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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de abril de 2007 343965 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados en el primer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 51859-1 MINISTERIO PUBLICO Exoneran de proceso de selección la contratación del Servicio de Seguros Patrimoniales y Personales del Ministerio Público RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 436 -2007-MP-FN Lima, 19 de abril de 2007VISTO:El O fi cio Nº 253-2007-MP-FN-GG, por el cual la Gerencia General solicita la declaratoria de Situación de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Seguros Personales y Patrimoniales del Ministerio Público, y; CONSIDERANDO:Que, como resultado del proceso de selección correspondiente al Concurso Público Nº 006-2005-MP-FN-GG, con fecha 30 de diciembre de 2005 se celebró el Contrato Nº 003-2005-MP-FN-GECLOG con la empresa Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros, por un monto total de 1’274,195.72 (Un Millón Doscientos Setenta y Cuatro Mil Ciento Noventa y Cinco y 72/100 Nuevos Soles) incluidos los impuestos de ley, con el fi n de proveer el servicio de Pólizas de Seguros para el Ministerio Público según Slip Técnico, con una vigencia de 12 (Doce) meses, contados a partir del 31 de diciembre del 2005 a las doce del día, hasta el 31 de diciembre del 2006 a las doce del día; Que al vencimiento del mencionado contrato, resultó necesaria la suscripción de un contrato complementario al contrato original, autorizado por la Gerencia General del Ministerio Público, por mayores servicios, por la suma de hasta S/.382,258.72 (Trescientos Ochenta y Dos Mil Doscientos Cincuenta y Ocho y 72/100 Nuevos Soles), equivalente al 30% del monto original contratado y en tanto culmine el proceso de selección respectivo; contrato que tuvo vigencia hasta el 10 de abril de 2007 a las doce del día; Que, con el Informe Nº 158-A-2007-MP-FN-GECLOG- GESER, del 9 de abril de 2007, la Gerencia de Servicios Generales, informa, por un lado, que la vigencia del Contrato Complementario al Contrato Nº 003-2005-MP-FN-GECLOG concluye el 10 de abril del año en curso, en fecha muy próxima, y, por otro lado, que el proceso de selección para la contratación del mismo servicio, ha sufrido un serio retraso, debido a que, como consecuencia de la toma de inventario anual que concluyó el 31 de diciembre de 2006, y del proceso de veri fi cación y sinceramiento del estado físico de los bienes patrimoniales del Ministerio Publico, se obtuvo la información de todos los bienes ingresados al almacén central y registrado en el sistema al 7 de marzo de 2007, determinándose que su valor adquirido asciende a la suma de S/. 75’516,203.12 Nuevos Soles, razón por la cual se ha procedido a la reestructuración de las especi fi caciones técnicas del Servicio de Seguros Patrimoniales y Personales, lo que implica un nuevo estudio de mercado para la determinación de un valor referencial actualizado, por lo que se debe declarar en situación de desabastecimiento inminente el mencionado servicio; Que, en el mismo informe de la Gerencia de Servicios Generales, se indica que la vigencia del contrato resultante de la declaración de desabastecimiento inminente debe considerar un plazo máximo de vigencia de 90 (Noventa) días o hasta que se produzca la suscripción del contrato resultante del Concurso Público para la provisión del mencionado servicio, considerándose un monto de US$ 119,256.71 (Ciento Diecinueve Mil Doscientos Cincuenta y Seis y 71/100 Dólares Americanos), que al tipo de cambio de S/.3.20 equivale a la suma de S/.381,621.47 (Trescientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Veintiuno y 47/100 Nuevos Soles), y cuyo monto mensual asciende a S/. 127,207.16 (Ciento Veintisiete Mil Doscientos Siete y 16/100 Nuevos Soles); Que, la Gerencia Central de Finanzas, a través del Memorándum Nº 203-2007-MP-FN-GECFIN/01, de fecha 16 de abril de 2007, emite opinión favorable sobre la Factibilidad Presupuestal solicitada, para la contratación del Servicio de Seguros Personales y Patrimoniales del Ministerio Público por Declaración de Desabastecimiento Inminente, por un total máximo de S/. 381,621.47 (Trescientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Veintiuno y 47/100 Nuevos Soles), la misma que se realiza por la Especí fi ca de Gasto 77 - Seguros; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el artículo 141º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, facultándola, previos los informes técnico y legal, a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras, sólo por el tiempo o cantidad según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda, para las contrataciones y adquisiciones de fi nitivas; Que, para el efecto, resulta necesaria la adopción de acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, debiendo aprobarse la exoneración por Resolución del Titular del Pliego, disponiendo la remisión del resolutivo a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, así como su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el SEACE; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 310-2007-MP-FN-OAJ, señala que la situación fáctica presentada corresponde a la procedencia de una Declaración de Situación de Desabastecimiento Inminente del referido servicio, conforme a lo dispuesto por el artículo 141º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, debido a que el Contrato Complementario vigente al 10 de enero de 2007, ha concluido, y además se encuentra retrasado el trámite del Concurso Público para la contratación del Servicio de Seguros Personales y Patrimoniales del Ministerio Público, por motivos de fuerza mayor derivados de la necesidad de una reestructuración de las especi fi caciones técnicas del Servicio de Seguros Patrimoniales y Personales, hecho que recién ha podido ser determinado con la información registrada en el Sistema con fecha 7 de marzo de 2007;