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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (21/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 21 de octubre de 2006 331125REPUBLICADELPERU de ser el caso, generar un nuevo Convenio que incorpore dichas condiciones más ventajosas. La Contraloría General de la República y CONSUCODE podrán requerir a la Entidad la documentación que sustente fehacientemente que talescondiciones, al momento en que realizó una determinada adquisición o contratación, eran más ventajosas a las existentes en los Convenios Marco vigentes en dichaoportunidad. Artículo 35º.- Excepción a la prohibición de fraccionamiento La contratación directa a través del Catálogo puede realizarse de acuerdo a los requerimientos periódicosde cada Entidad, sin que dichas operaciones sean consideradas como fraccionamiento. Artículo 36º.- Emisión de órdenes o suscripción del contrato Las contrataciones o adquisiciones que se efectúen en virtud del Catálogo, se formalizarán a través de la emisión y recepción de órdenes de compra o de servicios, o con la suscripción del contrato, segúncorresponda, que deberán ajustarse a las condiciones pactadas que consten en las Fichas vigentes, tales como calidad, precio, plazo de entrega, lugar de entrega,garantías comerciales, entre otras. Artículo 37º.- Perfeccionamiento de la relación contractual La relación contractual se perfecciona: 1. Con la recepción de la orden de compra o de servicio por el proveedor adjudicatario, en caso el monto de la adquisición o contratación sea equivalente a lo quecorrespondería a una adjudicación de menor cuantía. 2. Con la suscripción del contrato, en caso el monto de la adquisición o contratación sea equivalente a lo quecorrespondería a una adjudicación directa, licitación pública o concurso público, al que se le aplicarán todas las reglas, requisitos, plazos, condiciones, formalidades,exigencias y garantías establecidas en la Ley y el Reglamento de la Ley. Para efectos de la suscripción del contrato, la Entidad deberá citar al proveedor adjudicatario que haya elegido, por un medio que permita acreditar su recepción,otorgándole un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la citación, dentro del cual deberá presentarse a suscribir el contrato. La citación deberá expresar, demodo indubitable, la voluntad de la Entidad de adquirir o contratar con el proveedor adjudicatario elegido, e indicar lo siguiente: a) La relación de los documentos necesarios para la suscripción detallados en el Reglamento de la Ley. b) El código de la Ficha respectiva y, de ser el caso, las condiciones elegidas de la misma. c) La cantidad y el monto de la adquisición o contratación. Artículo 38º.- Negativa a recibir órdenes de compra o de servicios Cuando el proveedor adjudicatario se niegue injustificadamente a recepcionar la orden de compra ode servicios emitida a su favor, o no se presente a suscribir el contrato dentro del plazo otorgado, incurrirá en la causal de aplicación de sanción prevista en el inciso1) del artículo 294º del Reglamento de la Ley, y la Entidad elegirá del Catálogo a otro proveedor adjudicatario cuya Ficha cumpla con las características y condicionesrequeridas, citándolo conforme a lo dispuesto en el artículo precedente. En el supuesto que no exista en el Catálogo otro proveedor adjudicatario que oferte el bieno servicio requerido, la Entidad podrá efectuar el proceso de selección que corresponda. Artículo 39º.- Cumplimiento del proveedor adjudicatario Los proveedores adjudicatarios de un determinado Convenio Marco se encuentran obligados a atender las órdenes de compra o de servicio y cumplir los contratos, emitidos o suscritos, de conformidad con las condicionesindicadas en la Ficha respectiva, salvo que la Entidad mantenga una deuda pendiente con el proveedor duranteun periodo superior al contemplado en el artículo 238º del Reglamento de la Ley. En caso de finalización anticipada del Convenio Marco o de exclusión de una Ficha determinada, los proveedores adjudicatarios mantienen la obligación de atender las órdenes de compra o de servicio, recibidas y cumplir loscontratos suscritos con anterioridad a dicha finalización. Artículo 40º.- Comunicación de incumplimientos del proveedor adjudicatario Ante el incumplimiento de obligaciones contractuales por parte de un proveedor adjudicatario, las Entidadesdeberán comunicar por escrito de tal situación a CONSUCODE dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de consentida la resoluciónde la orden de compra u orden de servicio o de que quede arbitralmente firme, a fin de determinar la exclusión de la Ficha respectiva del Catálogo, sin perjuicio de lasanción administrativa que corresponda. Artículo 41º.- Responsabilidad del pago Las Entidades que contraten a través de la modalidad de Convenio Marco son responsables de los pagos al proveedor adjudicatario, de conformidad con loestablecido en la Ley y el Reglamento de la Ley, no existiendo responsabilidad de CONSUCODE. Asimismo, CONSUCODE no asumirá responsabilidad si una Ficha incluida en el Catálogo no es objeto de adquisiciones o contrataciones por parte de las Entidades. Artículo 42º.- Solución de controversias durante la Fase Contractual Las controversias que surjan durante la ejecución contractual involucran únicamente a la Entidad que contrate a través del Catálogo y al proveedor adjudicatario,no acarreando responsabilidad a CONSUCODE. Dichas controversias serán resueltas mediante conciliación y/o arbitraje de conformidad a lo dispuesto en la Ley y en elReglamento de la Ley. GLOSARIO DE TÉRMINOS En el contexto de la generación, desarrollo y ejecución de la modalidad de selección de Convenio Marco, los siguientes agentes se definen como: ACUERDO DE CONVENIO MARCO Es un documento suscrito por CONSUCODE y el postor o postores que obtuvieron la buena pro,denominados proveedores adjudicatarios, el cual consta de cláusulas generales y específicas. La suscripción del Acuerdo de Convenio Marco otorga a losproveedores adjudicatarios el derecho a que los bienes y/o servicios que ofrecen sean incluidos en el Catálogo mediante las Fichas correspondientes, e implica laobligación de cumplir con las órdenes de compra, órdenes de servicio o contratos, emitidos o suscritos conforme a las condiciones indicadas en la Ficha. BASES Es el documento que contiene los requerimientos técnicos, metodología de evaluación, procedimientos y demás condiciones establecidas por CONSUCODE para la selección de proveedores adjudicatarios de unConvenio Marco y la ejecución contractual respectiva. CATALOGACIÓN DEL CONVENIO MARCO Consiste en la labor de ingreso en el catálogo de Convenio Marco de los proveedores adjudicatarios y de las condiciones de los bienes o servicios ofertados, lasque serán sintetizadas y consolidadas en Fichas en las que se detallarán las características, precios, lugares y plazos de entrega, entre otras condiciones contenidasen las propuestas y en las Bases respectivas. CATÁLOGO DE CONVENIOS MARCO Es un catálogo electrónico publicado y difundido a través del SEACE que contiene las Fichas de Convenio Marco y que deben corresponder a los procesosadjudicados y vigentes.