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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 5 de octubre de 2006 329631REPUBLICADELPERU /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 COFOPRI /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61/G73 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G64/G65/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G50/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G43/G4F/G46._/G4F/G50/G52/G49 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 034-2006-COFOPRI/PC Lima, 29 de setiembre de 2006CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; Que, la Ley Nº 27594 de fecha 6 de diciembre de 2001, regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y establece en su artículo 7º que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el artículo 1º de la precitada Ley; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 042- 2004-COFOPRI/PC de fecha 9 de noviembre de 2004, se encargó a la señora abogada Marita Ivette Raffo Miranda, ex Gerente de Titulación de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, las funciones de la Gerencia de Declaración y Regularización de la Propiedad de COFOPRI, a partir de dicha fecha y en tanto se designe al funcionario que desempeñará dicho cargo; Que, la referida ex funcionaria ha dejado de pertenecer a la institución con fecha 20 de febrero de 2006, siendo que por razones del servicio se requiere encargar las funciones de la indicada Gerencia a otro funcionario en tanto se designe a su titular; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594 y Decreto Legislativo Nº 803; Con el visado de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones y la Jefatura de Asuntos Legales de la Gerencia de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 042-2004-COFOPRI/PC de fecha 9 de noviembre de 2004. Artículo Segundo.- Encargar al señor Gonzalo Blanco Oyola, Gerente de Titulación de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, las funciones de la Gerencia de Declaración y Regularización de la Propiedad de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, en tanto se designe al funcionario que desempeñará dicho cargo. Artículo Tercero.- El ejercicio de las funciones encargadas es de exclusiva responsabilidad de quien recibe la encargatura. Regístrese, comuníquese y publíquese HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y Presidente de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI 02704-1CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G63/G6F/G6D/G75/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G48/G53/G42/G43/G20/G42/G61/G6E/G6B/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65 /G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 051-2006-EF/94.45 Lima, 29 de septiembre de 2006 VISTOS: El expediente Nº 2006024752 presentado por la Bolsa de Valores de Lima S.A., así como el Informe InternoNº 411-2006-EF/94.45.2 del 29 de septiembre de 2006, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 537-2006 del 28 de abril de 2006 la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones autorizó la organización de HSBC BANK PERÚ S.A. comoempresa del sistema financiero; Que, asimismo, mediante Resolución SBS Nº 1256- 2006 del 28 de septiembre de 2006, la Superintendenciade Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones autorizó el funcionamiento de HSBC BANK PERÚ S.A.; Que, HSBC BANK PERÚ S.A. se constituyó por escritura pública de fecha 2 de mayo de2006, otorgada ante el NotarioPúblico de Lima, señor Eduardo Laos de Lama; Que, mediante escritos de fecha 7, 13 y 15 de septiembre de 2006, HSBC BANK PERÚ S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. la inscripción de las acciones comunesrepresentativas de su capital social en el Registro de Valoresde la Bolsa de Valores de Lima y en el Registro Público delMercado de Valores de CONASEV; Que, mediante Carta GE-206/06 y Solicitud de Listado de Valor Nº 00597, remitidos el 15 y 18 de septiembre de 2006, respectivamente, la Bolsa deValores de Lima S.A. comunicó a CONASEV sudecisión de admitir el listado de las acciones comunesrepresentativas del capital social de HSBC BANKPERÚ S.A. y elevar el expediente a CONASEV, para los fines correspondientes; Que, la documentación presentada se encuentra acorde con lo dispuesto por el artículo 5 del Reglamentode Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en laRueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima y elartículo 8 del Reglamento del Sistema MVNet; Que, el artículo 2 numeral 2) de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidaspor los Órganos Decisorios de CONASEV, estableceque las resoluciones administrativas referidas a lainscripción en el Registro Público del Mercado de Valores,de valores mobiliarios objeto de oferta pública, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEVen Internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valoresy a lo acordado por el Directorio de CONASEV en sesión del 18 de diciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la inscripción devalores mobiliarios, previamente emitidos y que seránnegociados en mecanismos centralizados denegociación, en el Registro Público del Mercado deValores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse en favor del listado, en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, delas acciones comunes de HSBC BANK PERÚ S.A. Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Mercado de Valores las acciones comunes de HSBCBANK PERÚ S.A. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet.