Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2006 (02/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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LICA DEL P E

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329342
Cuadro Nº 1
MORDAZA de: Designacion de Auditor Ambiental Interno Plan de Contingencias (**) Informe de Gestion Ambiental Anual (*) Declaracion y Plan de Manejo de Residuos (*) Informes de Monitoreo

NORMAS LEGALES PROYECTO
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LICA DEL P E

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El Peruano lunes 2 de octubre de 2006

Estudios de Impacto Ambiental (*) Planes de Cierre (*)

Datos proporcionados por la Empresa Nombre del Auditor Documento de designacion o nombramiento Fecha de MORDAZA del Plan. Fecha de la actualizacion del Plan. Fecha de MORDAZA al MEM. Documento de MORDAZA y Nº de registro MEM. Fecha de MORDAZA al MEM. Documento de MORDAZA y Nº de Registro MEM. Fecha de MORDAZA de los Informes Trimestrales de Monitoreo al MEM. Documentos de MORDAZA y Nº de Registro MEM. Fecha y documento de aprobacion. Fecha de inicio de obras del Proyecto. Fecha y documento de aprobacion. Fecha de inicio de obras del Proyecto.

· Emisiones gaseosas, · Efluentes liquidos, · Ruidos y otros que la Gerencia de Fiscalizacion Electrica del OSINERG determine y comunique oportunamente a las empresas. La empresa debe informar de los resultados de las mediciones de los parametros ambientales establecidos en el Anexo 2 del Reglamento de Proteccion Ambiental de las Actividades Electricas y la Resolucion Directoral 008-97/EM/DGAA, asi como aquellos establecidos en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto u otros instrumentos de gestion. La informacion que debe contener la declaracion de cumplimiento de los Limites Maximos Permisibles (LMPs) y Estandares Comprometidos se presenta en el Anexo 2 y debe reportarse por cada instalacion. Los estandares comprometidos quedaran sin efecto y seran reemplazados por los correspondientes Limites Maximos Per misibles cuando estos ultimos MORDAZA determinados por la autoridad competente. 7. TRANSFERENCIA DE INFORMACION La transferencia de informacion se realizara via extranet, a traves de un MORDAZA que asignara el OSINERG. 8. INDICADORES Los indicadores que se muestran en la siguiente tabla son calculados en funcion a la informacion solicitada a la Empresa en el punto 6 del presente procedimiento y estaran referidos al periodo de evaluacion correspondiente.

(*) La empresa presentara al OSINERG MORDAZA de los documentos en mencion en formato PDF, en los plazos establecidos en la normativa ambiental. (**) Entrara en vigencia cuando se apruebe el Reglamento de la Ley Nº 28551.

6.3 Informacion referida al Cumplimiento de Limites Maximos Permisibles (LMPs) y Estandares Comprometidos en los Programas de Monitoreo Las empresas deben informar del cumplimiento de LMPs y estandares comprometidos de los siguientes aspectos ambientales:
Indicador Ejecucion del Programa Anual de Actividades Programadas para Atender los AAS (%) Unidades %

Formula

i=1



n

(Nº de Actividades ejecutadas en plazo por Instrumento de Gestion)i x 100 Nº de Actividades comprometidas por Instrumento de Gestion) i n n = Numero de Instrumentos de Gestion

Cumplimiento de Metas Ambientales

%

i=1

n

(Nº de Metas alcanzadas por Objetivo)i x 100 Nº de metas propuestas por Objetivo) i n n = Numero de Objetivos

RI (0,3) + RP(0,7)

Disposicion final de Residuos

%

RI = (Toneladas de residuos industriales con disposicion final por ano) x 100 (Toneladas de residuos industriales generados por ano) RP = (Toneladas de residuos peligrosos con disposicion final por ano) x 100 (Toneladas de residuos peligrosos generados por ano) (Nº de Parametros que Cumplen con los LMP's y los Estandares Comprometidos n n = Nº de Parametros medidos por punto de control e instalacion de la empresa

Cumplimiento de Limites Maximos Permisibles y Estandares Comprometidos

%

I=0

n

Nota 1: Los indicadores se calcularan anualmente. Nota 2: Los indicadores no podran dar resultados mayores a 100% Los niveles de tolerancia de los presentes indicadores seran establecidos por el OSINERG.

9. INFRACCIONES Y MULTAS El incumplimiento a lo dispuesto en el presente procedimiento, se considera como infraccion correspondiendo aplicar sancion, de acuerdo a lo dispuesto en la Escala de Multas y Sanciones emitidas por OSINERG. La sancion por incumplimiento de los indicadores se establece en una Escala de Multas y Sanciones especifica. La imposicion de las sanciones no exceptua a la Empresas de cumplir con los compromisos establecidos. 10. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS 10.1 El presente procedimiento no se aplicara a las empresas auto productoras y municipales durante los dos primeros anos contados a partir de su entrada en vigencia.

10.2 Las empresas deben incorporar en el item 6.1. del presente procedimiento la totalidad de observaciones detectadas en periodos de fiscalizacion anteriores y compromisos pendientes PAMA que a la fecha de aprobacion del presente procedimiento, se mantengan pendientes de solucion. 10.3 Las empresas informaran al OSINERG en un plazo no mayor de 60 dias calendario, contados a partir de la publicacion del presente procedimiento en el Diario Oficial El Peruano, las acciones y plazos programados dentro del item 6. 10.4 Las empresas alcanzaran en un plazo no mayor de 60 dias calendario, contados a partir de la publicacion del presente procedimiento en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de todos los Estudios de Impacto Ambiental, planes de cierre o cualquier otro instrumento de gestion aprobados a la fecha. 10.5 Las empresas alcanzaran en un plazo no mayor de 60 dias calendario, contados a partir de la publicacion

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