Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2006 (02/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano lunes 2 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 2º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, tiene como finalidad asegurar la vigencia y defensa del sistema democratico al interior de los partidos politicos a traves del mecanismo de democracia interna; por tanto, con el acta de elecciones internas de fecha 29 de MORDAZA, de fojas 3 a 5, se acredita que se ha dado cumplimiento a la finalidad de la norma; asimismo, se debe precisar que los actos posteriores registrados en el acta complementaria de fecha 21 de agosto de 2006, responden a la necesidad de cubrir la candidatura a la alcaldia ante la renuncia del primer candidato, debiendo considerarse valida esta por cuanto su MORDAZA se dio con la solicitud de inscripcion; Que, con relacion al candidato a regidor Nº 2, si bien hubo un cambio en la ubicacion registrada con la solicitud de inscripcion, se constata que los nombres que figuran tanto en el acta de elecciones internas como en la referida solicitud, son los mismos, no siendo este el caso de una sustitucion por personas que no fueron electas en el acto de democracia interna; por otra parte, con relacion al orden en la lista, se verifica en las fichas de inscripcion que los candidatos, quienes rubrican dicho documento, han consignado el mismo orden de la solicitud de inscripcion, la cual debe mantenerse; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Restauracion Nacional"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 102-2006-JEE/H de fecha 4 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo, que deniega la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico mencionado para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02631-14

Alto Amazonas, declaro fundada la tacha interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a regidor al Concejo Provincial de Alto Amazonas, departamento de MORDAZA, en la lista presentada por la organizacion politica local "Cambio Alto Amazonas", para las Elecciones Municipales del ano 2006; por cuanto se aprecia del documento emitido por la OROP, que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra afiliado al partido politico "Partido Movimiento Humanista Peruano", lo que constituye impedimento para integrar la lista de candidatos de la organizacion politica local provincial "Cambio Alto Amazonas". Que, el apelante sostiene entre otros fundamentos, estar afiliado al partido politico "Partido Movimiento Humanista Peruano", habiendo solicitado autorizacion a la citada agrupacion politica, la que le fue entregada el 2 de setiembre del 2006, manifestando ademas que el partido politico "Partido Movimiento Humanista Peruano", no presenta candidatos en la circunscripcion. Que, de la revision de autos, se advierte la autorizacion de fecha 20 de MORDAZA de 2006, otorgada por el partido politico "Partido Movimiento Humanista Peruano" en favor del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, recien ha sido presentada en via de apelacion, en tal sentido, dicho documento deviene en extemporaneo, incumpliendose lo dispuesto en el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos, Ley Nº 28094 y lo dispuesto en el numeral 10) del articulo 5º de la Resolucion Nº 1301-2006-JNE, normas que disponen que la autorizacion expresa del partido politico se debe adjuntar a la solicitud de inscripcion; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Chujutalli; en consecuencia CONFIRMAR en todos sus extremos la Resolucion Nº 030-2006-JNE-JEE-ALTO AMAZONASP, de fecha 30 de agosto del 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Alto Amazonas, que declaro fundada la tacha interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y dispuso la exclusion del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la lista de candidatos al Concejo Provincial de Alto Amazonas, departamento de MORDAZA, presentada por la organizacion politica local provincial "Cambio Alto Amazonas" para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 02631-3 RESOLUCION Nº 1866-2006-JNE Expediente Nº 1625-2006.

Declaran infundadas apelaciones interpuestas contra resoluciones expedidas por los Jurados Electorales Especiales de Alto Amazonas, MORDAZA y Tacna
RESOLUCION Nº 1853-2006-JNE Expediente Nº 1588-2006.

MORDAZA, 18 de setiembre de 2006 MORDAZA, 18 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 18 de setiembre del 2006, el recurso de apelacion interpuesto don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Nº 030-2006-JNE-JEE-ALTO AMAZONAS-P, de fecha 30 de agosto del 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Alto Amazonas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 030-2006-JNE-JEEALTO AMAZONAS-P, el MORDAZA Electoral Especial de Visto, en Audiencia Publica de fecha 18 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico "Partido Nacionalista Peruano" contra la Resolucion Nº 059-2006-JEE-Cusco, de fecha 1 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial del Cusco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 059-2006-JEE-Cusco, el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, denego la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a los cargos de

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