006, el Acuerdo Nº 241-2006-CONAFU del Pleno del CONAFU de fecha 7 de setiembre del 2006, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribución la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa verificación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10º inc. “t” del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU del 13 de julio del 2006, Son atribuciones del Pleno del CONAFU: “Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto ó Reglamentos que corresponda al Pleno del CONAFU”. Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 14º del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 196-2004- CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004, con la solicitud de autorización de funcionamiento provisional, el administrado deberá presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional …”; Que, el artículo 21º del texto normativo antes referido, regula: “el procedimiento se establece con la presentación de la solicitud de Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), previo pago de la tasa administrativa para evaluación de admisión a trámite de la solicitud…….. Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de mesa de partes, ingresará oficialmente el expediente y lo remitirá a la Secretaría General para que remita la parte a) a la Consejería de Evaluación y Asuntos Académicos (CEAA) y la parte b) a la Comisión Jurídica (CJ), quienes dispondrán de cinco días calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciará el procedimiento corriendo los plazos y términos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgará a la promotora el plazo de cinco días hábiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedirá la resolución que declara su inadmisibilidad; Que, de conformidad con el artículo 22º de la referida norma, con los dictámenes favorables la Secretaría General solicitará a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluación del Proyecto,