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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de abril de 2007 343368 uniones de hecho, cautelando de esta manera su legalidad y seguridad jurídica; Con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a lo dispuesto por los artículos 233º, 234º y 248º del Código Civil y las facultades otorgadas por el artículo 20º inciso 16) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA:Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del MATRIMONIO CIVIL MASIVO I - 2007, el mismo que se realizará el día 12 de mayo de 2007, a las 10:00 horas en el Frontis del Centro Cívico Municipal, ubicado en Av. Los Eucaliptos, Cdra. 12, Coop. Universal. Artículo Segundo.- DISPENSAR a los contrayentes participantes en el presente Matrimonio Civil Masivo 2007 – I , de la publicación de sus Edictos Matrimoniales, sin perjuicio que la Municipalidad proceda a efectuar la difusión y publicación que corresponda. Artículo Tercero.- DISPONER como pago por derechos administrativos la suma de S/. 55.54 (cincuenta y cinco con 54/100 nuevos soles), conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA. Artículo Cuarto.- Los contrayentes que participen en el Matrimonio Civil Masivo I - 2007, deberán presentar los siguientes documentos: -Partida de Nacimiento Certi fi cada de ambos contrayentes (no más de tres meses de antigüedad). -Copias autenticadas por el Fedatario de la Municipalidad del Documento Nacional de Identidad - D.N.I. -Certi fi cado de Salud Prenupcial previo pago en caja de S/. 21.77 cada uno, y dicho análisis debe hacerse en el Centro Médico Municipal de esta Municipalidad. -Certifi cado Domiciliario de cada contrayente emitido por la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas. -Declaración Jurada de Soltería en formato expedido por la Secretaría General. -Dos testigos mayores de edad que conozcan a los contrayentes por lo menos tres (3) años, los cuales deberán portar sus documentos de identidad original, adjuntando copias autenticadas por el fedatario de la Municipalidad. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la veri fi cación de la documentación requerida y los demás trámites legales que correspondan, asimismo a la Subgerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 46856-1MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA DEL MAR Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal del año 2007 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 002-2007-MSMM Santa María del Mar, 16 de enero de 2007 CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Nº 083-2004-PCM, concordante con el Artículo 25º de Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, así como la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, establecen que cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad Administrativa de la Entidad; Que, en tal sentido, se hace necesario expedir la Resolución correspondiente, aprobando dicho instrumento de Gestión; y En uso de las facultadas conferidas en el artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Santa María del Mar, para el Ejercicio Presupuestal del año 2007, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal efectuar la publicación de la presente Resolución, así como poner en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa-PROMPYME Artículo Tercero.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el artículo primero, se ponga a disposición del público para ser revisado o adquirido en la sede Municipal, sito en la Av. El Sardinero s/n cuyo costo de reproducción es de Dos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2.00). Regístrese, comuníquese y cúmplase ANGEL RAUL ABUGATTAS NAZAL Alcalde