Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2007 (21/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

343965

SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados en el primer considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico del RENIEC, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 51859-1

MINISTERIO PUBLICO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del Servicio de Seguros Patrimoniales y Personales del Ministerio Publico
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 436 -2007-MP-FN MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Oficio Nº 253-2007-MP-FN-GG, por el cual la Gerencia General solicita la declaratoria de Situacion de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Seguros Personales y Patrimoniales del Ministerio Publico, y; CONSIDERANDO: Que, como resultado del MORDAZA de seleccion correspondiente al Concurso Publico Nº 006-2005-MPFN-GG, con fecha 30 de diciembre de 2005 se celebro el Contrato Nº 003-2005-MP-FN-GECLOG con la empresa MORDAZA Internacional Compania de Seguros y Reaseguros, por un monto total de 1'274,195.72 (Un Millon Doscientos Setenta y Cuatro Mil Ciento Noventa y Cinco y 72/100 Nuevos Soles) incluidos los impuestos de ley, con el fin de proveer el servicio de Polizas de Seguros para el Ministerio Publico segun Slip Tecnico, con una vigencia de 12 (Doce) meses, contados a partir del 31 de diciembre del 2005 a las doce del dia, hasta el 31 de diciembre del 2006 a las doce del dia; Que al vencimiento del mencionado contrato, resulto necesaria la suscripcion de un contrato complementario al contrato original, autorizado por la Gerencia General del Ministerio Publico, por mayores servicios, por la suma de hasta S/.382,258.72 (Trescientos Ochenta y Dos Mil Doscientos Cincuenta y Ocho y 72/100 Nuevos Soles), equivalente al 30% del monto original contratado y en tanto culmine el MORDAZA de seleccion respectivo; contrato que tuvo vigencia hasta el 10 de MORDAZA de 2007 a las doce del dia; Que, con el Informe Nº 158-A-2007-MP-FN-GECLOGGESER, del 9 de MORDAZA de 2007, la Gerencia de Servicios Generales, informa, por un lado, que la vigencia del Contrato Complementario al Contrato Nº 003-2005-MP-FNGECLOG concluye el 10 de MORDAZA del ano en curso, en fecha muy proxima, y, por otro lado, que el MORDAZA de seleccion para la contratacion del mismo servicio, ha sufrido un serio retraso, debido a que, como consecuencia de la toma de inventario anual que concluyo el 31 de diciembre de 2006, y del MORDAZA de verificacion y sinceramiento del estado fisico de los bienes patrimoniales del Ministerio Publico,

se obtuvo la informacion de todos los bienes ingresados al almacen central y registrado en el sistema al 7 de marzo de 2007, determinandose que su valor adquirido asciende a la suma de S/. 75'516,203.12 Nuevos Soles, razon por la cual se ha procedido a la reestructuracion de las especificaciones tecnicas del Servicio de Seguros Patrimoniales y Personales, lo que implica un MORDAZA estudio de MORDAZA para la determinacion de un valor referencial actualizado, por lo que se debe declarar en situacion de desabastecimiento inminente el mencionado servicio; Que, en el mismo informe de la Gerencia de Servicios Generales, se indica que la vigencia del contrato resultante de la declaracion de desabastecimiento inminente debe considerar un plazo MORDAZA de vigencia de 90 (Noventa) dias o hasta que se produzca la suscripcion del contrato resultante del Concurso Publico para la provision del mencionado servicio, considerandose un monto de US$ 119,256.71 (Ciento Diecinueve Mil Doscientos Cincuenta y Seis y 71/100 Dolares Americanos), que al MORDAZA de cambio de S/.3.20 equivale a la suma de S/.381,621.47 (Trescientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Veintiuno y 47/100 Nuevos Soles), y cuyo monto mensual asciende a S/. 127,207.16 (Ciento Veintisiete Mil Doscientos Siete y 16/100 Nuevos Soles); Que, la Gerencia Central de Finanzas, a traves del Memorandum Nº 203-2007-MP-FN-GECFIN/01, de fecha 16 de MORDAZA de 2007, emite opinion favorable sobre la Factibilidad Presupuestal solicitada, para la contratacion del Servicio de Seguros Personales y Patrimoniales del Ministerio Publico por Declaracion de Desabastecimiento Inminente, por un total MORDAZA de S/. 381,621.47 (Trescientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Veintiuno y 47/100 Nuevos Soles), la misma que se realiza por la Especifica de Gasto 77 - Seguros; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el articulo 141º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, facultandola, previos los informes tecnico y legal, a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras, solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda, para las contrataciones y adquisiciones definitivas; Que, para el efecto, resulta necesaria la adopcion de acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, debiendo aprobarse la exoneracion por Resolucion del Titular del Pliego, disponiendo la remision del resolutivo a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 310-2007-MP-FN-OAJ, senala que la situacion factica presentada corresponde a la procedencia de una Declaracion de Situacion de Desabastecimiento Inminente del referido servicio, conforme a lo dispuesto por el articulo 141º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, debido a que el Contrato Complementario vigente al 10 de enero de 2007, ha concluido, y ademas se encuentra retrasado el tramite del Concurso Publico para la contratacion del Servicio de Seguros Personales y Patrimoniales del Ministerio Publico, por motivos de fuerza mayor derivados de la necesidad de una reestructuracion de las especificaciones tecnicas del Servicio de Seguros Patrimoniales y Personales, hecho que recien ha podido ser determinado con la informacion registrada en el Sistema con fecha 7 de marzo de 2007;

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