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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (21/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 21 de octubre de 2006 331131REPUBLICADELPERU Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial b. Alcalde del Gobierno Provincial de Chiclayo c. Alcalde de la provincia de Ferreñafed. Alcalde de la provincia de Lambayeque e. Un representante de cada una de las siguientes instituciones científicas: INIA, SENAMHI, IMARPE. f. Un representante de las Universidades, a ser elegido entre las universidades, interesadas en trabajaren este proceso. g. Un representante de la Dirección Regional de Agricultura. h. Un representante de la Dirección Regional de Energía y Minas. i. Un representante de la Dirección Regional de la Producción. j. Un representante del Proyecto Especial Olmos – Tinajones. k. Un representante del Proyecto Especial de Titulación de Tierras. l. Un representante del Instituto Nacional de Cultura.m. Dos representantes de comunidades campesinas, a ser elegido entre las comunidades campesinas reconocidas e interesadas en participar (coordinación Gerencia RRNN, Lambayeque). n. Dos representantes de la empresa privada, propuestos por la Cámara de Comercio de Lambayeque. o. Dos representantes de ONG ambientalistas, elegidos entre las organizaciones reconocidas e interesadas (coordinación Gerencia RRNN, Lambayeque). Artículo Tercero.- Las funciones de la Comisión Técnica son las siguientes: a) Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del Proceso de la Zonificación Ecológica y Económica - ZEE a nivel regional y local así como losaspectos relacionados a la Macrozonificación Nacional. b) Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana proceso de difusión ycapacitación. Artículo Cuarto.- ENCÁRGASE al Gerente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente delGobierno Regional de Lambayeque la convocatoria delos representantes referidos para los efectos de laconformación de la Comisión Técnica del Proceso de Zonificación Ecológica Económica. POR TANTO: Mando se publíque, registre y cúmpla. NERY SALDARRIAGA DE KROLL Presidente Regional (e) 03324-1 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79/G20 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4E/G75/G6D/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G79/G20/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4E/G75/G6D/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E ORDENANZA Nº 124-MDCH Chaclacayo, 6 de octubre del 2006 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE CHACLACAYOPOR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria, de fecha de 6 octubre de 2006; bajo la presidencia del señor Alcaldey con el quórum reglamentario, visto el Informe Nº 696-06- MDCH de la División de Desarrollo Urbano, Memorándum Nº 0696-06- OA/MDCH de la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, enconcordancia con lo establecido en el Artículo II delTítulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan deautonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno,administrativos y de administración, con sujeción alordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del Artículo I y el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipali- dades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobiernopromotores del desarrollo local, con personería dederecho público y plena capacidad para el cumplimientode sus fines; y, representa al vecindario, promueve laadecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, de acuerdo con el numeral 3.4 del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,son funciones de la municipalidades Distritales disponerla nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial; Que, de la misma forma, la Norma II y la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario,establecen que las ordenanzas son normas con rangoequivalente a Ley, a través de las cuales se pueden,conforme lo dispuesto por la Constitución, crear, modificar, suspender o suprimir tributos y conceder beneficios tributarios; Que, siendo política de esta Administración el brindar las mayores facilidades a los Administrados, para laregularización y saneamiento de sus predios en todoslos aspectos, resulta viable el promover una rebaja en el pago de los derechos administrativos correspondientes para la obtención de la Asignación de NumeraciónMunicipal, Certificado de Numeración a todos aquelloscontribuyentes que no cuenten con dichos documentos,debiendo para ello, presentar los requisitos establecidos,en la presente ordenanza; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8 del Artículo 9º y el Artículo 40ºde la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, elConcejo Distrital de Chaclacayo, ha aprobado porMAYORÍA, con la dispensa de la lectura y aprobación delActa, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza para la Regulación y el Otorgamiento de Asignación deNumeración Municipal y Certificado de Numeración, el mismo que consta de cinco artículos y tres Disposiciones Finales. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Planificación y Presupuesto y a la Unidad de Informática,la publicación del íntegro de la Ordenanza en la PáginaWEB de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe Publíquese, regístrese y cúmplase.VICTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 03319-1