Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2006 (10/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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UB

LICA DEL P E

RU

329936

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano martes 10 de octubre de 2006

VISTO, en Audiencia Publica de fecha 19 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del "Partido Aprista Peruano", MORDAZA MORDAZA Cruzatte, contra la Resolucion Nº 057-2006-JEETACNA/JNE de fecha 1 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Tacna; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion apelada, el MORDAZA Electoral Especial de Tacna declaro fundada la tacha presentada por el ciudadano Gilmar MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata a Consejera Regional del Gobierno Regional de Tacna, argumentando que la mencionada candidata mantiene vinculo laboral con la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ocupando el cargo de Gerente de Servicios Sociales y Comunales, basandose en la informacion recogida de la Pagina Web del municipio distrital en mencion, no habiendo solicitado la licencia sin goce de haber que exige la ley; Que, el recurrente indica en su escrito de apelacion que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata a Consejera Regional del Gobierno Regional de Tacna presento solicito la licencia sin goce de haber el 17 de MORDAZA de 2006, y presenta MORDAZA certificada del escrito correspondiente; Que, a fojas 04 obra la Declaracion Jurada de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la que consigan laborar en el Municipio Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA desde el 1 de marzo de 2006, sin indicar la fecha de salida, constatandose sin embargo que con la apelacion se adjunta MORDAZA certificada del documento presentado el 17 de MORDAZA de 2006 ante la recepcion del municipio en mencion, por el cual solicita licencia sin goce de haber para participar en las elecciones regionales; en tal sentido, al haberse desvirtuado el impedimento establecido en el articulo 14º de la Ley de Elecciones Regionales 27683 deviene en fundado el recurso de apelacion interpuesto; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del par tido politico "Par tido Aprista Peruano"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 057-2006JEE-TACNA emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tacna, y REFORMANDOLA declarar infundada la tacha formulada por el ciudadano Gilmar MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la candidata a Consejera Regional de Tacna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el partido politico "Partido Aprista Peruano" Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 2036-2006-JNE Exp. Nº 1799-2006

Que, mediante Resolucion Nº 177-2006-JEE/ABANJ, el MORDAZA Electoral Especial de Abancay denego a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Tintay, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico "Union Por El Peru"; en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, debido a que del Reporte de OROP se desprende que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA candidato al cargo de regidor, se encuentra afiliado al par tido politico "Frente Independiente Moralizador" no habiendose adjuntado a la solicitud de inscripcion la correspondiente renuncia al partido politico al que pertenece o la autorizacion expresa para postular por otra organizacion politica en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094-; Que, el apelante sostiene que el candidato cuestionado presento su renuncia irrevocable al partido politico "Frente Independiente Moralizador"; renuncia que adjunta al escrito de apelacion; Que, con el documento de renuncia al partido politico "Frente Independiente Moralizador", de fecha 15 de febrero 2006; presentada con el recurso, se demuestra la desafiliacion partidaria del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la anticipacion prevista en el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica - Ley Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Union Por El Peru", en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 177-2006-JEE /ABAN-J de fecha 4 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Abancay; y REFORMANDOLA, disponer se admita a tramite la inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Tintay, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico "Union Por El Peru"; en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006; Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) RESOLUCION Nº 2037-2006-JNE Expediente Nº 1800-2006 MORDAZA, 19 de setiembre de 2006 Visto, en Audiencia Publica de fecha 19 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por Densin MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del partido politico "Union por el Peru", contra la Resolucion Nº 174-2006JEE/ABAN-J de 5 setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Abancay; CONSIDERANDO:

MORDAZA, 19 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 19 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don Densin MORDAZA MORDAZA MORDAZA personero legal titular del partido politico "Union Por el Peru", contra la Resolucion Nº 1772006-JEE/ABAN-J, de fecha 4 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Abancay; Que, mediante la apelada se denego la admision a tramite de inscripcion la lista de candidatos al Concejo Distrital de Tamburco, provincia de Abancay, departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico "Union por el Peru", para las Elecciones Municipales del ano 2006, dado que los candidatos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Aydee MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA

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