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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (20/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330942El Peruano viernes 20 de octubre de 2006 Por lo cual solicito se me expida el Certificado Domiciliario, conforme lo señalado en la Ley Nº 28862 -Ley que elimina la atribución a la Policía Nacional del Perú a Expedir Certificados Domiciliarios y la Ley Nº 28882 - Ley de Simplificación de la CertificaciónDomiciliaria, para lo cual adjunto copia de mi DNI, con el fin de realizar trámites: Electorales Judiciales Otros…………………………………………… Adicionalmente, confirmo mi domicilio con uno de los siguientes documentos: Recibo de Agua Recibo de Luz Recibo de Teléfono Tarjeta VPP Otros recibos que señalen mi domicilio. ——————————————- Firma Nombres y Apellidos:_______________________________ DNI Nº____________________. NOTA: En caso que se compruebe la falsedad de la declaración jurada el infractor estará incurso en las sanciones contempladas en el artículo 427º del Código Penal, sin perjuicio de las sancionesadministrativas correspondientes. 03246-1 /G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 231-MPL Pueblo Libre, 28 de setiembre del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 011-2006-MPL/CPL-CPDH de la Comisión Permanente de Desarrollo Humano; y, CONSIDERANDO: Que, al amparo del artículo 4º de la Constitución Política del Perú, la Comunidad y el Estado protegen especialmente a la familia, promueven el matrimonio ylos reconocen como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, dentro de los objetivos de la gestión municipal, se encuentra la de brindar protección a la familia a través del matrimonio y es preocupación de esta gestión dar las facilidades necesarias a sus trabajadores que deseencontraer matrimonio civil, fortaleciendo de esta forma el núcleo familiar;En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, el pleno del Concejo por Unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Exonérese del pago del derecho para la celebración de ceremonia deMatrimonio Civil en el local municipal en horas laborables, a todos los trabajadores de la Municipalidad, cualesquiera fuere su régimen laboralo modalidad de contratación. Excepcionalmente, los hijos mayores de edad de trabajadores, que deseen contraer matrimonio, podránacogerse a la presente ordenanza. Para este efecto, deberán contar con informe favorable de la asistenta social, quien evaluará la situación del interesado. Artículo Segundo.- Los contrayentes deberán presentar los siguientes documentos: a) Copia certificada de las Partidas de Nacimiento, actualizadas con no más de treinta (30) días de antigüedad (Art. 248º C. C.). b) Copia legalizada por notario y/o fedatario del D.N.I., con la constancia de haber participado en el últimosufragio. c) En caso de tratarse de viudos(as), divorciados(as), menores de edad o extranjeros deberán adjuntar los documentos adicionales, según el caso. d) Declaración Jurada en la que conste su domicilio actual. e) Certificado médico válido y vigente de cada contrayente. f) Dos testigos mayores de edad, debidamente identificados. g) Publicación de un Edicto Matrimonial en un diario de circulación nacional. Artículo Tercero.- La exoneración que se concede a los contrayentes que participan en este acto, alcanzalos siguientes conceptos: a) Los derechos de pago por concepto de Pliego Matrimonial y Ceremonia de Matrimonio Civil de la División de Registros Civiles de la Gerencia de Desarrollo Humano, de conformidad al inciso 12) delArtículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. b) Los derechos de pago por los servicios de certificados médicos prenupciales de la División de Sanidad de la Gerencia de Desarrollo Humano. Artículo Cuarto.- La calificación de la procedencia del beneficio establecido, estará a cargo de los Jefes de la División de Registros Civiles, Unidad de Personal y laUnidad de Abastecimiento y Servicios según corresponda, al momento de presentar la solicitud, adjuntando los documentos requeridos en el Texto Únicode Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Pueblo Libre. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Desarrollo Humano a través de las Divisiones de Registros Civilesy de Sanidad y a la Oficina de Administración y su Unidad de Personal, en cuanto les compete. Artículo Sexto.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 03246-2