Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2006 (29/09/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

329064

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 29 de setiembre de 2006

MUNICIPALIDAD DE ATE
Levantan carga de lotes a que se refiere el Art. 2º de la R.D. Nº 059-MLMSMDU-DMDU
RESOLUCION DE GERENCIA Nº 00066 Ate, 1 de setiembre de 2006 LA GERENTE DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: Los Expedientes Nºs. 11960-05 y 29887-05, seguidos por la Cooperativa de Vivienda MORDAZA Vitarte Ltda., por el que solicita el levantamiento de la carga de algunos lotes que quedaron pendientes de Recepcion segun la Resolucion Directoral Nº 059-93-MLM-SMDU-DMDU; del 13 de MORDAZA de 1,993; que aprobo la Recepcion de Obra de Habilitacion MORDAZA de MORDAZA Progresivo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 059-93-MLMSMDU-DMDU del 13 de MORDAZA de 1993 se aprobo la Recepcion de Obra de habilitacion MORDAZA de MORDAZA progresivo del terreno de 268,882.59 m2 y del terreno de 85,604.99 m2, ambos de propiedad de la Cooperativa de Vivienda "SOL DE VITARTE LTDA." dejando diferida la ejecucion de las obras de aceras, calzadas, rampas peatonales, muretes de senalizacion de calles, ornamentacion, sembrio de parques y canalizacion de acequias, para ser llevadas a cabo por los adjudicatarios de los lotes en un plazo de diez anos; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1208, del 8 de septiembre del 2004 se resolvio otorgar un plazo ampliatorio por cinco anos mas para la ejecucion de las obras de aceras, calzadas, rampas, rampas peatonales, muretes de senalizacion de calles, ornamentacion de parques, sembrio de parques y canalizacion de acequias; a favor de la Cooperativa de Vivienda "Sol de Vitarte Ltda."; del plazo mencionado en la Resolucion Directoral Nº 059-93-MLM-SMDU-DMDU; Que, mediante los recibos de Agua Potable, Alcantarillado y Luz emitidos por Sedapal y Luz del Sur respectivamente, los Lotes Nºs. 6, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Manzana "D", los Lotes Nºs. 3, 4 y 5 de la Manzana "J" del Sector "E" ; y los Lotes Nºs. 1, 2, 3, 19, 21 y 22 de la Mz "D", Lote Nº 40 de la Manzana "X" y el Lote Nº 3 de la Manzana "Y" del Sector "G", acreditan la existencia de dichos servicios basicos; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 401-2006-AHUSGPUC-GDU/MDA, de fecha 23 de agosto de 2006, se otorga la conformidad del caso para levantar la carga de los lotes indicados en la Resolucion Directoral Nº 059MLM-SMDU-DMDU; a excepcion de los Lotes Nºs. 18 y 20 de la Manzana "D"; Lote Nº 37 de la Manzana "Q"; Lote Nº 39 de la Manzana "X" del Sector "G" y el Lote Nº 12 de la Manzana "E"del Sector "E", tal como lo ha peticionado la misma Cooperativa de Vivienda "Sol de Vitarte" Ltda.; Que, con el visto MORDAZA de la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro; y, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444 Ley Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas, la Ordenanza Nº 292-MML y por el Reglamento Nacional de Construcciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- LEVANTAR, la carga indicada en el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 059-MLM-

SMDU-DMDU; correspondiente los Lotes Nºs. 6, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Manzana "D", los Lotes Nºs. 3, 4 y 5 de la Manzana "J" del Sector "E" ; y los Lotes Nºs. 1, 2, 3, 19, 21 y 22 de la Mz "D", Lote Nº 40 de la Manzana "X" y el Lote Nº 3 de la Manzana "Y" del Sector "G", al haber acreditado la existencia de los servicios basicos, quedando pendiente de Recepcion los Lotes Nº 18 y 20 de la Manzana "D"; Lote Nºs. 37 de la Manzana "Q"; Lote Nº 39 de la Manzana "X" del Sector "G" y el Lote Nº 12 de la Manzana "E" del Sector "E". Articulo Segundo.- DISPONER, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, a cargo de los interesados. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la inscripcion, y a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA 02482-1

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Amplian vigencia de Ordenanza que establecio beneficio de regularizacion de deudas tributarias y no tributarias en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2006-A/MDC Carabayllo, 29 de agosto del 2006 VISTO: El Informe Nº1023-2006-SATR-GR/MDC e Informe Nº 080-2006-GR/MDC, CONSIDERANDO : Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, concordante ademas con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como para crear, modificar y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que de acuerdo a lo establecido por el articulo 55º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los Bienes, Rentas y Derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio; en consecuencia la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF, establece que; los gobiernos locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus Contribuciones, Arbitrios, Derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 106-MDC, se otorgo en el distrito de Carabayllo, hasta el 31 de agosto del 2006, el BENEFICIO TEMPORAL DE REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CARABAYLLO; por lo es factible otorgar mayores facilidades en el tiempo, a los contribuyentes del distrito; dada la dificil situacion economica, para efectos de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.