Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2006 (10/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano martes 10 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

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politicas que intervienen en las elecciones municipales del ano 2006, para asi establecer una linea de aplicacion adecuada y razonable sin alejarse de la MORDAZA electoral; Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, al "Movimiento Regional Moral y Desarrollo" al presentar su lista de candidatos para el Concejo Provincial de San MORDAZA, compuesto por 11 regidores, le sera permitido contar con 2 candidatos jovenes, al equipararse dicho numero al equivalente del MORDAZA de libre designacion que opera para los partidos politicos; con lo cual ha quedado cumplido el requisito de esta cuota; Que, respecto al domicilio de cuando menos dos anos continuos en la provincia donde postula el ciudadano MORDAZA Canqui Copa, el recurrente adjunta al recurso impugnativo, MORDAZA de estudios de las hijas del citado ciudadano en el Colegio Adventista Americana en la MORDAZA de Juliaca; certificados de trabajo expedidos por la Universidad Peruana Union de Juliaca, indicando que el referido ciudadano ha trabajado como docente en dicha institucion del 29 de marzo al 15 de MORDAZA de 2004, del 1 de MORDAZA al 1 de MORDAZA de 2005, del 5 de octubre al 4 de diciembre de 2005, y del 13 de marzo hasta la fecha; y, certificado de trabajo del Colegio Adventista Americana senalando que dicho ciudadano ha laborado desde marzo hasta diciembre de 2005; Que, de la valoracion en conjunto de estos medios probatorios, se presume, salvo prueba en contrario, que el ciudadano MORDAZA Canqui Copa, domicilia en la provincia a la cual postula, es decir, en San MORDAZA, cuando menos dos anos continuos, con lo cual se da cumplimiento a lo establecido en el numeral 2) del articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales - Ley Nº 26864; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia, en los procesos electorales, conforme lo senalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del "Movimiento Regional Moral y Desarrollo"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 027-2006-JEE-SR de fecha 4 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de San Roman; y REFORMANDOLA, disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores para el Concejo Provincial de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, presentada por el citado movimiento regional, para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) RESOLUCION Nº 1936-2006-JNE

Huacrapuquio, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico "Union por el Peru" para las Elecciones Municipales del ano 2006, por: 1) no cumplir con adjuntar la solicitud de licencia sin goce de haber del candidato a MORDAZA Hercilio MORDAZA MORDAZA, 2) la renuncia o autorizacion de los partidos politicos "Accion Popular y Peru Posible" al que se encuentra afiliados respectivamente los candidatos a regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Sinchi; Que, el apelante sostiene que 1) el candidato a MORDAZA, Hercilio MORDAZA MORDAZA presento su solicitud de licencia, la misma que le fuera concedida y que adjunta en documento original, 2) el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento su renuncia al partido politico "Accion Popular" el 22 de febrero de 2006, documento que adjunta y el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento su renuncia al partido politico el 15 de febrero de 2006, documento que adjunta; Que, a fojas 78 obra la Declaracion Jurada de Hercilio MORDAZA MORDAZA, en la que consigan laborar en el Municipio Distrital de Huacrapuquio desde el 1 de marzo de 2003, indicando fecha de salida el 31 de diciembre de 2006 salida y adjuntando documento por el cual solicita licencia sin goce de haber ante el municipio de Huacrapuquio, la cual le ha sido concedida como se puede apreciar a fojas 111 en tal sentido, quedando desvirtuado el impedimento establecido en el literal e) del articulo 8.1 de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Que, segun lo dispuesto por el articulo 18º, tercer parrafo, de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, los afiliados a un partido politico inscrito; salvo que el candidato MORDAZA renunciado a su partido de origen con cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de inscripcion, o que el candidato que continue afiliado a un partido politico, cuente con autorizacion expresa de este para presentarse como candidato por otro partido, siempre que el partido al que pertenece no presente candidatos en la respectiva circunscripcion, debiendo adjuntarse a la solicitud de inscripcion, en este MORDAZA caso, la autorizacion mencionada; por tanto al haber hecho el apelante la aclaracion valida respecto de los candidatos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante carta de renuncia presentada al partido politico "Accion Popular" y "Peru Posible", las mismas que se aprecian a foja 109 y 110 quedando desvirtuado el impedimento atribuido a los ciudadanos en mencion; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del partido politico "Union por el Peru" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 118-2006-JEE/H emitida por dicho MORDAZA Electoral Especial, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores del Concejo Distrital Huacrapuquio, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, del partido politico "Union por el Peru" para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese.

Exp. Nº 1703-2006 MORDAZA, 18 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 18 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del partido politico "Union por el Peru", MORDAZA MORDAZA Chanca MORDAZA, contra la Resolucion Nº 118-2006-JEE/ H de fecha 4 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo; CONSIDERANDO: RESOLUCION Nº 1960-2006-JNE Que, mediante la Resolucion apelada, el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo denego la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores del Concejo Distr ital de Exp. Nº 1694-2006 MORDAZA, 19 de setiembre de 2006 SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e)

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