Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2007 (16/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

351643

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 177-2007-P/PJ MORDAZA, 14 de agosto de 2007 VISTO: El Memorandum N° 157 -2007-RNC-GSJR-GG/PJ, de fecha 11 de junio del 2007; y CONSIDERANDO: Que, por Oficio N° 666-2007-RNC-GSJR-GG/PJ de fecha 2 de marzo del 2007, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, pone en conocimiento de la Doctora MORDAZA MORDAZA de Mestanza, Notario Publico de MORDAZA, que con fecha 30 de marzo del 2007, ha sido retenido por su Jefatura, el Poder aparentemente FALSIFICADO, otorgado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que fuera presentado, para la obtencion de un Certificado de Antecedentes Penales, solicitandole asimismo, se sirva verificar la autenticidad de la firma del poderdante y si los sellos utilizados para la obtencion del referido Poder corresponden a su Notaria; Que, por carta de fecha 3 de MORDAZA del 2007 la Doctora MORDAZA MORDAZA de Mestanza, Notario Publico de MORDAZA, en respuesta al Oficio MORDAZA mencionado, comunica al Jefe del Registro Nacional de Condenas, que la firma y los sellos que figuran en el original del Poder certificando la firma del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no son autenticas tratandose de un documento FALSIFICADO; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 427° del Codigo penal "El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero, que pueda dar origen a derecho u obligacion o servir para probar un hecho, con el proposito de utilizar el documento... y el que hace uso de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo..."; Que, por lo expuesto precedentemente, se evidencia que existen indicios razonables que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habrian incurrido en la comision del delito Contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA , MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y contra los que resulten responsables; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo 017-93-JUS; y el Articulo 12° del Decreto Ley N° 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley N°17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra aquellos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 97229-1

RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 178-2007-P/PJ MORDAZA, 14 de agosto de 2007 VISTO: El Memorandum N° 170 -2007-RNC-GSJR-GG/PJ, de fecha 15 de junio del 2007; y CONSIDERANDO: Que, por Oficio N° 618-2007-RNC-GSJR-GG/PJ de fecha 22 de marzo del 2007, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, pone en conocimiento del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miraval, Notario Publico de MORDAZA, que ha sido retenido por su Jefatura, el Poder aparentemente FALSIFICADO, otorgado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIQUEZ a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA y que fuera presentado, para la obtencion de un Certificado de Antecedentes Penales, solicitandole asimismo, se sirva verificar la autenticidad de la firma del poderdante y si los sellos utilizados para la obtencion del referido Poder corresponden a su Notaria; Que, por carta de fecha 2 de MORDAZA del 2007 el Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miraval, Notario Publico de MORDAZA, en respuesta al Oficio MORDAZA mencionado, informa al Jefe del Registro Nacional de Condenas, que los sellos que aparecen en el original de dicho documento no son autenticos y que la firma no corresponde al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIQUEZ, tratandose de un documento FALSIFICADO; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 427° del Codigo Penal "El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero, que pueda dar origen a derecho u obligacion o servir para probar un hecho, con el proposito de utilizar el documento... y el que hace uso de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo..."; Que, por lo expuesto precedentemente, se evidencia que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIQUEZ y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, habrian incurrido en la comision del delito Contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIQUEZ, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA y contra los que resulten responsables; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; y el Articulo 12° del Decreto Ley N° 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley N° 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIQUEZ, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA y contra aquellos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 97228-1

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