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El Peruano Lima, jueves 12 de abril de 2007 343380 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Proyecto de Resolución que aprueba fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de la EPS SEDAPAR S.A. de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de la EPS SEDAPAR S.A.; debiendo publicarse el aviso de convocatoria correspondiente en el Diario O fi cial El Peruano, en un diario de mayor circulación en el ámbito de prestación de servicios de la EPS SEDAPAR S.A. y en la página web de la SUNASS. Artículo 3º.- La audiencia pública a la que se re fi ere el artículo anterior se llevará a cabo en el día, a la hora y en el lugar que la Gerencia General de la SUNASS oportunamente señale en el aviso de convocatoria; y de acuerdo con las reglas aprobadas por la SUNASS, las cuales forman parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- Los interesados podrán formular comentarios sobre el Proyecto de Resolución a que se re fi ere el artículo anterior, en el local ubicado en Calle San José Nº 117, Cercado, o por vía electrónica a audienciaarequipa@sunass.gob.pe, hasta cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de realización de la audiencia pública. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la audiencia pública. Regístrese, comuníquese y publíquese.Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, José Stock Capella, Manuel Burga Seoane y Víctor Antonio Maldonado Yactayo. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente Consejo Directivo RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº XX-XXXX-SUNASS-CD Lima, XX de XXX de XXXX VISTOS:La Resolución Nº 001-2007-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cinco años de el “Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa Sociedad Anónima”, EPS SEDAPAR S.A., conforme a lo establecido en el artículo 9º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNAS-CD; El Memorándum Nº XXX-XXXX-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario fi nal, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la EPS SEDAPAR S.A. para el próximo quinquenio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 001-2007-SUNASS-GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para el quinquenio 2007-2011, conforme a lo establecido en el artículo 9º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNAS-CD; Que, mediante Memorándum Nº 050-2007-SUNASS- 110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó el Estudio Tarifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la EPS SEDAPAR S.A. para el próximo quinquenio; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 020-2007-SUNASS-CD, se aprobó (i) la publicación RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 020-2007-SUNASS-CD Lima, 3 de abril de 2007 VISTOS:La Resolución Nº 001-2007-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cinco años del “Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa Sociedad Anónima”, EPS SEDAPAR S.A., conforme a lo establecido en el artículo 9º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNAS-CD; El Memorándum Nº 050-2007-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación de la EPS SEDAPAR S.A. para el próximo quinquenio; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos – y sus modi fi catorias, faculta a los organismos reguladores a fi jar las tarifas de los servicios públicos bajo su ámbito; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27838 – Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas – establece que el Organismo Regulador deberá prepublicar en su página web institucional y en el Diario O fi cial El Peruano, el Proyecto de Resolución que fi je la tarifa regulada y una relación de los informes, estudios, dictámenes, modelos económicos y memorias anuales que constituyan su sustento; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 27838 señala que el Organismo Regulador está obligado, con anterioridad a la publicación de la Resolución que fi ja tarifas reguladas, a realizar audiencias públicas descentralizadas en las que sustentarán y expondrán los criterios, metodología, estudios, informes, modelos económicos o dictámenes que servirán de justi fi cación en la fi jación de las tarifas reguladas; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009- 2007-SUNASS-CD, se aprobó el “Reglamento General de Tarifas”, el cual dispone (i) la publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS, del Proyecto de Resolución que apruebe la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias, metas de gestión, así como de su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento de la referida Resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; El Consejo Directivo en Sesión Nº 006-2007;HA RESUELTO: Artículo 1º.- Disponer la publicación del Proyecto de la Resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de la “Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa Sociedad Anónima”, EPS SEDAPAR S.A.; así como su exposición de motivos y la relación de los documentos que la sustentan, los cuales forman parte de la presente Resolución. La publicación referida se efectuará en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo 2º.- Disponer la convocatoria a audiencia pública, en la que la SUNASS sustentará la propuesta PROYECTO