Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2007 (21/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

343963

VISTO: El memorando Nº 214-2007-GFE/JNE de la Gerencia de Fiscalizacion Electoral, mediante el cual informa de las observaciones levantadas por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, respecto del Padron Electoral para el MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias y Elecciones Municipales 2007, mediante Oficio Nº 105-2007-JEF/RENIEC y Oficio Nº 196-2007-SGEN/RENIEC; CONSIDERANDO: Que el padron electoral es la relacion de los ciudadanos habiles para votar; se elabora sobre la base del registro unico de identificacion de las personas; se mantiene y actualiza por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; para la elaboracion del mismo la ley dispone una fecha limite para su cierre, esto es, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las respectivas elecciones; Que dentro del plazo de cierre, no se pueden efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro MORDAZA que altere la informacion contenida en el padron electoral de los ciudadanos ya inscritos, no se incluyen las nuevas inscripciones en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales realizadas en fecha posterior al cierre, conforme lo dispone la Ley Nº 27764; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 147-2007-JEF/ RENIEC, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil dispuso el cierre del Padron Electoral con fecha de 3 de marzo de 2007, para efectos del desarrollo del MORDAZA electoral aludido; Que el MORDAZA Nacional de Elecciones, en virtud a su atribucion conferida constitucionalmente, fiscaliza la elaboracion del padron electoral; por lo que, la Gerencia de Fiscalizacion Electoral con Memorando Nº 1982007-GFE elevo a la Secretaria General, las actas de constataciones domiciliarias de ciudadanos que no residen en la jurisdiccion del distrito electoral, pese a tener consignado su domicilio en tal lugar; informacion que a su vez fue remitida a la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil con Oficio 00762007-P/JNE el 28 de marzo de 2007, para que proceda conforme a sus atribuciones; Que en tal sentido, con Oficio Nº 105-2007/JEF/ RENIEC recibido el 11 de MORDAZA de 2007, RENIEC informa que procedio a verificar la legalidad de las constataciones, habiendo determinado que 994 ciudadanos contaban con certificaciones de no residir en el domicilio senalado; y facultado por Ley Nº 27444, adopto medidas cautelares en salvaguarda de la eficacia de una resolucion futura, procediendo a restringir en el Registro Unico de Identificacion de las personas naturales, con la anotacion de: DNI sin vigencia en el extremo del domicilio a 994 ciudadanos; lo que significa que tales ciudadanos al contar con restriccion en el extremo del domicilio, no forman parte del Padron Electoral de las Elecciones Municipales Complementarias y Elecciones Municipales 2007; Que con Oficio Nº 968-2007-SG/JNE, el 11 de MORDAZA de 2007 se dio cuenta a RENIEC de nuevas observaciones, las mismas que han sido absueltas por dicho organismo, con Oficio Nº 196-2007-SGEN/RENIEC recibido el 13 de MORDAZA del ano en curso; por lo que el Padron Electoral ha quedado actualizado y apto para su uso en el MORDAZA electoral, siendo procedente su aprobacion dentro del plazo de ley dispuesto en el articulo 201º de la Ley Organica de Elecciones; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones previstas en los articulos 178º y 181º de la Constitucion Politica del Peru; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el uso del Padron Electoral elaborado por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para las Elecciones Municipales Complementarias y Elecciones Municipales a realizar el dia MORDAZA 1 de MORDAZA del ano 2007, determinandose la

cifra total de 95,195 electores habiles; cuyo detalle por distrito electoral aparece del anexo adjunto. Articulo Segundo.- Remitir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales el medio magnetico remitido por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil conteniendo el padron electoral actualizado y aprobado. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e)

ANEXO
UBIGEO DEPARTAMENTO 020323 020702 020808 022008 022010 030708 060611 060619 060703 060812 061304 090103 100209 110120 110509 140806 150505 190304 190603 200308 200309 200402 230203 250107 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ICA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TUMBES UCAYALI PROVINCIA BOLOGNESI HUAYLAS MORDAZA OCROS OCROS CHINCHEROS CHOTA CHOTA HUALGAYOC MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA CHINCHA HUANCAYO TARMA HUARAL UCAYALI HUANCABAMBA SULLANA CARABAYA CARABAYA CHUCUITO CONTRALMIRANTE MORDAZA MORDAZA PORTILLO DISTRITO COLQUIOC MORDAZA MASIN SAN MORDAZA DE RAJAN MORDAZA DE CHILCAS RANRACANCHA MIRACOSTA CHALAMARCA HUALGAYOC HUABAL TUMBADEN CHURUBAMBA ALTO LARAN HUAYUCACHI TAPO IHUARI SARAYACU SONDOR LANCONES OLLACHEA SAN GABAN DESAGUADERO CANOAS DE PUNTA SAL MANANTAY ELECTORES HABILES 1,024 822 1,404 359 293 2,270 1,812 5,208 9,163 4,638 2,003 9,811 3,141 5,581 2,554 1,117 5,484 3,487 6,711 2,004 1,520 6,501 1,747 16,541 95,195

51142-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Nunoa la apertura de registros de libros de actas de nacimientos, matrimonios y defunciones
RESOLUCION JEFATURAL Nº 371 -2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2007 VISTO: el Informe Nº 0554-2007-SGREC/GOR/ RENIEC de fecha 8 de marzo del 2007 y el Informe Nº 418-2007-GAJ/RENIEC de fecha 19 de marzo del 2007, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre

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