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NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 29 de octubre de 2006 331769REPUBLICADELPERU COE-TC de fecha 23 de octubre del 2006, sobre la solicitud de extradición activa del procesado VICTORRAÚL PAIBA COSSIOS, formulado por la Primera Sala Especializada Penal de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 29 de septiembre del 2006, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaróprocedente la solicitud de extradición activa del procesado VICTOR RAÚL PAIBA COSSIOS, por el delito de Terrorismo, en agravio del Estado (Exp. Nº 53-2006); Que, mediante el Informe Nº 125-06/COE-TC del 23 de octubre del 2006, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedidode extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el D.Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado deExtradición vigente entre la República del Perú y la República de Chile suscrito el 5 de noviembre de 1932, aprobado por Resolución Legislativa Nº 8374, del 16 dejunio de 1936; canje de Ratificaciones en Lima el 15 de julio de 1936, vigente desde el 15 de julio de 1936; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política de Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado VICTOR RAÚL PAIBA COSSIOS, formulado por la Primera Sala Penal Especializada Penal de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; ydeclarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito de terrorismo en agravio del Estado Peruano; ydisponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República de Chile de conformidad con los Tratados de Extradición vigentes y lo estipulado por las normaslegales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03697-14 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 194-2006-JUS Lima, 28 de octubre de 2006 Visto; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 126-2006/COE-TC, de 23 de octubre del 2006, sobre la solicitud de extradición activa de la procesada ANA MARÍA VIOLETA TIPIANI ARAGONÉZ o ANA MARÍA VIOLETATIPIANI ARAGONÉZ DE CARREÑO, formulado por la Segunda Sala Especializada en lo Penal para procesos con reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia deLima; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Consultiva de fecha 23 de enero del 2006, la Primera Sala Penal Transitoria de la CorteSuprema de Justicia de la República declaró procedentela solicitud de extradición activa de la procesada ANA MARÍA VIOLETA TIPIANI ARAGONÉZ o ANA MARÍAVIOLETA TIPIANI ARAGONÉZ DE CARREÑO, por el delito contra la Fe Pública - Falsificación de Documentos, en perjuicio del Estado Peruano (Exp. Nº 69-2004); Que, mediante el Informe Nº 126-06/COE-TC, del 23 de octubre del 2006, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedidode extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el D. Leg.Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición vigenteentre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito el 25 de julio del 2001 aprobado por Resolución Legislativa Nº 27827 del 22 de agosto del 2002; y vigentedesde el 25 de agosto del 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa de la procesada ANA MARÍA VIOLETA TIPIANIARAGONÉZ o ANA MARÍA VIOLETA TIPIANI ARAGONÉZ DE CARREÑO, formulado por la Segunda Sala Especializada en lo Penal para procesos con Reosen Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima; y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, por el delito Contra la Fe Pública - Falsificación de Documentos, en perjuicio del Estado Peruano; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobiernode los Estados Unidos de América de conformidad con los Tratados de Extradición vigentes; y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03697-15 Designan Asesor de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 550-2006-JUS Lima, 26 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Asesor II, Nivel F–5, de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia; Que, en consecuencia resulta necesario designar al profesional que desempeñe dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25993 -Ley Orgánica del Sector Justicia, y por laLey Nº 27594 -Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor abogado Erick Ernesto Landauro Cerf, en el cargo de Asesor II, Nivel