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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (10/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALESEl Peruano martes 10 de octubre de 2006330033REPUBLICADELPERU /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G4E/G50 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 116-2006-JEFATURA/ONP Lima, 3 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 133-2003- JEFATURA/ONP de fecha 31 de octubre de 2003, se designó a la señora Luciana Gigiola Alberdi Burneo en elcargo de Gerente de Administración de la Oficina de Normalización Previsional - ONP; Que, por razones del servicio, resulta conveniente dar por concluida la designación a que se refiere el considerando anterior; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5° de la Ley Nº 28532 - Ley que establece la Reestructuración integral de la ONP, y en mérito a la designación a que se contrae la Resolución SupremaNº 075-2006-EF; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación de la señora Luciana GigiolaAlberdi Burneo, en el cargo de Gerente de Administración de la Oficina de Normalización Previsional, dándosele las gracias por los serviciosprestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS ALFREDO CHIRINOS CHIRINOS Jefe 02876-1 SUNARP /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F /G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G49/G58/G63/G6F/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 295-2006-SUNARP/SN Lima, 5 de octubre de 2006 VISTOS: el informe presentado mediante Oficio Nº 02-2006-SUNARP-GTCC, de 21 de abril de 2006, por el Grupo de Trabajo conformado medianteResolución Nº 091-2006-SUNARP/SN, que contiene la propuesta de acciones de reestructuración de los Consejos Consultivos constituidos en la SUNARP, elOficio Circular Nº 006-2006-SUNARP-GTCC/SN, del 25 de abril de 2006 y el Oficio Nº 816-2006-SUNARP- Z.R.NºIX/JEF, de fecha 14 de agosto de 2006, elevadopor el Jefe de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima; y, CONSIDERANDO:Que, en las funciones encomendadas a los Consejos Consultivos debe enfatizarse su carácter de órgano que,cumpliendo un rol de intermediación con la ciudadanía, traslade a la administración sus inquietudes, aportes ycríticas, dentro de una política de apertura y promoción de la participación ciudadana; Que, la función vigente que se encuadraría en dicho supuesto, es la de "proponer al Superintendente Nacional la expedición de las directivas que estime necesarias para el mejor funcionamiento de los Registros", la mismaque, al restringir la participación de los Consejos Consultivos vinculándola con la expedición de directivas, conviene reformularla al amparo de lo establecido en elconsiderando precedente; Que, constituyendo el Consejo Consultivo un ente de intermediación mediante el cual se hace de conocimientode la entidad, las inquietudes de la ciudadanía, es prescindible la participación de un representante de la Sede Central de la SUNARP en los Consejos Consultivosde las Zonas Registrales; Que, en atención a los principios de transparencia y de rendición de cuentas, es oportuno establecer unmecanismo periódico que permita difundir o conocer los logros del ejercicio por parte del Consejo Consultivo; Que, mediante Resolución Nº 212-2003-SUNARP/ SN, de 09 de mayo del 2003, se establecieron las funciones, composición y normas de organizacióninterna para el Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº IX con competencia para la Oficina Registral del Callao; Que, mediante Resolución Nº 318-2003-SUNARP/ SN, de 26 de junio de 2003, se constituyó el Primer Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº IX concompetencia para la Oficina Registral del Callao; Que, habiendo vencido el plazo del mandato de sus integrantes, el Jefe de la Zona Registral Nº IX -Sede Lima, nos comunica que la Oficina Registral del Callao; a través del Oficio Nº 430-2006-SUNARP- Z.R.NºIX/CLL, hace de conocimiento la designaciónde los integrantes de las respectivas entidades para la conformación del nuevo Consejo Consultivo; Que, conforme al Oficio Nº 816-2006-SUNARP- Z.R.NºIX/JEF, remitido por el Jefe de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, las instituciones que conforman el Consejo Consultivo de la Oficina Registral del Callao hanrenovado su compromiso de participar activamente en él; Estando a lo dispuesto por el literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS y por la Resolución Nº 599- 2002-SUNARP/SN; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar los artículos 3º y 4º de la Resolución Nº 212-2003-SUNARP/SN del 09 de mayo de 2003, conforme al siguiente texto: "Artículo 3º.- El Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº IX con competencia para la Oficina Registraldel Callao estará integrado por: a) Un representante del Colegio de Abogados del Callao. b) Un representante del Colegio de Notarios del Callao. c) Un representante del colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental Callao. d) Un representante de la Cámara de Comercio y Producción del Callao. e) Un representante de la Municipalidad Provincial del Callao. El mandato de los miembros será por un año, computado a partir de la fecha de instalación del Consejo Consultivo, pudiendo ser renovado por un período similar; El Consejo podrá invitar a las sesiones al funcionario o autoridad que estime pertinente.