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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (16/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de agosto de 2007 351641 VISTO: El Memorándum N° 171-2007-RNC-GSJR-GG/PJ, de fecha 15 de junio del 2007; y, CONSIDERANDO:Que, por O fi cio N° 620-2007-RNC-GSJR-GG/PJ de fecha 23 de marzo del 2007, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, pone en conocimiento del Dr. Juan Francisco Gutiérrez Miraval, Notario Público de Lima, que ha sido retenido por su Jefatura, el Poder aparentemente FALSIFICADO, otorgado por el señor GILMAR BRYAN BUENO ROQUE, a favor de la señora MARITZA NOEMI ROQUE ZELADA y que fuera presentado, para la obtención de un Certi fi cado de Antecedentes Penales, solicitándole asimismo, se sirva veri fi car la autenticidad de la fi rma del poderdante y si los sellos utilizados para la obtención del referido Poder corresponden a su Notaría; Que, por carta de fecha 2 de abril del 2007 el doctor Juan Francisco Gutiérrez Miraval, Notario Público de Lima, en respuesta al O fi cio antes mencionado, informa al Jefe del Registro Nacional de Condenas, que los sellos que aparecen en el original de dicho documento no son auténticos y que la fi rma no corresponden al señor GILMAR BRYAN BUENO ROQUE, tratándose de un documento FALSIFICADO; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 427° del Código Penal “El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero, que pueda dar origen a derecho u obligación o servir para probar un hecho, con el propósito de utilizar el documento… y el que hace uso de un documento falso o falsi fi cado, como si fuese legítimo…” ; Que, por lo expuesto precedentemente, se evidencia que el señor GILMAR BRYAN BUENO ROQUE y la señora MARITZA NOEMI ROQUE ZELADA, habrían incurrido en la comisión del delito Contra la Fe Pública - Falsi fi cación de Documentos; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra el señor GILMAR BRYAN BUENO ROQUE, señora MARITZA NOEMI ROQUE ZELADA y contra los que resulten responsables; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; y el Artículo 12 del Decreto Ley N° 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio, modi fi cado por Decreto Ley N° 17667; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra los señores: GILMAR BRYAN BUENO ROQUE, MARITZA NOEMI ROQUE ZELADA y contra aquellos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ARTEMIO TÁVARA CÓRDOVA Presidente del Poder Judicial 97234-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 175-2007-P/PJ Lima, 14 de agosto de 2007 VISTO: El Memorándum N° 156-2007-RNC-GSJR-GG/PJ, de fecha 8 de junio del 2007; y CONSIDERANDO: Que, por O fi cio N° 289-2007-RNC-GSJR-GG/PJ de fecha 13 de febrero del 2007, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, pone en conocimiento del Dr. Aurelio Díaz Rodríguez, Notario Público de Lima, que con fecha 26 de enero del 2007, ha sido retenido por su Jefatura, la Carta Poder aparentemente falsi fi cada, otorgada por el señor RONALD VASQUEZ DELGADO, a favor del señor DENIS OMAR VASQUEZ DELGADO y que fuera presentada ante su Judicatura, para la obtención de un Certi fi cado de Antecedentes Penales, solicitándole asímismo, se sirva veri fi car la autenticidad de la fi rma del poderdante y si los sellos utilizados para la obtención de la referida Carta Poder corresponden a su Notaría; Que, por carta de fecha 14 de febrero del 2007 el Dr. Aurelio Díaz Rodríguez, Notario Público de Lima, en respuesta al O fi cio antes mencionado, comunica al Jefe del Registro Nacional de Condenas, que los sellos puestos en la Carta Poder no le pertenecen, así mismo la legalización de fi rma no se tramitó ante su Notaría, tratándose por lo tanto de un documento aparentemente FALSIFICADO; Que, por lo expuesto precedentemente, se evidencia que existen indicios razonables que los señores RONALD VASQUEZ DELGADO Y DENIS OMAR VASQUEZ DELGADO, han incurrido en la comisión del delito Contra la Fe Pública - Falsi fi cación de Documentos, en agravio de este Poder del Estado; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los señores RONALD VASQUEZ DELGADO Y DENIS OMAR VASQUEZ DELGADO, y contra los que resulten responsables; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; y Art. 12 del Decreto Ley N° 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley N° 17667; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra los señores RONALD VASQUEZ DELGADO Y DENIS OMAR VASQUEZ DELGADO y contra aquellos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ARTEMIO TÁVARA CÓRDOVA Presidente del Poder Judicial 97223-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL N° 176-2007-P/PJ Lima, 14 de agosto de 2007 VISTO: El Memorándum N° 172 -2007-RNC-GSJR-GG/PJ, de fecha 15 de junio del 2007; y CONSIDERANDO: Que, por Oficio N° 616 -2007-RNC-GSJR-GG/PJ de fecha 23 de marzo del 2007, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, pone en conocimiento del Doctor Aníbal Corvetto Romero, Notario Público de Lima, que con fecha 27 de febrero del 2007 ha sido retenido por su Jefatura, el Poder aparentemente FALSIFICADO, otorgado por la señora ZANDI TANIA