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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 25 de octubre de 2006 331441REPUBLICADELPERU Artículo 6º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución al Banco de Crédito del Perú, en su calidad de emisor y entidadestructuradora; a Credibolsa S.A.B S.A., en su calidad deagente colocador; a Scotiabank Perú S.A.A., en su calidadde Representante de Obligacionistas; a Cavali ICLV S.A. ya la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y EmisoresComisión Nacional Supervisora de Empresas yValores 03268-1 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 056-2006-EF/94.45 Lima, 16 de octubre de 2006 VISTOS:El Expediente Nº 2006015461 y el Informe Interno Nº 437-2006-EF/94.45 del 16 de octubre de 2006; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 304 de la Ley General de Sociedades, las sociedades pueden emitirobligaciones que reconozcan o creen una deuda a favorde sus titulares; Que, mediante acuerdo de Junta Obligatoria Anual de Accionistas del 28 de marzo de 2003 del Banco de Créditodel Perú se aprobó la emisión de instrumentosrepresentativos de deuda, hasta por la suma deUS$ 200 000 000,00 (Doscientos Millones y 00/ 100 Dólaresde los Estados Unidos de América), a emitirse en monedaextranjera, moneda nacional, moneda nacional sujeta alíndice de reajuste VAC o cualquier otro índice de reajuste,en uno o varios programas de emisión. Asimismo, en dichajunta se precisó que podrían emitirse bonos dearrendamiento financiero y se delegaron en el Directoriofacultades suficientes para determinar los términos,características y condiciones de las emisiones a serrealizadas en el marco del programa o programas de emisión; Que, asimismo, mediante acuerdo de Junta Obligatoria Anual de Accionistas del 26 de marzo de 2004, el Banco deCrédito del Perú aprobó la emisión de instrumentosrepresentativos de deuda, hasta por la suma deUS$ 200 000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Dólaresde los Estados Unidos de América), a emitirse en monedaextranjera y/o moneda nacional sujeta al índice de reajusteVAC fijado por el BCR o cualquier otro índice de reajuste, enuno o varios programas de emisión. Igualmente, en dichajunta se precisó que podrían emitirse bonos dearrendamiento financiero; asimismo, se delegaron en elDirectorio facultades suficientes para determinar los términos,características y condiciones de las emisiones a serrealizadas en el marco del programa o programas de emisión; Que, sobre la base de los acuerdos mencionados en los considerandos anteriores, el Directorio del Banco deCrédito del Perú, a través del Acta de Sesión de DirectorioNº 3160, del 23 de marzo de 2005, aprobó el programa debonos de arrendamiento financiero denominado “PrimerPrograma de Bonos de Arrendamiento Financiero”, hastapor un monto de emisión de US$ 100 000 000,00 (CienMillones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América),o su equivalente en moneda nacional; asimismo, autorizóa los señores Raimundo Morales Dasso, Mario Ferrari Quiñe,Walter Bayly Llona, Jorge Ramírez del Villar López deRomaña y/o Javier Maggiolo Dibós, para que indistintamente,dos cualesquiera de ellos, en representación del Banco deCrédito del Perú, determinen los términos, características,monto, plazo y demás condiciones de las emisiones a serrealizadas en el marco del programa; Que, mediante Resolución SBS Nº 1071-2005 y Oficio Nº 16246-2006-SBS, la Superintendencia de Banca ySeguros opinó favorablemente para que el Banco de Créditodel Perú realice la emisión de bonos de arrendamientofinanciero hasta por un monto de US$ 100 000 000,00(cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos deAmérica);Que, el Banco de Crédito del Perú solicitó a CONASEV la aprobación del trámite anticipado e inscripción delprograma denominado “Primer Programa de Bonos deArrendamiento Financiero BCP” y el registro del prospectomarco correspondiente, asimismo, solicitó la inscripción delos bonos de arrendamiento financiero correspondientes ala primera emisión de dicho programa y el registro delprospecto complementario correspondiente, en el RegistroPúblico de Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha verificado que Banco de Crédito del Perú ha cumplidocon presentar la información requerida por la Ley delMercado de Valores, el Reglamento de Oferta PúblicaPrimaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normascomplementarias; Que, el artículo 2, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las ResolucionesEmitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV,establece que las resoluciones administrativas referidas ala aprobación de trámites anticipados relativos a lainscripción de valores mobiliarios y/o al registro de prospectosinformativos correspondientes a programas de emisión, y/oa la inscripción de valores mobiliarios que puedan ser objetode oferta pública en el Registro Público del Mercado deValores, deben ser difundidas a través del Boletín de NormasLegales del Diario Oficial El Peruano y de la página deCONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecidoen la sesión del Directorio de CONASEV del 18 de diciembredel 2000, en la que se establece que el Gerente deMercados y Emisores se encuentra facultado a aprobartrámites anticipados y disponer la inscripción de valoresy/o el registro de prospectos de bonos que se emitan poroferta pública y tengan la opinión favorable de laSuperintendencia de Banca y Seguros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el programa de bonos de arrendamiento financiero denominado“Primer Programa de Bonos de Arrendamiento FinancieroBCP”, hasta por un monto de emisión de US$ 100 000 000,00(Cien Millones y 00/ 100 Dólares de los Estados Unidos deAmérica), o su equivalente en moneda nacional; y, disponerel registro del prospecto marco correspondiente; en el RegistroPúblico del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de los valores correspondientes a la primera emisión del “Primer Programade Bonos de Arrendamiento Financiero BCP”, hasta por unimporte máximo de US$ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); así como, elregistro del prospecto complementario correspondiente; en elRegistro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- En tanto el Banco de Crédito del Perú mantenga su condición de entidad calificada, la inscripciónde los bonos de arrendamiento financiero y el registro delos complementos del prospecto marco a utilizar en el marcodel programa, se entenderán efectuados a la fecha deentrada en vigencia de la presente resolución. En su defecto, la inscripción de los valores y el registro de los prospectos correspondientes, se sujetarán a lodispuesto en el artículo 14 literal b inciso 2) del Reglamentode Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 4º.- La oferta pública de los bonos de arrendamiento financiero a la que se refieren los artículos2 y 3 de la presente resolución deberá efectuarse consujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y de ser el caso, enel artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria yde Venta de Valores Mobiliarios. Siempre y cuando el plazo del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valoresa los que se refiere el presente artículo se podrá efectuaren un plazo que no excederá de nueve (9) meses contadosa partir de la fecha de recepción de documentos a la quese refiere el artículo 14 literal b), numeral 1 Reglamento deOferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios;o, de ser el caso, contados a partir de la fecha de suinscripción en el Registro Público del Mercado de Valores.El plazo de colocación es prorrogable hasta por un períodoigual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud deprórroga en ningún caso podrá ser presentada despuésde vencido el referido plazo de colocación. Artículo 5º.- La inscripción y el registro a los que se refieren los artículos 1, 2 y 3 de la presente resolución noimplican que CONASEV recomiende la inversión en talesvalores u opine favorablemente sobre las perspectivas del