Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2006 (29/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano viernes 29 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
VISTO:

329053

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Rectoral Nº 1365-2006R-UNA se autorizo la renovacion del licenciamiento MICROSOFT PERU 2006-2007, para el uso del Software Microsoft en esta MORDAZA Superior de Estudios, debiendo suscribirse para tal efecto el correspondiente Contrato Microsoft Campus School Agreement, por la suma de S/ . 55,400.00 Nuevos Soles mas IGV, en concordancia con el Informe Tecnico de fecha 12-6-2006 emitido por la Oficina de Tecnologia Informatica - UNA-Puno; Que, conforme al Lit. e) del Art. 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el Art. 144º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, estan exonerados de los Procesos de Seleccion las adquisiciones y contrataciones cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico en el MORDAZA nacional, en estos casos la entidad podra contratar directamente; Que, se tiene a la vista la MORDAZA suscrita por la representante de Microsoft Peru S.R.L., con la cual se certifica que Cosapi Data S.A. tiene la categoria de Proveedor Unico Directo, para los contratos Microsoft Campus School Agreement hasta el ano 2007; Que, estando al Informe contenido en el Oficio Nº 775-2006-UA-OGF/UNA-P de la Unidad de Abastecimiento - Oficina de Gestion Financiera; en concordancia con lo establecido por los Arts. 146º y 148º del D.S. Nº 084-2004-PCM "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado"; y, De conformidad con las atribuciones que la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la UNA-Puno y la Resolucion de Asamblea Universitaria Nº 10-2005-AUUNA, confieren al Rectorado de esta MORDAZA Superior de Estudios; SE RESUELVE:

La MORDAZA Nacional de Vacunacion para la eliminacion de la rubeola y el sindrome de rubeola congenita en el Peru que realizara el Ministerio de Salud del 1 de octubre al 5 de noviembre de 2006; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Articulo 3º de la Ley Nº 27802 Ley del Consejo Nacional de la Juventud establece que todo joven tiene derecho a la salud; Que, asimismo, el Articulo 2º del Reglamento del Consejo Nacional de la Juventud aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM establece que el Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU tiene por finalidad lograr el desarrollo integral de la juventud, entendiendo como tal, al conjunto de acciones que ejecutan concertadamente el estado y la sociedad para el logro de su bienestar fisico; Que en ese MORDAZA, la Comision Nacional de la Juventud - CNJ ha considerado importante priorizar el fortalecimiento de las acciones que se desarrollen en el MORDAZA de la MORDAZA de Vacunacion contra la rubeola y sindrome de rubeola congenita a todos los peruanos comprendidos entre los dos y treinta y nueve anos de edad, establecida por el Ministerio de Salud, a traves de la implementacion de una Jornada Gratuita de Vacunacion; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, el Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ, aprobado mediante Resolucion Presidencial Nº 034-P/CNJ-CONAJU-2003; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para el Licenciamiento MICROSOFT 2006-2007, para el uso del Software Microsoft en esta MORDAZA Superior de Estudios, por un valor referencial de CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 55,400.00). Articulo Segundo.- Disponer que la Oficina de Gestion Financiera a traves de la Unidad de Abastecimiento cumpla con la correspondiente publicacion en el Diario Oficial El Peruano; remitiendo a su vez MORDAZA de la presente Resolucion e informes que lo sustentan, a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo legal establecido para el efecto. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Rectora 02516-1

Articulo Primero.- Priorizar el fortalecimiento de las acciones que se desarrollen en el MORDAZA de la MORDAZA de Vacunacion que se desarrollara del 1 de octubre al 5 de noviembre de 2006, para la eliminacion de la Rubeola y el Sindrome de Rubeola Congenita, en el ambito de la competencia de la Comision Nacional de la Juventud CNJ. Articulo Segundo.- Implementar en la Comision Nacional de la Juventud - CNJ la Jornada Gratuita de Vacunacion que se llevara a cabo el dia 2 de octubre de 2006, con la participacion de todos sus funcionarios y servidores. Articulo Tercero.- Disponer que los funcionarios de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ brinden todas las facilidades para la ejecucion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Presidenta Comision Nacional de la Juventud 02489-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL DE LA JUVENTUD
Disponen fortalecer acciones sobre la MORDAZA de Vacunacion para eliminacion de la Rubeola y el Sindrome de Rubeola Congenita en el ambito de competencia de la CNJ
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 075-P/CNJ-CONAJU-2006 MORDAZA, 26 de setiembre de 2006.

CONASEV
Disponen inscripcion de acciones clase B representativas del capital social de ELECTROPERU S.A. en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIAL Nº 044-2006-EF/94.45 MORDAZA, 1 de septiembre de 2006

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