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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 20 de octubre de 2006 330945REPUBLICADELPERU fueren necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente conforme a las disposiciones de la presente ordenanza. Artículo 4º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, a través de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y ala Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Desarrollo Económico. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 03301-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61 /G79/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G4E/GB0/G73/G2E/G20/G31/G37/G33/G20/G79/G20/G31/G37/G35/G2D/G4D/G44/G53 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2006-MDS Surquillo, 30 de setiembre de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO: el Informe Nº 088-2006/GR/MDS del 30 de setiembre de 2006 de la Gerencia de Rentas, relativo ala prórroga de la fecha de vencimiento de la Amnistía Tributaria y Administrativa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 173-MDS modificada por la Ordenanza Nº 175-MDS se estableció una Amnistía Tributaria y Administrativa Total por Aniversario del Distrito de Surquillo aplicable a los contribuyentesdeudores por sus obligaciones tributarias y administrativas generadas hasta la fecha de la vigencia de la citada Ordenanza, estableciéndose como fecha detérmino de la misma el 15 de julio del año 2006, siendo prorrogada por los Decretos de Alcaldía Nº 011-2006- MDS, Nº 012-2006-MDS, Nº 013-2006-MDS y Nº 014-2006-MDS hasta el 15 de agosto, el 31 de agosto, el 15 de setiembre y el 30 de setiembre del presente año, respectivamente; Que, en atención al Informe de Vistos, resulta conveniente seguir brindando las facilidades expuestas en la precitada Ordenanza a los contribuyentes y vecinosde Surquillo para el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas, disponiéndose la prórroga de la Amnistía, en uso de la atribución conferida por la SegundaDisposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 173- MDS; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: PRÓRROGA DE AMNISTÍA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Artículo Único.- Objeto de la norma: PRORRÓGUESE hasta el 31 de octubre de 2006 la fecha de vencimiento de la Amnistía aprobada por la Ordenanza Nº 173-MDS modificada por la Ordenanza Nº 175-MDS.Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 03245-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAMATAMBO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G72/G61/G20/G22/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G49/G6E/G66/G72/G61/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G45/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6D/G61/G74/G61/G6D/G62/G6F/G22 ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2006-MDH Huamatambo, 5 de octubre del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE HUAMATAMBOVISTO: En Sesión Extraordinaria del 5 de octubre del 2006, el Memorial de la población solicitando en suma URGENCIA la ejecución de la Obra: "Desarrollo de InfraestructuraEconómica del distrito de Huamatambo", dinero que fue donado más del 60% del presupuesto por el FONDO ITALO PERUANO, Informe Técnico Nº 001-2006 y elInforme Legal Nº 001-2006; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Instituciones Públicas que tienen Autonomía Política, Económica y Administrativaen los asuntos de su competencia conforme lo establece el Art. 194º de la Norma Constitucional, modificado en parte por Ley Nº 28607, Ley de Reforma de los Artículos91º, 191º y 194º de la precitada norma Constitucional, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; Que, con fecha 20 de setiembre los moradores del distrito de Huamatambo, presentaron un memorial a la Municipalidad Distrital, solicitando la inmediata ejecuciónde la Obra "Desarrollo de Infraestructura Económica del distrito de Huamatambo", dinero que fue donado por el FONDO ITALO PERUANO. Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2006, el señor Ing. JOSE OSCAR HUARCAYA LIMA recomienda que debe tomar las acciones necesarias para la ejecuciónde la Obra antes descrita, toda vez que es un dinero que cuenta con plazos para la ejecución del mencionado proyecto caso contrario se estaría corriendo el riesgode que pueda revertirse el dinero al FONDO ITALO PERUANO, más aun en el informe indica los beneficios serían casi toda la población, por ejemplo una de lastantas obras sería, el canal de regadío que se extiende desde la localidad de Antarumi, distrito de Chupamarca, hasta la localidad de Huancayá, del distrito deHuamatambo. Según el expediente técnico el canal atraviesa los caseríos por las zonas altas, y de esta forma la población puede aprovechar fácilmente el caudalpor gravedad hacia los sembríos. La bocatoma se encuentra sobre el Río Tantará a la altura de Antarumi, continua con dirección sur oeste pasando frente al distritode Tantará hasta llegar a Huamatambo, desde ese punto geográfico continua con dirección sur llegando por las zonas altas de los caseríos de Huancayá, según el puntode acción e Hidrográficamente, el canal se encuentra en la cuenca sobre la margen derecha del Río Tantará aguas arriba (Hacia el sur discurre con el nombre de San Juan)