Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2007 (07/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
ORDEN INSPECCION INICIO Nº FIN

El Peruano MORDAZA, martes 7 de agosto de 2007

Que la Direccion General de Aeronautica Civil debe efectuar la supervision permanente de las operaciones aereas de los explotadores bajo su control, a fin de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al publico un servicio de transporte aereo comercial seguro y fiable; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los Inspectores de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil designados mediante Informe Nº 234-2007-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nº 1345-2006MTC/12.04 y 1346-2006-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar los viajes de inspecciones tecnicas de vigilancia de los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran entre el 27 de agosto y el 9 de setiembre de 2007, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 234-2007-MTC/12.04 y Nº 0384-2007-MTC/12. Articulo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el anexo integrante de la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones
ANEXO RELACION DE VIAJES DE INSPECCIONES TECNICAS DE VIGILANCIA DE LOS INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL A EFECTUARSE DEL 27 DE AGOSTO AL 9 DE SETIEMBRE DE 2007 SUSTENTADOS EN LOS INFORMES Nº 234-2007-MTC/12.04 Y Nº 0384-2007-MTC/12
ORDEN INSPECCION INICIO Nº VIATICOS INSPEC- MORDAZA MORDAZA DETALLE (US$) TOR TUUA (US$) 1345-2007-MTC/12.04 27-Ago 31-Ago US$ 800.00 MORDAZA Sao Brasil Inspecciones US$ 30.25 MORDAZA, MORDAZA y tecnicas de las MORDAZA Viracopus estaciones de las empresas Lan Peru S.A., Taca Peru S.A. (Sao Paulo) y Cielos del Peru S.A. (Viracopus) FIN

VIATICOS INSPEC- MORDAZA MORDAZA DETALLE (US$) TOR TUUA (US$) 1346-2007-MTC/12.04 03-Sep 09-Sep US$ 1,000.00 Satornicio La Paz Bolivia Inspecciones US$ 30.25 Satornicio, y MORDAZA tecnicas de las MORDAZA MORDAZA estaciones de las MORDAZA empresas Lan Peru S.A. y Taca Peru S.A.

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Aprueban Directiva "Reempadronamiento de vehiculos inscritos en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Pasajeros, que prestan servicio de transporte interprovincial de pasajeros por carretera"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 12354-2007-MTC/15 MORDAZA, 6 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-MTC, se dispuso el reempadronamiento de todos los vehiculos que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Pasajeros para prestar servicio de transporte interprovincial de personas por carretera, y, habiendose establecido que mediante Resolucion Directoral se aprobara el cronograma de empadronamiento asi como las caracteristicas de la calcomania distintiva y la Tarjeta Unica de Circulacion; Que, visto que el referido Decreto Supremo establece como fecha de inicio del reempadronamiento el 7 de agosto del 2007 y que como parte del procedimiento se ha considerado la inclusion de un formato Declaracion Jurada puesto a disposicion de los interesados en la pagina web de la institucion, resulta necesario aprobar el formato y contenido del mismo; Que, la Direccion General de Transporte Terrestre ha evaluado los nuevos formatos y contenidos de los instrumentos senalados precedentemente, los que cumplen con los requisitos establecidos en las normas vigentes y proporcionan los mecanismos de seguridad necesarios para evitar su adulteracion, siendo necesario proceder a su aprobacion; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y la Ley Nº 27181, Ley General del Transporte y MORDAZA Terrestre; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2007-MTC/15 "Reempadronamiento de vehiculos inscritos en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Pasajeros, que prestan servicio de transporte interprovincial de pasajeros por carretera", la misma que forma parte de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre Directiva Nº 002-2007-MTC/15. "REEMPADRONAMIENTO DE VEHICULOS INSCRITOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PASAJEROS, QUE PRESTAN SERVICIO DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS POR CARRETERA" 1. OBJETIVO El objetivo de la presente Directiva es establecer: 1.1 El formato, contenido y especificaciones tecnicas de la Calcomania de Reempadronamiento que se

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