Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2007 (12/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

Que, de otro lado, conforme a lo dispuesto en el art. 101º del Codigo del Medio Ambiente, el mantenimiento de la limpieza publica es obligacion de todos los habitantes de las ciudades y de todo asentamiento humano. A nadie le es permitido arrojar a la via publica, desperdicios, desechos domesticos, industriales o residuos; Que, en el distrito de San MORDAZA de Porres es practica comun que personas no autorizadas por la autoridad municipal realicen las labores propias del recojo y disposicion de los residuos publicos, desconociendose la finalidad con la que realizan esta actividad, habiendose constatado en el mayor numero de casos que abastecen de residuos a los criaderos clandestinos de porcinos o "chancherias", actividad ilicita que pone en grave riesgo la salud de la poblacion, afectando tambien la imagen, el MORDAZA y el ornato del distrito; Que, asimismo, la ausencia de autoridad municipal en que se encontraba sumido el distrito ha ocasionado que muchos de nuestros vecinos y de distritos aledanos, y sobre todo de muchos malos comerciantes dedicados al comercio en la via publica, ante la falta de un adecuado servicio de limpieza, encuentren como solucion mas rapida para esta problematica arrojar sus residuos y/o desecho en la via publica, sin considerar el grave riesgo al medio ambiente y sobre todo a la salud de los demas vecinos del distrito; Que, por tanto es necesario la aplicacion de sanciones drasticas que intimiden a estos operadores de residuos que efectuan en forma clandestina la recoleccion, transporte y comercializacion de residuos solidos, asi como para aquellas personas naturales y/o juridicas que vienen contaminando el medio ambiente, poniendo en riesgo la salud de la poblacion, infringiendo la Ley N° 27314 de Residuos Solidos y el Codigo del Medio Ambiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE SANCIONA LA RECOLECCION NO AUTORIZADA Y EL ARROJO DE DESECHOS SOLIDOS EN LA VIA PUBLICA EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES Articulo Primero.- Queda totalmente prohibido el arrojo de residuos solidos, desmonte, desechos y/o basura en la via publica del distrito de San MORDAZA de Porres. Articulo Segundo.- Las personas naturales o juridicas, que en vehiculos mayores efectuen el recojo y/o arrojen residuos solidos, desmonte, desechos o basura en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres sin tener la autorizacion municipal correspondiente, seran sancionados con una multa ascendente a una (1) Unidad Impositiva Tributaria. Articulo Tercero.- Las personas naturales o juridicas, que efectuen el recojo y/o arrojen residuos solidos, desmontes, desechos o basura a traves de triciclos, vehiculos menores, motorizados o no motorizados, o cualquier otro medio en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, seran sancionados con multa ascendente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria, e internamiento del vehiculo, hasta la cancelacion de la multa. Articulo Cuarto.- En caso de reincidencia de las infracciones senaladas en los articulos precedentes, se duplicara el monto de la multa y se procedera a formular denuncia penal por Delito contra la ecologia y medio ambiente contra las personas que se dediquen a estas actividades. Articulo Quinto.- Modifiquese e incorporese al Reglamento de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad, las sanciones establecidas en la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Facultar al Despacho de Alcaldia para que, mediante Decreto de Alcaldia, emita las normas reglamentarias y complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Septimo.- Encargar a la Gerencia Municipal efectuar las coordinaciones necesarias con la Policia Nacional para garantizar el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FREDDY S.TERNERO MORDAZA MORDAZA

Autorizan celebracion del III Matrimonio Civil Comunitario 2007
ORDENANZA Nº 213-MDSMP San MORDAZA de Porres, 4 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES; POR CUANTO: El Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres en Sesion Ordinaria de la fecha; y VISTO: El Informe Nº 099-2007-GSPS-DRS/MDSMP, de la Jefatura de Registros Civiles, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, define a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion siendo la familia celula fundamental de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Estado; Que, el Articulo 233º del Codigo Civil establece la regulacion juridica de la familia que tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica; Que, el numeral 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal, crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a la Ley; Que, es deber de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, ayudar a aquellos vecinos que se encuentren aun en una situacion de hecho y requieren formalizar su situacion conyugal, facilitando para ello el procedimiento establecido; Que, con el fin de coadyuvar al logro de los fines senalados precedentemente, la Division de Registros Civiles de la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, ha propuesto la celebracion de un Matrimonio Civil Comunitario, a realizarse el dia 19 de MORDAZA del 2007, dando inicio a los actos celebratorios por 57º Aniversario de la Creacion Politica del Distrito; ESTANDO A LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LOS ARTICULOS 9º Y 40º DE LA LEY Nº 27972 ­ LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL POR UNANIMIDAD APROBO LA SIGUIENTE; ORDENANZA Articulo Primero.- AUTORIZAR al Senor MORDAZA a la celebracion del III MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2007 a realizarse el 19 de MORDAZA del 2007, dando inicio a los actos celebratorios en conmemoracion del 57º Aniversario de la Creacion Politica del distrito de San MORDAZA de Porres, a horas 10:00 a.m. en la Explanada del Palacio Municipal. Articulo Segundo.- ESTABLECER como pago unico por derecho de tramite la suma de Sesenta Nuevos Soles (S/. 60.00). Articulo Tercero .- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, la Unidad de Imagen Institucional y Division de Registro Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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