Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2006 (29/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA 29 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 03674-2

331773

Que resulta conveniente dar termino a la citada designacion y designar a la profesional propuesta; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el articulo 77° del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el literal b.2 del inciso b) del articulo 8° de la Ley Nº 28652 y los articulos 3° y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del medico veterinario MORDAZA MORDAZA SOPAN MORDAZA, en el cargo de Director de la Direccion de Saneamiento Basico, Higiene Alimentaria y Zoonosis de la Direccion Ejecutiva de Salud Ambiental de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur, Nivel F-3, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la licenciada en obstetricia MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de la Direccion de Saneamiento Basico, Higiene Alimentaria y Zoonosis de la Direccion Ejecutiva de Salud Ambiental de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur, Nivel F-3. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 03674-1

Aprueban "Norma Tecnica de Salud para la Vigilancia Epidemiologica con Posterioridad a Desastres (naturales/ antropicos) y otras Emergencias Sanitarias (EPIDES) en el Peru"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1019-2006/MINSA MORDAZA, 26 de octubre del 2006 Visto: el Expediente Nº R036496-05, de la Direccion General de Epidemiologia del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, las caracteristicas geograficas, economicas, sociales y culturales de nuestro MORDAZA condicionan con frecuencia la ocurrencia de eventos adversos, que en muchos casos se convierten en emergencias o desastres que ponen en peligro la salud de las personas, originando al cambio de los perfiles epidemiologicos de las zonas afectadas; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 12° del Reglamento de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo N° 0132002-SA/DM, el MORDAZA de prevencion y control de epidemias, emergencias y desastres tiene como objetivo funcional general proteger y recuperar la salud de la poblacion afectada por situaciones de emergencia, desastres y epidemias; asignandose a la Direccion General de Epidemiologia, participacion en los Subprocesos de Investigacion para la Prevencion y Control de Emergencias, Vigilancia en Salud y Analisis para la Intervencion Sanitaria; Que, a efectos de fortalecer el Sistema de AlertaRespuesta del Sector Salud ante eventos adversos, resulta conveniente la aprobacion de la "Norma Tecnica de Salud para la Vigilancia Epidemiologica con Posterioridad a Desastres (Naturales/Antropicos) y otras Emergencias Sanitarias (EPIDES) en el Peru", para el desarrollo de acciones de vigilancia epidemiologica que permitan el control de brotes epidemicos; Estando a lo informado por la Direccion General de Epidemiologia; Con las visaciones del Viceministro de Salud, de la Direccion General de Epidemiologia y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la NTS N° 053-MINSA/DGEV.01- "Norma Tecnica de Salud para la Vigilancia Epidemiologica con Posterioridad a Desastres (naturales/ antropicos) y otras Emergencias Sanitarias (EPIDES) en el Peru". Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Epidemiologia del Ministerio de Salud y a la Oficina General de Comunicaciones, la difusion de la presente MORDAZA Tecnica de Salud y a la Direccion General de Epidemiologia, la supervision de su cumplimiento. Articulo 3º.- La Oficina General de Comunicaciones se encargara de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en la pagina Web del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 03674-4

Designan Directora Ejecutiva de la Direccion de Control y Vigilancia Sanitaria de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1017-2006/MINSA MORDAZA, 26 de octubre del 2006 Vista la renuncia presentada por el quimico farmaceutico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Oficio Nº 2043-2006-DIGEMID-DG/MINSA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 518-2005/ MINSA, de fecha 6 de MORDAZA de 2005, se designo al quimico farmaceutico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Direccion Ejecutiva de Control y Vigilancia Sanitaria de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; Que por Resolucion Ministerial Nº 091-2006/MINSA, de fecha 27 de enero de 2006, se precisa que la denominacion de la Direccion Ejecutiva de Control y Vigilancia Sanitaria es la Direccion de Control y Vigilancia Sanitaria, de acuerdo con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005, modificado por Decreto Supremo Nº 007-2006-SA; Que resulta conveniente aceptar la renuncia presentada y designar a la profesional propuesta; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el articulo 77° del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, el literal b.2 del inciso b) del articulo 8° de la Ley Nº 28652 y los articulos 3º y 7° de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el quimico farmaceutico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director Ejecutivo de la Direccion de Control y Vigilancia Sanitaria de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, Nivel F-4, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la quimica farmaceutica MORDAZA MORDAZA CARMELINO MORDAZA, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Direccion de Control y Vigilancia Sanitaria de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, Nivel F-4.

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