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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (16/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 16 de setiembre de 2006 328287REPUBLICADELPERU perímetro de 186.89 m.l. ubicado en el distrito Pachas, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 16. Plano Topográfico del sitio arqueológico Tambo Nº PTOP 24-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 WGS84, a escala 1/750, de fecha julio de 2006, con un área de 0.20 ha. y un perímetro de 186.89 m.l. ubicado en el distrito Pachas,provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 17. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Tambo de Locos Nº PP 38-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 PSAD56, a escala 1/750, de fecha julio de 2006, con un área de 0.47 ha. y un perímetro de 274.34 m.l. ubicado en el distrito deSan Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 18. Plano Topográfico del sitio arqueológico Tambo de Locos Nº PTOP 25-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 PSAD56, a escala 1/750, de fecha julio de 2006, con un área de 0.47 ha. y un perímetro de 274.34 m.l. ubicado en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica ymemoria descriptiva. 19. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Tambo de Locos Nº PP 38-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 WGS84, a escala 1/750, de fecha julio de 2006, con un área de 0.47 ha. y un perímetro de 274.34 m.l. ubicado en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamentode Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 20. Plano Topográfico del sitio arqueológico Tambo de Locos Nº PTOP 25-INC_DREPH/DA/SDIC-2006 WGS84, a escala 1/750, de fecha julio de 2006, con un área de 0.47 ha. y un perímetro de 274.34 m.l. ubicado en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes dePropiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios,obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación delInstituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BAKULA BUDGE Directora Nacional 02132-5 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1419/INC Lima, 7 de setiembre de 2006 VISTO, el Informe Nº 699-2006-INC/DREPH/DA/SDIC/ CJCG de fecha 18 de julio de 2006, de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsablede la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción delPatrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación;Que, mediante Informe Nº 699-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/CJCG de fecha 18 de julio de 2006, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, recomienda la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Shahuay que no se incluyó en las Resoluciones Directorales Nacionales Nºs. 489, 490, 1202, 1203 y 1204/INC del año 2005; Que, mediante Acuerdo Nº 660 de fecha 15 de agosto de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Shahuay, ubicado en el distrito de San Miguel, provincia de Lauricocha, departamento deHuánuco; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017- 2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Shahuay, ubicado en el distrito de San Miguel, provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura de Huánuco, la elaboración del expediente técnico del sitio arqueológico mencionado en el Artículo 1ºde la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación delInstituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 02132-6 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1420/INC Lima, 7 de setiembre de 2006 VISTO, el Informe Nº 806-2006-INC/DREPH/DA/SDIC/ LDZM de fecha 8 de agosto de 2006 de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción delPatrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 806-2006-INC/DREPH/DA/ LDZM de fecha 8 de agosto de 2006, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología,remite el expediente técnico conformado por plano perimétrico, plano topográfico, ficha técnica y memoria descriptiva en el sistema de referencia WGS84 del sitioarqueológico Lima La Vieja, ubicado en el distrito de Humay, provincia de Pisco, departamento de Ica; Que, mediante Acuerdo Nº 668 de fecha 15 de agosto 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: