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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de agosto de 2007 351640 a dicha fecha existía un promedio de 400 expedientes en trámite por cada una de las mencionadas Salas, situación que por lo manejable de la carga procesal, y por encontrarse dentro de los estándares normales de carga de procesos, no justi fi ca la prórroga de la Sala Civil Transitoria por un periodo adicional; siendo factible en consecuencia su conversión a órganos jurisdiccionales que por la materia y necesidades del servicio en razón a la excesiva carga procesal existente en otros ámbitos, así lo justi fi que; Que, en tal sentido, de conformidad con los informes estadísticos de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, aparece que existe excesivo número de expedientes en trámite en los diez Juzgados Especializados en lo Civil de dicha sede judicial, así como en especial en temas relacionados con Derecho de Familia, razón por la que existe la imperiosa necesidad de adoptar las medidas pertinentes para solucionar este problema que viene afectando la marcha de los procesos en dichas materias dentro del citado Distrito Judicial; Que, de otro lado, la carga procesal de los once Juzgados Especializados en lo Penal de Arequipa reporta un índice de procesos en giro que se encuentra dentro de los estándares admitidos de carga procesal, en tanto que por el contrario el Juzgado Especializado Penal con sede en el Módulo Básico de Justicia de Paucarpata soporta elevada sobrecarga procesal, lo que evidentemente atenta contra la pronta y e fi caz administración de justicia, situación que debe ser urgentemente remediada; Que, en cuanto a la solicitud de creación del Módulo Corporativo en lo Contencioso Administrativo, este Órgano de Gobierno considera prematuro por ahora acceder a la petición formulada, teniendo en cuenta que los diez Juzgados Civiles actualmente en funcionamiento, vienen tramitando los procesos relacionados con dicha materia; sin perjuicio de que ulteriormente se efectúe un estudio exhaustivo para la creación del Módulo Corporativo en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero José Donaires Cuba, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Sala Especializada Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, creada mediante Resolución Administrativa N° 009-2006-CE-PJ, de fecha 20 de enero del 2006, en los siguientes órganos jurisdiccionales con carácter permanente: Ɣ El Juzgado Especializado de Familia del Distrito de Jacobo Hunter, el mismo que tendrá similar competencia que los órganos jurisdiccionales ubicados en el Módulo Básico de Justicia del mismo nombre. Ɣ El 11° y 12° Juzgados Especializados en lo Civil de Arequipa, en la sede de la Corte Superior. Artículo Segundo.- Reubicar el 11° Juzgado Especializado Penal de Arequipa en el Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, y convertirlo en el 2° Juzgado Especializado Penal de dicho Módulo. Denominándose 1° Juzgado Especializado Penal al que se encuentra en funciones. Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de Arequipa, a adoptar las medidas pertinentes para la distribución aleatoria de expedientes entre los Juzgados de las referidas especialidades, así como las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN JOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 96982-3CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Establecen conformación de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 163-2007-P-PJ Lima, 13 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el inciso 5° del artículo 76° del Texto Único Ordenado de la Ley orgánica del Poder Judicial, es atribución del Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, designar a los señores Vocales integrantes de las Salas Especializadas del Supremo Tribunal; Que, mediante Resolución Administrativa N°191 -2007- CE-PJ, su fecha 10 de agosto del presente mes, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aceptó la renuncia formulada por el señor doctor Jorge Isaías Carrión Lugo, al cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien actualmente se venía desempeñando como Provisional de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir del día 11 de agosto último; Que, habiendo sido designado el mencionado doctor Carrión Lugo como integrante de dicho órgano jurisdiccional para el presente Año Judicial mediante R.A.N°001-2007-P-CS-PJ de fecha 3 de enero del presente año, corresponde designar nuevo integrante conforme lo dispone el artículo 236° de la norma acotada, llamándose para tales efectos a magistrado Superior Titular que cumpla con los requisitos establecidos en el numeral 178° de la misma ley; Que, asimismo, debe tenerse en cuenta que el señor Presidente de la Sala Civil Permanente, doctor Walter Humberto Vásquez Vejarano se encuentra en uso de sus vacaciones, las mismas que conforme al O fi cio N°3868- 2007-CE-PJ de 11 de julio de 2007, vencerán el día veintiuno de agosto; razón por la que viene ejerciendo la Presidencia de dicha Sala el doctor Javier Román Santisteban; Por tales razones, con la facultad conferida por ley; SE RESUELVE:Artículo Primero. - Disponer que la conformación de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir de la fecha y hasta la reincorporación del señor doctor Walter Humberto Vásquez Vejarano en su condición de Presidente de dicho órgano jurisdiccional sea la siguiente: - Dr. Javier Román Santisteban (Presidente) - Dr. Andrés Caroajulca Bustamante- Dr. Martir Florentino Santos Peña- Dr. Víctor Raúl Mansilla Novella- Dr. Félix Jenaro Valeriano Baquedano Artículo Segundo.- Al termino de sus vacaciones, el señor doctor Walter Humberto Vásquez Vejarano, reasumirá la Presidencia de la Sala Civil Permanente del Supremo Tribunal. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ARTEMIO TAVARA CORDOVA Presidente del Poder Judicial 97225-1 Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública en la tramitación de certificados de antecedentes penales RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 173-2007-P/PJ Lima, 14 de agosto de 2007