NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (29/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 44
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329062El Peruano viernes 29 de setiembre de 2006 4) Autorizar a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y a la Procuraduría Pública Regional hainterponer las acciones legales que correspondan seanciviles, administrativas y/o penales; contra los autoresdirectos de los daños al medio ambiente, a la salud públicay a la seguridad pública según corresponda. Artículo Segundo.- Modificar el Art. 7º de la Ordenanza Regional Nº 007-2004-CR-RLL que queda redactado dela siguiente forma: "La Dirección Regional de Energía yMinas La Libertad -DREM-LL en coordinación con laAutoridad Política y/o Representante del Ministerio Público, efectuarán los operativos de control y fiscalización del Cianuro de Sodio desde su elaboración hasta su consumofinal que puedan ser objeto de uso ilegal y peligroso. Paragarantizar el cumplimiento de la presente ordenanza, laPolicía Nacional procederá a otorgar las garantíasnecesarias y procederá a la intervención e incautación de dicho insumo químico, dando cuenta al ministerio público para las investigaciones que correspondan por DelitoContra la Salud Pública y Medio Ambiente". Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional La Libertad y ala Dirección Regional de Energía y Minas; el estricto cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- FACULTAR, al Secretario del Consejo Regional la publicación del presente Acuerdocon dispensa de la aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se publique y cumpla, en Trujillo a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil seis. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 02537-1 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 026-2006-SE/GRL Iquitos, 12 de setiembre del 2006 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, en Sesión Extraordinaria deConsejo de fecha 12 de setiembre del 2006, con el voto por mayoría del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales –Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902. ACUERDA: Artículo Primero: Fijar la remuneración mensual de la señora Vicepresidenta del Gobierno Regional de Loretoen el monto de trece mil quinientos y 00/100 nuevos soles (S/. 13,500.00). Artículo Segundo: La Gerencia General Regional y la Oficina Regional de Administración, quedanencargadas de dar cumplimiento al acuerdo adoptadoconforme a sus atribuciones. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 02521-1GOBIERNO REGIONAL DE TACNA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G28/G43/G41/G50/G29/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G45/G6D/G70/G6C/G65/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2006-CR/GOB.REG.TACNA EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional, con fecha catorce de setiembre del año en curso, en Sesión Ordinaria, con el voto favorable y unánime de susmiembros asistentes, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO DE TACNA Artículo Primero.- APRUÉBESE el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), de la DirecciónRegional Sectorial de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna, por encontrarse arreglada a Ley; dicho documento de gestión, ha sido elaborado sobre labase de treintiún (31) cargos, distribuidos de la siguiente manera: quince (15) ocupados y dieciséis (16) previstos; forman parte integrante de la presenteOrdenanza, cuatro (4) ejemplares referidos al CAP , cada uno consta de dos (2) folios debidamente visados, y a fojas catorce (14), obran los anteceden-tes que la sustentan. Artículo Segundo.- REMÍTASE la presente, a la Dirección Regional Sectorial de Trabajo y Promocióndel Empleo de Tacna, a fin que se disponga su publicación en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, remítase copias a la Oficina de Soporte Informático delGobierno Regional, para su difusión en el Portal Electrónico, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 42º de la Ley Nº 27867 (Ley Orgánica deGobiernos Regionales). Artículo Tercero.- La Presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Enconsecuencia, una vez efectuada dicha publicación, déjese sin efecto las normas legales que se opongan a la misma. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil seis. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, publique, difunda, cumpla y archive. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil seis. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 02538-1