NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (09/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 60
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327778El Peruano sábado 9 de setiembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 3570-2006-GO/RENIEC emitido por la Gerencia de Operaciones y el Oficio Nº 2572-2006-GAJ/ RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, todas las actividades y disposiciones de las entidades están sometidas al principio de publicidad, lo que implica para las entidades de la administración pública la obligación de proporcionar a los ciudadanos la información que posea o produzca así como permitirles el acceso directo e inmediato a la información pública durante el horario de atención; Que, para dicho fin, de acuerdo a lo señalado en el artículo 8º de la norma acotada y el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, las entidades deben designar al funcionario responsable de entregar la información, a los funcionarios responsables en cada oficina desconcentrada así como al funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia, mediante Resolución de la máxima autoridad, lo cual debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 736-2006-JEF/ RENIEC del 1 de agosto del 2006 se aprobó la designación de funcionarios responsables de proporcionar la información de acceso público a que hace referencia la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, encargo que recayó en los Jefes Regionales, de acuerdo al ámbito de su jurisdicción; mientras que en el ámbito del departamento de Lima se delegó dicha facultad al Subjefe Nacional, quien además se encargaría de proporcionar toda aquella información relativa a aspectos de implicancia coyuntural, política y de gestión del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 784-2006- JEF/RENIEC del 18 de agosto del 2006 se designó, a partir del 1 de setiembre del 2006, como nueva Jefe Regional Ayacucho de la Gerencia de Operaciones a la Sra. Nancy Carmen Donayre Rivadeneyra, motivo por el cual resulta procedente efectuar la modificación de la Resolución Jefatural Nº 736-2006-JEF/RENIEC; Que, estando a lo expuesto y lo dispuesto en la Constitución Política, en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 1183-2005-JEF publicada el 5 de diciembre del 2005; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modifíquese el artículo segundo de la Resolución Jefatural Nº 736-2006-JEF/RENIEC de fecha 1 de agosto del 2006, en el extremo de la designación de la Sra. Abogada NANCY CARMEN DONAYRE RIVADENEYRA, representante de la Jefatura Regional Ayacucho, como funcionario responsable de proporcionar la información de acceso público, a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en reemplazo de la Sra. Katia Vega Bendezú, dejándose subsistentes las demás designaciones efectuadas a través de la Resolución Jefatural mencionada. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 01946-1MINISTERIO PÚBLICO /G52/G65/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F /G64/G65/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61/G2C /G64/G65/G73/G69/G67/G6E/GE1/G6E/G64/G6F/G6C/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G46/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1081-2006-MP-FN Lima, 8 de setiembre de 2006 VISTA:La Resolución de fecha 17 de octubre del 2005, expedida por la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima que confirma la sentencia de fecha 4 de mayo del 2005, expedida por el Décimo Sétimo Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, que declara Infundada la excepción de caducidad propuesta y fundada la acción de amparo, interpuesta por el doctor Miguel Ángel Delgado Junchaya; en consecuencia inaplicable al demandante los Decretos Leyes Nº 25735 y 25991, Artículo 3º de la Ley Nº 27433, Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 633-92-MP-FN, Nº 747-92-MP-FN y Nº 245-93-MP-FN de fecha 25 de febrero de 1993, así como la Nº 648-2003-MP-FN de fecha 6 de mayo del 2003 y la Resolución Suprema Nº 329-93-JUS de fecha 28 de abril del 2003; ordenando su reincorporación en el cargo de Fiscal Provincial Titular de la provincia de Ica, Distrito Judicial de Ica, computándose el tiempo no laborado por razón del cese sólo para efectos pensionables. CONSIDERANDO:Que, por Resolución Nº 1477-2005-MP-FN, de fecha 8 de julio del 2005, se reincorporó provisionalmente al doctor Miguel Ángel Delgado Junchaya, en el cargo de Fiscal Provincial Titular de Ica, Distrito Judicial de Ica, dando cumplimiento a la medida cautelar interpuesta por el demandante. Que, habiéndose declarado fundada la Acción de Amparo, se debe reponer las cosas al estado anterior de haberse producido la violación de un derecho constitucional. Que, el Ministerio Público debe cumplir con el mandato judicial, correspondiendo a la Fiscal de la Nación dentro de sus atribuciones, reincorporar al citado magistrado en la plaza que ocupa provisionalmente. Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluida la reincorporación provisional del doctor Miguel Ángel Delgado Junchaya, en el cargo de Fiscal Provincial Titular de Ica, Distrito Judicial de Ica; materia de la Resolución Nº 1477-2005-MP-FN, de fecha 8 de julio del 2005. Artículo Segundo .- Reincorporar al doctor Miguel Ángel Delgado Junchaya, en el cargo de Fiscal Provincial Titular de Ica, Distrito Judicial de Ica; designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Civil y Familia de Ica. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente del Concejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Ica, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal Suprema Titular Fiscalía Suprema en lo Civil Encargada de la Fiscalía de la Nación 01931-1