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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (27/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 27 de octubre de 2006 331597REPUBLICADELPERU las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales respectivas. Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente a dicha encuestadora, asignándole como código deidentificación el Registro Nº 131-REE/JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZSOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) 03535-1 O N P E /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G79/G20/G65/G78/G20/G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G74/G65/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G44/G50/G45/G20/G2D/G20/G48/G75/G61/G72/G69 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 243-2006-J/ONPE Lima, 23 de octubre de 2006 Vistos: el Informe Largo - Administrativo 2005 resultado de la auditoría practicada a los procesos deReferéndum para la Integración y Conformación deRegiones y para la Segunda Consulta Popular deRevocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del año 2005, elaborado por la Sociedad Auditora Vigo & Asociados SC, el Memorándum Nº 1784-2006-GAF/ONPE de la Gerencia de Administración y Finanzas, elMemorándum Nº 877-2006-GAJ/ONPE de la Gerenciade Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, como resultado de la auditoría al "Referéndum para la Integración y Conformación de Regiones y para laSegunda Consulta Popular de Revocatorias del Mandatode Autoridades Municipales del año 2005", la Sociedad Auditora Vigo & Asociados SC, recomendó a la Jefatura Nacional de la ONPE, disponer que se procese laresponsabilidad que pudiera corresponder al ex Jefe y exAsistente Administrativo de la Oficina Descentralizada deProcesos Electorales -ODPE -Huari, respectivamente porlas observaciones formuladas a las rendiciones de cuentas que presentaron por los fondos que recibieron para la ejecución de los citados procesos electorales; asimismo,que la Gerencia de Administración y Finanzas agote lasacciones administrativas para lograr la regularización orecuperación del monto observado, y de ser el casoautorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE, para que interponga las acciones legales que correspondan; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas mediante cartas notariales Nºs. 008 y 009-2006-GAF/ONPE de fecha 25 de mayo de 2006, comunicó lasobservaciones a las rendiciones de cuentas por los encargos otorgados, al ex Jefe y ex Asistente Administrativo de la ODPE-Huari, otorgándoles un plazode 10 días hábiles para su regularización ante la Jefaturadel Área de Contabilidad, plazo que a la fecha se hacumplido en exceso, sin que las observaciones materiade las comunicaciones hayan sido subsanadas; Que, se advierte de los antecedentes administrativos, así como del contenido del Memorándum Nº 1784-2006-GAF/ONPE que la ONPE ha agotado todas las accionesadministrativas conducentes a recuperar u obtener unrendimiento documentado del encargo otorgado, sinresultados satisfactorios; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, constituye atribución del sistema, emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, losInformes respectivos con el debido sustento técnico ylegal, constituyendo prueba preconstituida para el iniciode las acciones administrativas y/o legales que seanrecomendadas en dichos informes; Que, por lo expuesto resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales dela ONPE, a interponer las acciones legales quecorrespondan; De conformidad con lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representación y Defensa Judicial del Estado, modificatorias y ampliatorias; la Ley Nº 26487,Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales;y el literal cc) del artículo 9º del Reglamento deOrganización y Funciones de la ONPE, aprobado porResolución Jefatural Nº 154-2006-J/ONPE; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie las accioneslegales correspondientes, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presenteresolución, contra el ex Jefe y ex Asistente Administrativode la ODPE-Huari comprendidos en los documentos del visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Nacional 03540-1 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G62/G65/G6E/G20/G73/G65/G67/G75/G69/G72 /G6C/G6F/G73/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G73/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6C/G75/G67/G61/G72/G65/G73/G20/G64/G6F/G6E/G64/G65 /G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G63/G65/G20/G73/G69/G6D/G75/G6C/G74/GE1/G6E/G65/G61/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G70/G72/G65/G76/G69/G61/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G63/G6F/G6E/G74/G65/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/GE9/G64/G75/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G66/G72/G61/G67/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 244-2006-J/ONPE Lima, 23 de octubre de 2006 VISTOS: el Memorando Nº 1824-2006-GPDE/ONPE, de fecha 20 de octubre de 2006, de la Gerencia de Planificación y Desarrollo Electoral; el Informe Nº 121- 2006- MABB-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 882-2006-GAJ/ONPE, ambos de fecha 20 de octubre de 2006, dela Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, de fecha 22 de marzo de 2006, se ha convocado aElecciones Regionales y Municipales para el 19 denoviembre del presente año, en todo el territorio de laRepública; Que, según el literal c) del artículo 5º de la Ley Orgánica de la ONPE, Ley Nº 26487, es función de laONPE planificar, preparar y ejecutar todas lasacciones necesarias para el desarrollo de los procesosa su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividadvigente; Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, la OficinaNacional de Procesos Electorales - ONPE tiene a sucargo la organización y ejecución de los procesoselectorales y consultas populares; y ejerce susatribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica;