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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (12/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de abril de 2007 343367 Reducen monto del derecho del Procedimiento Administrativo de Licencia de Funcionamiento Provisional del TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2007-A/MDSMP San Martín de Porres, 4 de abril del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 120-2007-DLA/GPDEL/MDSMP emitido por la División de Licencias y Autorizaciones y el Memorando Nº 014-2007-GPDEL/MDSMP emitido por la Gerencia de Promoción del Desarrollo Económico Local de la Municipalidad Distrital de San Marín de Porres; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendo al Concejo las funciones normativas y fi scalizadoras, y a la Alcaldía las funciones ejecutivas; Que, de igual modo, el inciso 3.6.4 del numeral 3 del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 asigna funciones especí fi cas y exclusivas de las Municipalidades distritales en materia de Organización del espacio físico y uso del suelo: para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de apertura de establecimientos comerciales, industriales de actividades profesionales de acuerdo con la zoni fi cación; Que, asimismo, el Artículo 83° numeral 3) inciso 3.6 asigna funciones especí fi cas y exclusivas de las Municipalidades Distritales en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios; para otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, mediante la Ordenanza Nº 114-MDSMP, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 20 de marzo de 2006, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el mismo que fue modi fi cado mediante el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 153-MDMSP, en lo referente al Procedimiento Administrativo de Licencia de Funcionamiento Provisional para Pequeñas y Micro empresas; Que, el Plan Nacional de Promoción y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa 2005 – 2009, establece para la MYPE de Subsistencia y Nuevos Emprendimientos, en la línea de acción Nº 2.1 sobre la Reducción de las Barreras de formalización, en el punto (a), la promoción de normas y procedimiento que conlleve a eliminar las barreras de acceso a la formalidad, y en el punto (b) la institucionalización de los procesos de simpli fi cación administrativa; Que, mediante Informe Nº 120-2007-DLA/GPDEL/ MDSMP, la División de Licencias y Autorizaciones recomienda reducir el costo del procedimiento Administrativo de Licencia de Funcionamiento Provisional a fi n promover el acceso al mercado y la competitividad de las Micro y Pequeñas Empresas, considerando que el costo actual constituye una barrera administrativa para su formalización. Que, es política de la gestión municipal promover el libre acceso al mercado formal de la inversión privada, siendo la tendencia actual otorgar las facilidades necesarias a los pequeños y micro empresarios en cuanto a un proceso de formalización simpli fi cado, constituyéndose la Municipalidad en actora de ello debido a su incidencia en el desarrollo económico social de la comuna; Que, en tal sentido es necesario adoptar las acciones pertinentes que permitan el cabal desarrollo de las funciones especí fi camente señaladas, mediante la reducción del costo del procedimiento administrativo antes citado, la simpli fi cación del procedimiento de tramitación, condiciones técnicas requeridas y disposiciones aplicables para el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento Provisional en el distrito e incorporar al Reglamento de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad de San Martín de Porres, la posibilidad de subsanar las Papeletas de Infracción impuestas por detectar el funcionamiento de establecimientos sin contar con Licencia de Funcionamiento, con la obtención de la licencia dentro del plazo de descargo ; Que, los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 establece en su artículo 38.5 que “una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se debe realizar por…Decreto de Alcaldía…según el nivel de gobierno respectivo”; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Reducir el costo del monto del derecho del Procedimiento Administrativo de Licencia de Funcionamiento Provisional del TUPA de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres aprobado mediante Ordenanza Nº 114-MDSMP y modi fi cado por Ordenanza Nº 153-MDSMP a S/. 45.00 nuevos soles, manteniéndose los requisitos que el TUPA establece. Artículo Segundo.- El bene fi cio de reducción de costo aprobado por el presente Decreto de Alcaldía será vigente hasta el 27 de junio del 2007. Artículo Tercero.- Durante el plazo de vigencia de la presente norma las Papeletas de Infracción que se impongan al detectar la infracción de funcionar el establecimiento sin Licencia de Funcionamiento Municipal, se considerarán subsanadas con la obtención de la correspondiente Licencia, dentro del plazo de descargo. Artículo Cuarto.- Encargar a las Gerencias de Administración y Finanzas y de Promoción del Desarrollo Económico Local el cumplimiento del presente Decreto POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 47771-3 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Autorizan celebración de Matrimonio Civil Masivo I - 2007 DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2007/MDSA Santa Anita, 4 de abril de 2007 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA ANITA Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Constitución Política del Perú, la comunidad y el Estado protegen a la familia, promueven el matrimonio y los reconocen como Institutos Naturales y Fundamentales de la Sociedad; Que, conforme a lo establecido en el artículo 233º del Código Civil, la regularización jurídica de la familia tiene la fi nalidad de contribuir a su consolidación y fortalecimiento en armonía con los principios y normas proclamadas en la Constitución Política del Estado; Que, la Municipalidad Distrital de Santa Anita, tiene como funciones proteger a la familia y promover el matrimonio, sobre todo de aquellas parejas que vienen de