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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (21/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 21 de octubre de 2006 331141REPUBLICADELPERU de la Subgerencia de Promoción Empresarial y Turismo, la misma que de sufrir alguna modificación, deberá ser comunicada por escrito ante esta Corporación Edil. Cuarta.- Incorporar en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, los procedimientos, derechos y obligaciones contenidos en la presente Ordenanza. Quinta.- Los módulos que no estén considerados en el Padrón de la Municipalidad y no cuenten con Autorización, serán erradicados por la Municipalidad, apartir de la fecha de vigencia de la presente Ordenanza. Asimismo, el Conductor del módulo deberá estar afiliado a su órgano representativo del gremio de losExpendedores de Diarios, Revistas y Loterías. Sexta.- En la jurisdicción del distrito de Ventanilla, queda prohibido, a partir de la vigencia de la Ordenanzaque se instalen Expendedores de Diarios, Revistas y Loterías que tengan Licencia y Autorización de otros distritos; comprobando este hecho los mismos, seránerradicados por la Dirección de la Policía Municipal. Así como, también se prohíbe que expendedores autorizados para una referida zona, invadan las zonas de trabajoque corresponda a otro expendedor autorizado. Sétima.- Los Expendedores de Diarios, Revistas y Loterías están aptos en colaborar con la distribución decomunicados, trípticos, afiches y otros a favor de la comunidad. Octava.- Los Expendedores de Diarios, Revistas y Loterías que carecen de módulos, serán considerados como voceros, quienes estarán registrados en el Padrón General de Afiliados de la Organización Social,declarando su ruta de voceo. Novena.- Los Expendedores de Diarios, Revistas y Loterías por la naturaleza de su rubro y por lascondiciones económicas precarias, podrán realizar el expendio solamente de golosinas, valores agregados, complementarias y similares. TÍTULO IX DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las controversias sobre ubicación entre módulos, anteriores a la vigencia de la presenteOrdenanza, serán resueltas por la Municipalidad y los representantes legales, tomando como referencia la antigüedad y antecedentes del conductor, en el cumplimiento de las disposiciones Municipales. Segunda. - La Municipalidad Distrital de Ventanilla, a través de la Gerencia Municipal y la Gerencia de Participación Vecinal otorgarán los Certificados deAutorización Municipal en un plazo no mayor de sesenta (60) días, a partir de la aprobación de la presente Ordenanza. TÍTULO X DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segunda. - Los representantes legales de los Expendedores de Diarios, Revistas y Loterías, están obligados a presentar a la Municipalidad el Padrón actualizado de todos los agremiados que trabajan en lajurisdicción del distrito de Ventanilla, en el plazo de treinta (30) días, contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, mencionando los siguientes datos: a. Apellidos y nombres. b. Ubicación de módulos.c. Documento de identidad. d. Nombre de la Organización Social a la que pertenece. Tercera.- La Municipalidad Distrital de Ventanilla implementará la incorporación preferencial delExpendedor de Diarios, Revistas y Loterías a los Programa Municipales de Capacitación en el área de Comercialización, Formalización Laboral y suparticipación en los eventos Culturales, Deportivos y Promociones Turísticas. Cuarta.- Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Quinta.- Incorporar en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA el siguienteProcedimiento: CALIFICACIÓNAUT. QUE SIL DEP. AUTORIZADA RESUELVE Nº DE DENOMINACIÓN DERECHOS SIL. NEGA EL RECUR. ORDEN DEL PROYECTO REQUISITOS DE PAGO AUT. ADMI(+) (-) DONDE SE INICIA EL TRÁMITE ADMINT. 1. Solicitud dirigida al Alcalde (fólder) UIT 0.5 % AUTORIZACIÓN 2. Por concepto PARA INSTALACIÓN de Autorización 1.5 % UIT DE MÓDULOS 3. Fotoschek 0.15 % UIT x Subger. Gerencia de Reconsid. PARA EL 4. Inspección Inspección 10 de Trámite Participación Gerencia de Part. EXPENDIO ocular UIT 1.00 % días Documentario Vecinal Vecinal DE DIARIOS S/. 34.00 REVISTAS Y LOTERÍAS 5. En caso de 0.5 % UIT EN LA VÍA renovación sólo FOTOCHEK Apelación PÚBLICA se presenta 1 y 2 RENOVACIÓN Alcalde UIT 1.5 % POR TANTO: Mando se registre, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSÉ LÓPEZ ALAVA Alcalde 03369-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G2D/G20/G32/G30/G31/G35 ORDENANZA Nº 014-2006/MDV-CDV Ventanilla, 27 de setiembre del 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE VENTANILLACONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales conforme a ley son los órganos de gobierno local. Tienen autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972;