Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2006 (02/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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LICA DEL P E

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329290

NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 2 de octubre de 2006

a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y Regidores para el Concejo Distrital de Tantarica, provincia de Contumaza, departamento de MORDAZA, del partido politico "Partido Aprista Peruano", en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006; debido a que del reporte emitido por la OROP se aprecia que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chiclayo, candidato a regidor, es afiliado al partido politico "Alianza para el Progreso", no habiendose anexado documento alguno que acredite su renuncia o autorizacion expresa para participar por otra organizacion politica en este MORDAZA electoral, contraviniendo lo dispuesto por el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Que, el apelante expresa agravios, indicando que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chiclayo renuncio con caracter de irrevocable al partido politico "Alianza para el Progreso"; anexando, a su recurso de apelacion, la renuncia de fecha de 03 de febrero del 2006; documento que esta recibido con el sello respectivo de dicha organizacion, indicando como fecha de recepcion 03 de febrero del 2006; Que, segun lo dispuesto por el articulo 18º, tercer parrafo de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, los afiliados a un partido politico inscrito; estableciendo la MORDAZA senalada, dos salvedades, la primer es que el candidato MORDAZA renunciado a su partido de origen con cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de inscripcion, y la MORDAZA es que el candidatos que continue afiliado a un partido politico, cuente con autorizacion expresa de este para presentarse como candidato por otro partido, siempre que el partido al que pertenece no presente candidatos en la respectiva circunscripcion, debiendo adjuntarse a la solicitud de inscripcion, en este MORDAZA caso, la autorizacion respectiva; por tanto, al haber hecho el apelante la aclaracion valida respecto del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chiclayo, mediante la carta de renuncia presentada al partido politico "Alianza para el Progreso", en tiempo oportuno, queda desvirtuado el impedimento atribuido a la mencionada ciudadana; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Alianza para el Progreso" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de San Pablo; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 102-2006-SAN MORDAZA de fecha 1 de setiembre del 2006, emitida el dicho MORDAZA Electoral Especial, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de dicha organizacion politica para el Concejo Distrital de Tantariaca, provincia de Contumaza, departamento de MORDAZA, para las lecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02631-2 RESOLUCION Nº 1867-2006-JNE Exp. Nº 1626-2006-APEL MORDAZA, 18 de setiembre de 2006

VISTO, en Audiencia Publica de fecha 18 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Renacimiento Andino" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA Frisancho MORDAZA, contra la Resolucion Nº 067-2006-JEE-Cusco de fecha 2 de setiembre de 2006, expedida por dicho MORDAZA Electoral Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion indicada en el Visto, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, resolvio denegar la admision a tramite de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y Regidores del partido politico "Renacimiento Andino" para el Concejo Distrital de Chinchaypucyo, provincia de Anta, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del presente ano; Que, del reporte emitido por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas se aprecia que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a regidor del mencionado Concejo, esta afiliado a la agrupacion politica "Partido Democratico Somos Peru", no habiendose adjuntado documento alguno que acredite su renuncia o autorizacion expresa para participar por otra agrupacion politica en este MORDAZA electoral, contraviniendo lo dispuesto por el articulo 14º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, concordante con el inciso 10) del articulo 5º de la Resolucion Nº 1301-2006-JNE; Que, el recurrente manifiesta que si bien el referido candidato es afiliado a la agrupacion politica mencionada, tambien es MORDAZA que presento una solicitud de renuncia irrevocable, al cual recibio respuesta mediante una Resolucion expedida por el "Partido Democratico Somos Peru", documento que no adjuntaron al expediente de inscripcion pues entendian que el ciudadano ya estaba desafiliado; sin embargo el apelante aclara la situacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA adjuntando a su recurso la citada Resolucion Partidaria Nº 014-2006PSDS de fecha 28 de febrero del 2006, quedando desvirtuado el impedimento atribuido al ciudadano en mencion; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Renacimiento Andino" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Cusco; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 067-2006-JEE-Cusco de fecha 2 de setiembre de 2006 emitida por dicho MORDAZA Electoral Especial, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de dicho partido politico para el Concejo Distrital de Chinchaypucyo, provincia de Anta, departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02631-5 RESOLUCION Nº 1876-2006-JNE Exp. Nº 1635-2006 MORDAZA, 18 de setiembre de 2006

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