Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2006 (09/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano sabado 9 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

327793

Aprueban Directiva que establece procedimiento para la administracion del patrimonio mobiliario de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 030
Ate, 18 de agosto de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Memorandum Nº 046-06-SGSG-GA/MDA de la Subgerencia de Servicios Generales; el Informe Nº 174-06-SGRP-GP/MDA de la Subgerencia de Racionalizacion y Presupuesto; el Informe Nº 1418-06GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos y el Proveido Nº 2099-06-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece en su articulo 42º que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, la finalidad de la Directiva sobre "Procedimientos para la Administracion del Patrimonio Mobiliario de la Municipalidad Distrital de Ate (Inventario General, Altas y Bajas de Bienes Muebles, Mantenimiento, Acceso, Uso, Custodia y Proteccion de Bienes de Activo Fijo", es la de dotar a la Institucion Municipal de un documento tecniconormativo para que pueda realizar el inventario fisico en forma ordenada, codificando, relacionando y actualizando los registros de bienes muebles de la Municipalidad, para posibilitar el control, la supervision y cautela del patrimonio mobiliario de la institucion. Asi como realizarse el Alta, Baja y organizacion de los actos de disposicion de los bienes muebles de propiedad municipal. Igualmente lo referente al mantenimiento preventivo y correctivo; el acceso, uso y custodia; y la proteccion de bienes de activo fijo, de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, la Gerencia de Asuntos Juridicos mediante Informe Nº 1418-06-GAJ/MDA senala que la Directiva que establece el Procedimiento para la Administracion del Patrimonio Mobiliario de la Municipalidad, lo encuentra conforme toda vez que es una actualizacion de la Directiva aprobada por Decreto de Alcaldia Nº de fecha 12.03.04 debido a que en la legislacion nacional se han producido cambios como el que ocurrio con el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF que modifica algunos articulos del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; Que, mediante Proveido Nº 2099-06-GGM/MDA la Gerencia General Municipal senala se proyecte el Decreto de Alcaldia pertinente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- APROBAR, la Directiva Nº 008-2006/ MDA sobre "Procedimientos para la Administracion del Patrimonio Mobiliario de la Municipalidad Distrital de Ate (Inventario General, Altas y Bajas de Bienes Muebles, Mantenimiento, Acceso, Uso, Custodia y Proteccion de Bienes de Activo Fijo" la misma que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia; en merito a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- DEJAR SIN EFECTO, el Decreto de Alcaldia Nº 010 de fecha 12 de marzo de 2004. Articulo 3º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Administracion,

Subgerencia de Servicios Generales y demas areas pertinentes de esta Corporacion Edil. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01878-6

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Ordenanza que incentiva la participacion vecinal en el trabajo comunitario en el distrito
ORDENANZA N° 047-MDSA
MORDAZA MORDAZA, 22 de agosto del 2006 El MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesion ordinaria de la fecha. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con las atribuciones conferidas mediante el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades en concordancia con el numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba las materias en las cuales esta tiene competencia, cuyo rango es equivalente a la Ley; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA III y IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF - Texto Unico del Codigo Tributario modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion, con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 32º del Codigo Tributario establece que: "Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, podran disponer que el pago de sus tasas y contribuciones se realicen en especie; los mismos que seran valuados, segun el valor de MORDAZA en la fecha en que se efectuen."; Que, es necesario crear mecanismos que incentiven la participacion de los vecinos del distrito en las labores propias de la Municipalidad y a su vez estos puedan cumplir con el pago de las obligaciones tributarias mediante la prestacion de servicios vinculados a los arbitrios municipales; Estando a lo expuesto, con el MORDAZA unanime de sus miembros y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE INCENTIVA LA PARTICIPACION VECINAL EN EL TRABAJO COMUNITARIO EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA "TRABAJANDO JUNTOS POR MORDAZA MORDAZA MODERNA" Articulo Primero.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por finalidad regular la extincion de deudas tributarias generadas por la omision al pago de los arbitrios municipales mediante la prestacion de servicios no personales en las areas de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo.

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