Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2006 (10/09/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA 10 de setiembre de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

327837

57 MORDAZA 58 Moho 59 San MORDAZA de Putina DEPARTAMENTO DE SAN MORDAZA 60 El MORDAZA 61 Lamas 62 San MORDAZA 63 Picota 64 Tocache

Cuando se haga referencia a un articulo sin mencionar la MORDAZA a la que pertenece, se entendera referida al presente procedimiento. Articulo 2º.- Expedientes objeto de prestamo Podran ser objeto de prestamo temporal, por un plazo no mayor de diez (10) dias habiles, aquellos expedientes comprendidos en el inciso b) del articulo 85º del Codigo, sobre los cuales MORDAZA recaido resolucion que hubiera quedado consentida y que cumplan las condiciones indicadas en el articulo siguiente. Articulo 3º.- Condiciones del expediente Para efecto de lo dispuesto en el articulo anterior, se consideraran unicamente a los expedientes que reunan las condiciones siguientes: a) Que el procedimiento administrativo o contencioso administrativo MORDAZA culminado por lo menos tres (3) anos MORDAZA de la fecha de la solicitud de prestamo. b) Que se encuentre archivado en las oficinas de la SUNAT. c) Que sus piezas procesales no formen parte de otros expedientes administrativos o judiciales que se encuentren en tramite. Articulo 4º.- Solicitantes Solo podran solicitar el prestamo de los expedientes indicados en el articulo 2º, los bachilleres de las facultades de derecho o de contabilidad de las universidades del MORDAZA, conforme al formato que se adjunta en Anexo Nº 1. Articulo 5º.- Requisitos Para la tramitacion de la solicitud de prestamo de expediente, debera presentarse la siguiente documentacion: a) Solicitud escrita dirigida a la MORDAZA autoridad del organo que fue responsable de la tramitacion del expediente cuyo prestamo se solicita, conforme al formato indicado en el Anexo Nº 1. b) MORDAZA simple del documento de identidad del solicitante. c) MORDAZA certificada de la MORDAZA de estudios o del diploma de bachiller. d) Carta Compromiso de la secretaria academica de la facultad de derecho o de contabilidad en la que certifica que el solicitante rendira el examen de suficiencia profesional para obtener el titulo profesional, y se compromete a asumir la custodia permanente de la MORDAZA certificada del expediente, conforme al formato indicado en el Anexo Nº 2. e) Compromiso suscrito por el solicitante, mediante el cual se obliga a: - Utilizar la MORDAZA del expediente exclusivamente a efectos de rendir el examen para la obtencion del titulo profesional de abogado o contador publico, segun corresponda, luego de lo cual la entregara a la secretaria academica de la facultad correspondiente, para su custodia y posterior uso con fines exclusivamente academicos. - Devolver el expediente en la forma y condiciones que se plasmaran en el formato indicado en el Anexo Nº 3. Articulo 6º.- Solicitud y entrega del expediente por parte de la SUNAT a) La solicitud sera presentada en la mesa de partes del organo responsable de la tramitacion del expediente, o de aquel que corresponda al domicilio del solicitante. b) La SUNAT verificara si el expediente y la solicitud presentada cumplen las condiciones y requisitos senalados en los articulos precedentes. Asimismo, efectuara las constataciones que considere pertinentes. El Intendente o Jefe de Oficina Zonal decidira la procedencia de la solicitud, la que sera comunicada al solicitante en el domicilio senalado en su solicitud, citandosele para la entrega del expediente en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles. Cuando se determine que no procede el prestamo del expediente solicitado, la SUNAT mediante respuesta motivada comunicara al solicitante la improcedencia de

01970-1

SUNAT
Aprueban procedimiento para solicitar el prestamo de los expedientes de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 140-2006/SUNAT MORDAZA, 1 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que el articulo 85º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece la reserva de determinada informacion obtenida por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, exceptuando, entre otros, a los expedientes de procedimientos tributarios respecto de los cuales hubiera recaido resolucion que ha quedado consentida, cuando sea autorizado por la Administracion; Que es necesario establecer las condiciones y requisitos que deberan cumplir las personas que soliciten el prestamo de un expediente tributario o aduanero para la sustentacion de examenes de suficiencia profesional; En uso de las facultades otorgadas por el inciso u) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Procedimiento para solicitar el prestamo de los expedientes de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria", el mismo que consta de diez (10) Articulos y ocho (8) Anexos. Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL PRESTAMO DE LOS EXPEDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Articulo 1º.- Definiciones Para los efectos del presente Procedimiento, se entendera por: : Al Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias. b) Solicitante : Al bachiller con autorizacion de la universidad, que solicita el prestamo de expedientes tributarios o aduaneros con el objeto de rendir el examen de suficiencia profesional. a) Codigo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.