Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2007 (12/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

b) Persona Juridica: Razon social, RUC, nombre de o de los representantes legales, domicilio, con indicacion de distrito, provincia y departamento, telefono, fax, y/o correo electronico, meritos, demeritos, sanciones u observaciones. Ademas, se debe incluir la relacion de supervisores que la integran con indicacion de su respectiva categoria. La inscripcion en el Registro es permanente y solo quedara sin efecto como consecuencia de la imposicion de una sancion. Articulo 18.- Modificacion de datos 18.1 Las personas inscritas en el Registro de Empresas supervisoras deberan informar a OSINERGMIN cualquier modificacion de sus datos dentro de los diez dias habiles de realizados y deberan actualizar los mismos cada vez que hayan cambios. 18.2.- Las Empresas Supervisoras podran solicitar el cambio o inscripcion de sus Supervisores en las categorias que se consideren aptos cuando cumplan con los requisitos exigidos para dichas categorias y obtengan la calificacion favorable del Comite Permanente de la Gerencia de Fiscalizacion correspondiente o area equivalente. Articulo 19.- Responsabilidad del registro La responsabilidad del Registro de Empresas Supervisoras corresponde a la Gerencia Legal, quien designara a los funcionarios que se encargaran de su custodia, actualizacion y mantenimiento. Articulo 20.Supervisoras Designacion de Empresas

por cada Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente, podra otorgar a los supervisores las facultades que considere pertinentes para el ejercicio de sus funciones, de acuerdo al MORDAZA legal vigente y a las especificaciones tecnicas de su contrato, pudiendo considerar las siguientes: a) Realizar inspecciones, con o sin previa notificacion a las entidades supervisadas. b) Llevar a cabo los actos necesarios para obtener o reproducir impresos, fotocopias, facsimiles, planos, MORDAZA, dibujos, fotografias, radiografias, cintas cinematograficas, micro formas, tanto en la modalidad de microfilm como en la modalidad de soportes informaticos, y otras reproducciones de audio o video, la telematica en general y demas objetos que recojan, contengan o representen algun hecho, actividad humana o su resultado, que MORDAZA pertinentes con el objetivo de la supervision contratada. c) Exigir a las personas naturales o juridicas supervisadas la exhibicion o MORDAZA de documentos, incluyendo libros contables, facturas, recibos, comprobantes de pago, registros magneticos y en general todo lo necesario para su labor de supervision. d) Tomar MORDAZA de los archivos fisicos o magneticos, asi como de cualquier otro documento que sea necesario para los fines de la accion de supervision. e) Tomar muestras, efectuar pruebas, analizar las caracteristicas de los equipos, revisar las instalaciones, y, en general, llevar a cabo cualquier diligencia que conlleve al cumplimiento del objeto de la accion supervisora. Las diligencias dentro de las instalaciones del supervisado estaran sujetas al cumplimiento de condiciones de seguridad. f) Tomar y registrar declaraciones de las personas que puedan brindar informacion relevante sobre la supervision que se lleva cabo. g) Instalar equipos en las instalaciones de las Entidades Prestadoras o en las areas geograficas vinculadas a la actividad supervisada para realizar monitoreos, siempre que no dificulte la prestacion de los servicios involucrados. h) En el caso de los Supervisores Regionales, la Gerencia General podra delegar en ellos funciones de supervision general, de fiscalizacion y sancion. i) Podran disponer la paralizacion temporal o definitiva de las actividades que se realizan en hidrocarburos, electricidad y mineria, en caso que durante la supervision se detecte peligro inminente de accidente que origine danos a las personas y/o equipos. j) En las visitas de supervision los Supervisores de OSINERGMIN podran comportarse como usuarios, potenciales clientes o terceros, entre otros, a fin de lograr el cumplimiento del objeto de la accion supervisora. La presente enumeracion es meramente enunciativa y no taxativa. Articulo 23.- Obligaciones de las Empresas Supervisoras Las empresas supervisoras tienen las siguientes obligaciones: a) Cumplir con realizar las acciones de supervision en forma oportuna cuando les MORDAZA requeridas por OSINERGMIN. b) Realizar la supervision con los profesionales definidos en el contrato respectivo. c) Desempenar las acciones de supervision unicamente en los temas para las cuales ha sido designado. d) Realizar previamente a la supervision encomendada la revision exhaustiva de la documentacion de informacion relacionada con la unidad o instalacion a fiscalizar que se encuentra a disposicion en la autoridad encargada, en concordancia con el inciso c) precedente. e) Guardar reserva sobre la informacion obtenida en la supervision. f) Absolver dentro del plazo establecido, las observaciones y requerimientos que la autoridad encargada le formule sobre los informes de supervision. g) Identificarse ante quien lo solicite, presentando la credencial otorgada por OSINERGMIN, salvo en el caso del ejercicio de la facultad senalada en el literal J) del articulo 22 del presente reglamento. h) Conservar los documentos, informes, material audiovisual, y notas relacionadas a la fiscalizacion, por lo menos durante tres (3) anos a partir de la fecha de MORDAZA del informe de supervision. En el caso que OSINERGMIN proceda a la inhabilitacion, deben entregar

20.1.- La designacion y contratacion de las Empresas Supervisoras, se MORDAZA por cada Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente en base a un MORDAZA de seleccion en el cual solo podran participar las Empresas Supervisoras que se encuentran inscritas en el Registro de Empresas Supervisoras de OSINERGMIN. Las Bases de este MORDAZA de seleccion seran aprobadas por la respectiva Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente. Para la elaboracion de estas bases se tendra en cuenta los requerimientos de cada una de estas areas y la empresa, actividad, procedimiento o instalaciones que se supervisaran. Las bases tambien estableceran los criterios tecnicos y economicos que se tendran en cuenta para la designacion y contratacion. Por situaciones de urgencia o emergencia, debidamente justificadas y mediante autorizacion expresa del Gerente General de OSINERGMIN, se podra contratar empresas supervisoras sin MORDAZA de seleccion. 20.2.- Concluido el periodo de contratacion o cada fin de ano de tener un periodo de contratacion superior al ano, se evaluara el desempeno de las empresas supervisoras, por el area donde presta servicios, siguiendo los criterios establecidos por cada Gerencia de fiscalizacion o area equivalente y servira como base para la renovacion o las futuras contrataciones que se puedan realizar. 20.3.- En caso que OSINERGMIN requiera la contratacion de personas juridicas, las personas naturales inscritas podran participar en el concurso constituyendo consorcios, asociaciones o cualquier otra forma societaria. 20.4.- La designacion y contratacion de los supervisores 4, se realizara en la medida en que MORDAZA requeridos por OSINERGMIN; la contratacion estara a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas y sera por un periodo MORDAZA de dos (2) anos. 20.5.- La Gerencia General, mediante resolucion, dictara las disposiciones complementarias para la designacion y contratacion de las Empresas Supervisoras Articulo 21.- Resultados del MORDAZA de Seleccion El resultado del MORDAZA de seleccion sera comunicado a todas las partes que participaron del mismo y solo podra ser materia del recurso impugnativo de reconsideracion. Tambien sera publicado en la pagina Web de OSINERGMIN. CAPITULO IV FACULTADES, OBLIGACIONES E INCOMPATIBILIDAD DE LAS EMPRESAS SUPERVISORAS Articulo 22.- Facultades de las Empresas Supervisoras OSINERGMIN, a traves de documento escrito emitido

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