Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2006 (09/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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327782

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 9 de setiembre de 2006

Disciplinarios de MORDAZA y Callao, con relacion a la Carta Nº 270-GA-RAS-ESSALUD-2006, consignada en el expediente Nº 2006-14-CPAD. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 270-GA-RAS-ESSALUD2006 la Gerencia de Administracion de la Red Asistencial Sabogal se dirige a la Comision Permanente de Procesos Administrativos, solicitando pronunciarse sobre la procedencia de aperturar MORDAZA administrativo disciplinario contra los servidores MORDAZA Bustios Ferreto, ex Jefe de la Oficina de Adquisiciones de la Red Asistencial Sabogal; MORDAZA MORDAZA Figueredo MORDAZA, Tecnico de Servicio Administrativo y Apoyo de la Red Asistencial Sabogal; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Finanzas; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Division de Contabilidad y Costos y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Division de Tesoreria u Presupuesto de la Red Asistencial Sabogal, relacionado con el cobro del cheque Nº 0559 generado como consecuencia del otorgamiento de anticipo por el importe de cuarenta mil nuevos soles (S/. 40,000.00); Que, se les atribuye a los servidores involucrados presunta responsabilidad administrativa disciplinaria, de acuerdo al Informe Legal Nº 036-OAJ-RAS-ESSALUD2006, en razon a que sin que la Oficina de Ingenieria Hospitalaria y Servicios de la Red Asistencial Sabogal hubiere requerido la inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) el acondicionamiento de los ambientes de ropa limpia y ropa sucia del Hospital IV MORDAZA Sabogal Sologuren, ni haber pedido la adquisicion de bienes para la habilitacion de tales ambientes, el ex Jefe de la Oficina de Adquisiciones MORDAZA Bustios Ferreto, habria solicitado un anticipo a favor del senor MORDAZA Figueredo MORDAZA, por el importe de S/. 40,000.00 nuevos soles para la habilitacion de los indicados ambientes de ropa limpia y de ropa sucia con la Carta Nº 2873-OA-RAS-ESSALUD2006, sin sustentar la necesidad urgente de adquirir los bienes para la habilitacion de dichos ambientes, limitandose a esgrimir un simple enunciado, omitiendo indicar en que bienes se tenia que invertir o gastar dicho importe. Es mas, el requerimiento no estaba aparejado con un sustento tecnico emitido por el area especializada o tecnica y responsable de su supervision y control, lo cual le correspondia a la Oficina de Ingenieria Hospitalaria y Servicios; Que, el pedido formulado por el senor MORDAZA Bustios Ferreto, tenia como sustento el Informe Nº 001-JFGGA-ESSALUD-2006 de fecha 2 de diciembre del 2005 emitido por el senor MORDAZA Figueredo MORDAZA, quien indico una serie de observaciones generales y formulo recomendaciones como dotar de un ambiente adecuado que permita un manejo en condiciones fisicas y sanitarias mas convenientes para el area a cargo de la ropa sucia, lo cual no constituye documento tecnico. Este pedido trastocaba lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, ni se ajustaba a los Procedimientos para la Autorizacion, Otorgamiento y Rendicion de Anticipos al Personal de ESSALUD, difundido a traves de la Carta Circular Nº 004-GCFESSALUD-2004, de fecha 6 de febrero del 2004, concordante con lo establecido en la Directiva Nº 004PE-ESSALUD-2003 que aprueba las normas de austeridad y racionalidad del gasto, aprobado por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 984-PEESSALUD-2003 del 31 de diciembre del 2003; Que, el ex Gerente de Administracion MORDAZA MORDAZA Chong Chung habria autorizado el anticipo a favor del servidor MORDAZA Figueredo MORDAZA por el importe de S/ . 40,000.00 nuevos soles, siendo derivado a la Oficina de Finanzas a cargo de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien tramito la autorizacion dada por el ex Gerente de Administracion sin efectuar ninguna observacion sobre el particular, derivandolo a la Division de Contabilidad y Costos a cargo de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien despues de efectuar los asientos contables y afectaciones presupuestales lo derivo a la Division de Tesoreria y Presupuesto jefaturado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, lo que dio origen a la emision del cheque Nº 00005559 a nombre de MORDAZA MORDAZA Figueredo MORDAZA, generandose el comprobante de pago Nº 20033231. Mediante este

accionar, ninguno de estos tres funcionarios hicieron notar que el anticipo autorizado no sustentaba la necesidad urgente de adquirir los bienes para la habilitacion de los ambientes senalados ni que tampoco se indicaba en que seria invertido el importe recibido, ademas de no encontrarse aparejado con un sustento tecnico del area especializada. De haberse formulado observaciones, el funcionario que autorizo el gasto hubiere adoptado las medidas correctivas del caso o contra lo advertido ordenar el pago; Que, el senor MORDAZA MORDAZA Figueredo MORDAZA habria recibido de la Jefatura de la Oficina de Finanzas con fecha 9 de diciembre del 2005 el cheque Nº 00005559 por el importe de S/. 40,000.00 nuevos soles, habiendo efectuado extemporaneamente la rendicion el 20 de diciembre del 2005, despues del termino de cinco (5) dias, acreditando el gasto con una factura de fecha 12 de diciembre del 2005, emitida por la Empresa Comercial Distribuidora Ferretera por el mismo importe de S/. 40,000.00 nuevos soles por compra de materiales de construccion, los mismos que no fueron ingresados a la Institucion, presumiendose que la factura MORDAZA sido emitida de favor, para sustentar el anticipo otorgado, comprometiendose a todos los involucrados; Que, vista la Carta Nº 270-GA-RAS-ESSALUD-2006, el Informe Legal Nº 036-OAJ-GA-RAS-ESSALUD-2006 y las instrumentales que se acompanan, se desprende que existen indicios razonables que hacen presumir que los servidores MORDAZA Bustios Ferreto, MORDAZA MORDAZA Figueredo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habrian incurrido en la comision de las referidas faltas administrativas, tipificadas como incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, ademas en el caso del servidor MORDAZA MORDAZA Figueredo MORDAZA por actos de inmoralidad y la utilizacion o disposicion de los bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros, tipificadas en los incisos a), d), f) y j) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de la MORDAZA Publica y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 166º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, y en merito a las facultades delegadas; SE RESUELVE: 1. INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores MORDAZA BUSTIOS FERRETO, ex Jefe de la Oficina de Adquisiciones de la Red Asistencial Sabogal; MORDAZA MORDAZA FIGUEREDO MORDAZA, Tecnico de Servicio Administrativo y Apoyo de la Red Asistencial Sabogal; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Finanzas; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Division de Contabilidad y Costos y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Division de Tesoreria u Presupuesto de la Red Asistencial Sabogal, por la presunta comision de faltas administrativas disciplinarias tipificadas como incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y ademas, y ademas en el caso del senor MORDAZA MORDAZA FIGUEREDO MORDAZA, tambien por las causales de actos de inmoralidad y la utilizacion o disposicion de los bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros, tipificadas en los incisos f) y j) del articulo 28º del mencionado Decreto Legislativo Nº 276. 2. NOTIFICAR a los procesados con las formalidades de ley, a efectos que en el termino de cinco (5) dias contados a partir del dia siguiente de la notificacion, presenten sus descargos con los fundamentos de hecho y de derecho que consideren pertinentes, dirigido a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao, con sede en la Av. MORDAZA Nº 1402 - setimo piso - MORDAZA MORDAZA - Lima. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA HERRAN Gerente de Administracion de Personal - GCRH 01861-1

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