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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331768El Peruano domingo 29 de octubre de 2006 JUSTICIA Acceden a pedidos de extradición de procesados y disponen su presentación por vía diplomática a los Gobiernos de Panamá, Italia, Chile y EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 191-2006-JUS Lima, 28 de octubre de 2006 Visto; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 127- 2006/COE-TC, del 23 de octubre del 2006, sobre lasolicitud de extradición activa del procesado RAÚL ARNULFO RODRÍGUEZ TROYA, formulado por la Segunda Sala Penal Especial de la Corte Superior deJusticia de Lima; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Consultiva de fecha 11 de octubre del 2006 la Segunda Sala Penal Transitoria de laCorte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado RAÚL ARNULFO RODRÍGUEZ TROYA, porel delito contra la Administración Pública, Contra la Administración de Justicia - delito contra la Función Jurisdiccional - Encubrimiento Real en agravio del EstadoPeruano (Exp. Nº 64-2006); Que, mediante el Informe Nº 127-06/COE-TC del 23 de octubre del 2006, la Comisión Oficial de Extradicionesy Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobadopor Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición vigente entre la República de Chile y la República de Panamá suscrito el 8 de septiembre del2003, ratificado el 3 de diciembre del 2004 mediante Decreto Supremo Nº 079-2004-RE, y vigente desde el 8 de julio del 2005; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado RAÚL ARNULFO RODRÍGUEZ TROYA, formulado por la Segunda Sala Penal Especialde la Corte Superior de Justicia de Lima; y declarado procedente por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delitoContra la Administración Pública, Contra la Administración de Justicia - delito Contra la Función Jurisdiccional - Encubrimiento real, en agravio delEstado Peruano; y disponer su presentación por vía diplomática, al Gobierno de la República de Panamá, de conformidad con los Tratados de Extradiciónvigentes, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03697-12RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 192-2006-JUS Lima, 28 de octubre de 2006 Visto; el Informe Nº 128-2006/COE-TC, del 23 de octubre del 2006, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, sobre la solicitud deextradición activa de la procesada REYNA FERNÁNDEZ ALLENDE, formulado por el Segundo Juzgado Especializado en lo Penal del Módulo Básico de Justiciade Tarma de la Corte Superior de Justicia de Junín; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Consultiva de fecha 16 de octubre del 2006, la Segunda Sala Penal Transitoria de laCorte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la procesada REYNA FERNÁNDEZ ALLENDE, por el delitoContra el Patrimonio - Usurpación agravada, en perjuicio de María Magdalena Allende Canchaya (Exp. Nº 63- 2006); Que, mediante el Informe Nº 128-06/COE-TC, del 23 de octubre del 2006, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedidode extradición activa de la referida procesada; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el D.Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado deExtradición vigente entre la República Italiana y la República del Perú, suscrito en Roma, República Italiana, el 24 de noviembre de 1994, aprobado por ResoluciónLegislativa Nº 26759 el 6 de marzo de 1997, promulgada el 13 de marzo de 1997 y ratificado por Decreto Supremo Nº 011-97-RE del 21 de marzo de 1997, vigente desde el7 de abril del 2005; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa de la procesada REYNA FERNÁNDEZ ALLENDE,formulado por el Segundo Juzgado Especializado en lo Penal del Módulo Básico de Justicia de Tarma de la Corte Superior de Justicia de Junín; y declarado procedentepor la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito Contra el Patrimonio - Usurpación Agravada, en perjuicio de MaríaMagdalena Allende Canchaya; y disponer su presentación por vía diplomática, al Gobierno de la República de Italia, de conformidad con los Tratados deExtradición vigentes, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03697-13 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 193-2006-JUS Lima, 28 de octubre de 2006 Visto; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 125-2006/