Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2006 (10/09/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA 10 de setiembre de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

327823

Que, segun lo dispuesto por el articulo 18º, de la Ley Nº 28094 - Ley de Partidos Politicos, no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, los afiliados a un partido politico inscrito; estableciendo la MORDAZA senalada, dos salvedades, la primera es que el candidato MORDAZA renunciado a su partido de origen con cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de las inscripciones, y la MORDAZA es que el ciudadano que este afiliado a un partido politico, cuente con autorizacion expresa de este para presentarse como candidato por otro partido, siempre que el partido al que pertenece no presente candidatos en la respectiva circunscripcion, debiendo adjuntarse a la solicitud de inscripcion, en este MORDAZA caso, la autorizacion respectiva; Que, a fojas 94 corre el documento aportado con la apelacion por el cual MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, renuncio a su militancia al partido politico "Peru Posible", la que fue recibida por la Secretaria General de Jauja del referido partido con fecha 13 de marzo de 2006, con lo cual se acredita la desafiliacion oportuna del candidato en mencion, que le permite participar en estos comicios por organizacion politica distinta; Que, con relacion al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Coca, se advierte de la consulta de afiliacion a organizaciones politicas efectuado a la base de datos de la OROP, que registra afiliacion al partido politico "Alianza Para el Progreso" que es para el cual ha presentado su postulacion, no encontrandose incurso en el impedimento que se le atribuye; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la personera legal alterna del partido politico "Alianza para el Progreso"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 73-2006JEE-JAUJA/JNE; y reformandola, disponer se ADMITA A TRAMITE de inscripcion la lista de candidatos del mencionado partido politico para el Concejo Distrital de Molinos, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, en las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones resolver en MORDAZA y definitiva instancia, entre otras, las materias electorales, conforme a lo dispuesto por los articulos 142º y 181º de la Constitucion Politica del Peru y articulo 34º in fine de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolucion Nº 39-2006-JEE-JAUJA, emitida el 30 de agosto de 2006, el MORDAZA Electoral Especial de Jauja, deniega la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a Alcaldes y Regidores del Concejo Distrital de Masma Chicche, debido a que su candidato a regidor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA figuraba como afiliado a otro partido politico; Que, el recurrente senala como argumento de defensa que el referido candidato llego a presentar oportunamente (4 de marzo de 2006) su carta de renuncia irrevocable al partido politico al que pertenecia, con lo cual considero que ese acto era suficiente al haber manifestado su voluntad de no continuar con esa militancia partidaria y que, como ha sido cuestionado por una irregularidad propia del partido politico al que pertenecio por no actualizar su base de datos, causandole perjuicio, se ve precisado a acompanar con la apelacion los documentos con los cuales formulo y se le acepto su renuncia al partido politico "Accion Popular"; Que, el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos, Nº 28094, establece que no pueden inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, movimientos u organizaciones politicas locales, los afiliados a un partido politico inscrito, a menos que hubiesen renunciado a su partido politico con cinco meses de anticipacion a la fecha de cierre de las inscripciones del MORDAZA electoral que corresponda, o cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen; en dicho contexto y siendo que, en todo caso se ha presentado con la apelacion el documento del cual se advierte que el candidato cuestionado llego a renunciar a su organizacion politica dentro del plazo legal (antes del 20 de marzo de 2006 - Res. Nº13012006-JNE, Art. 4º, Inc. 10), de lo que se puede colegir que se ha cumplido con el requisito exigido por la precitada MORDAZA, por tal razon corresponde proseguir el tramite segun su estado; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando Justicia en materia electoral con arreglo a lo previsto en el inciso a) del articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE:

SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 01972-7 RESOLUCION Nº 1525-2006-JNE Exp. Nº 1307-2006 MORDAZA, 7 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 7 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal del partido politico "Alianza para el Progreso", contra la Resolucion Nº 39-2006-JEE-JAUJA, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Jauja, que deniega la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y Regidores del Concejo Distrital de Masma Chicche, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, en las Elecciones Municipales del ano 2006; oidos los informes orales; y Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la personera legal del partido politico "Alianza para el Progreso" en consecuencia; REVOCAR la Resolucion Nº 39-2006JEE-JAUJA, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Jauja, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos del partido politico "Alianza para el Progreso" para el Concejo Distrital de Masma Chicche, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, en las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen el presente expediente para la prosecucion de su tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 01972-10

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.