Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2007 (12/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

Que, por tales motivos resulta necesario tomar las medidas correctivas orientadas a la redefinicion, priorizacion, ajuste y modificacion de las funciones, estructura y planta organica de la Municipalidad, adecuandose a los nuevos procesos administrativos e informaticos que atiende a la demanda de la poblacion. Que, corresponde a los Gobiernos Locales acordar su regimen de organizacion interior, conforme lo dispone el numeral 3 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, segun lo establece el numeral 6 del Articulo 20 de la acotada Ley Organica. ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN EMERGENCIA Y DISPONER LA REESTRUCTURACION ORGANICA Y REORGANIZACION ADMINISTRATIVA, de la Municipalidad Distrital de Yauli, facultandose al Despacho de Alcaldia a efectuar todas las acciones que MORDAZA necesarias para el ejercicio de la defensa y cautela de los derechos e intereses de la Municipalidad.

Articulo Segundo.- El MORDAZA de Reestructuracion Organica y Reorganizacion Administrativa, comprendera ademas de las atribuciones conferidas en el articulo anterior, la revision de lo siguientes instrumentos de gestion : Reglamento de Reorganizaciones y Funciones (ROF), Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) Presupuesto Analitico de Personal (PAP), Manual de Organizacion y Funciones (MOF) entre otros. Articulo Tercero.- El plazo de reestructuracion y Reorganizacion no sera mayor de noventa (90) dias calendario. Articulo Cuarto.- Encargar a la Alcaldia y a la Gerencia Municipal el cumplimiento y ejecucion del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

46962-1

PROYECTOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Proyecto "Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas y Mineras de OSINERGMIN"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 107-2007-OS/CD
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Memorando Nº GL-134-2007, por el cual la Gerencia General somete a aprobacion del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la aprobacion de la prepublicacion del Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas y Mineras de OSINERGMIN. CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, modificado por la Ley Nº 27631, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, segun lo dispuesto por el Articulo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora. Asimismo, el articulo 4º establece que las funciones de supervision, supervision especifica y fiscalizacion atribuidas al OSINERGMIN podran ser ejercidas a traves de empresas supervisoras; del mismo modo, indica que mediante Resolucion del Consejo Directivo del OSINERGMIN se estableceran los criterios y procedimientos especificos para la calificacion y clasificacion de las Empresas Supervisoras, asi como la contratacion, designacion y ejecucion que las tareas de supervision y fiscalizacion que realizaran tales empresas; Que, en ese sentido, OSINERGMIN con Resolucion de Consejo Directivo Nº 013-2004-OS/CD aprobo el "Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas"; Que, con fecha 24 de enero de 2007 se publico la Ley Nº 28964 "Ley que transfiere competencias de supervision y fiscalizacion de las actividades minera al OSINERG" por la que se crea el OSINERGMIN como Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria. En el articulo 2º de la indicada Ley se transfirio las competencias de fiscalizacion minera, establecidas en la Ley Nº 27474, Ley de Fiscalizacion de Actividades Mineras al OSINERG relacionadas a seguridad e higiene minera y de conservacion y proteccion del ambiente; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28964, senala que OSINERGMIN prepublicara en el plazo de 90 dias calendario el Reglamento de Supervision y Fiscalizacion de las Actividades Mineras. En dicho reglamento se establecera el MORDAZA de seleccion de los fiscalizadores en actividades de mineria como el procedimiento de fiscalizacion; Que, en este sentido, es necesario actualizar el referido Reglamento de Supervision a fin de ser aplicable tanto a las empresas supervisoras del sector energia como a las del sector mineria; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los articulos 8º y 25º del Reglamento de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobacion del Procedimiento MORDAZA mencionado se requiere su prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano; Con la opinion favorable de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos, de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica y de la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la prepublicacion del Proyecto "Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas y Mineras de OSINERGMIN"; cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o via correo electronico a reglamsuperv@osinerg.gob.pe dentro de los quince (15) dias calendario contados desde la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS El articulo 31 del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-

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