TEXTO PAGINA: 35
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de agosto de 2007 351645 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Matucana Huarochirí PRESIDENCIA Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 203-2007- P- CSJLI/PJ Lima, 15 de agosto del 2007 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 1153-2007-A-CSJLI/ PJ de fecha veinticuatro de julio del dos mil siete; y, CONSIDERANDO:Que mediante la resolución de vista, se autorizó a la doctora Julia Irene Ortiz Galván, Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Matucana Huarochirí, hacer uso de su descanso vacacional del 16 del presente mes hasta el 14 de setiembre del año en curso. Que por lo señalado en el considerando precedente, resulta necesario proceder a la designación del Magistrado que la reemplazará en el referido Juzgado y, para tal efecto se debe indicar que por razones de política presupuestal, no se permite el reconocimiento económico para aquellos magistrados que son promocionados como Vocales o Jueces para cubrir la ausencia de otro Magistrado en vacaciones, situación que debe ser puesta en conocimiento del Magistrado a ser designado. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, rati fi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor, ITALO ARTURO BORDA VARGAS, como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Matucana Huarochirí, mientras dure la ausencia de la doctora Ortiz Galván, a partir del dieciséis del presente mes. Artículo Segundo.- INDICAR que de conformidad con lo expuesto en el segundo considerando de la presente Resolución, la designación efectuada no irrogará gastos adicionales al Poder Judicial. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la O fi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la O fi cina de Administración Distrital, O fi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDIVAR Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 97244-1ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de diversos delitos en agravio de las Municipalidades Distrital de San Gabán y Provincial de San Román RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 262-2007-CG Lima, 13 de agosto de 2007VISTO, el Informe Especial Nº 128-2007-CG/ORPU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de San Gabán, Provincia de Carabaya, Puno, período 2003 - 2006, considerando operaciones anteriores y posteriores al citado período; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, a través del O fi cio Nº 0159-2007-CG/DC, dispuso una acción de control a la Municipalidad Distrital de San Gabán, Carabaya, Puno con el objetivo de, entre otros, determinar la consistencia de las denuncias presentadas por pobladores y autoridades del distrito, sobre presuntas irregularidades detectadas durante el citado período; Que, de la revisión de la documentación que sustenta el pago de remuneraciones y dietas de los miembros del Concejo Municipal, se determinó que ex funcionarios de la entidad autorizaron el pago de las dietas a los Regidores por un monto superior al acordado al inicio de la gestión, realizándolo sin mediar disposición u opinión de las áreas competentes, bene fi ciándolos con un incremento irregular durante el período 2005 y 2006, ascendente a la suma de S/. 19 275,00; además se abonó a los Regidores dietas en los años 2004 y 2005, pese a no haber asistido a las sesiones, según se evidencia de la revisión a los Libros de Actas, originando pagos irregulares por un importe de S/. 9 112,50; ocasionando en su conjunto un desmedro económico a la Municipalidad Distrital de San Gabán ascendente a S/. 28 387,50. Asimismo, ex funcionarios del citado gobierno local que tenían bajo su administración los fondos públicos, autorizaron la cancelación, mediante la suscripción de los Comprobantes de Pago y Cheques, de un monto superior al establecido para la remuneración del ex Alcalde, procediendo así a incrementar la misma sin cumplir con el procedimiento previsto por la normativa para dicho efecto, generando pagos irregulares durante los años 2005 y 2006 por la suma de S/. 11 850,00; hechos que permiten presumir la existencia de indicios razonables de la comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal vigente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Ley Nº 27785, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el artículo 22º literal d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único .- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría