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El Peruano Lima, jueves 16 de agosto de 2007 351671 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 14,0%, 11,0% y 19,6% correspondientes a los años 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. 3.- ASIGNACIONES MÁXIMAS DE CONSUMO VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 20 20 30 50 30 A.4.- Localidad de Pichanaki 1.- CARGO FIJOCargo Fijo (S/. /Mes) 1,40El cargo fi jo se reajusta por efecto de la in fl ación de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMENe) Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE CATEGORÍARANGOS m3/mesTarifa (S/./m3) Año 1 (1) Año 2 (1) Año 3 (1)Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,404 0,448 0,516 0,516 0,516 Doméstico0 a 8 0,404 0,448 0,516 0,516 0,516 8 a 20 0,502 0,557 0,641 0,641 0,641 20 a más 0,764 0,848 0,975 0,975 0,975 NO RESIDENCIAL Comercial0 a 30 0,546 0,606 0,697 0,697 0,697 30 a más 0,873 0,969 1,114 1,114 1,114 Industrial 0 a más 0,873 0,969 1,114 1,114 1,114 Estatal 0 a más 0,546 0,606 0,697 0,697 0,697 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 14,0%, 11,0% y 15,0% correspondientes a los años 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. f) Cargo por el Servicio de Alcantarillado CLASE CATEGORÍARANGOS m3/mesTarifa (S/./m3) Año 1 (1) Año 2 (1) Año 3 (1)Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,103 0,114 0,137 0,137 0,137 Doméstico 0 a 8 0,103 0,114 0,137 0,137 0,137 8 a 20 0,127 0,141 0,169 0,169 0,169 20 a más 0,194 0,215 0,258 0,258 0,258 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 30 0,138 0,153 0,183 0,183 0,183 30 a más 0,221 0,245 0,293 0,293 0,293 Industrial 0 a más 0,221 0,245 0,293 0,293 0,293 Estatal 0 a más 0,138 0,153 0,183 0,183 0,183 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 14,0%, 11,0% y 19,6% correspondientes a los años 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. 3.- ASIGNACIONES MÁXIMAS DE CONSUMO VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 20 20 30 50 30A.5.- Localidades de Oxapampa y Villa Rica 1.- CARGO FIJOCargo Fijo (S/. /Mes) 1,40El cargo fi jo se reajusta por efecto de la in fl ación de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN g) Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE CATEGORÍARANGOS m3/mesTarifa (S/./m3) Año 1 (1) Año 2 (1) Año 3 (1)Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,296 0,329 0,378 0,378 0,378 Doméstico 0 a 8 0,296 0,329 0,378 0,378 0,378 8 a 20 0,425 0,472 0,543 0,543 0,543 20 a más 0,659 0,731 0,841 0,841 0,841 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 30 0,425 0,472 0,543 0,543 0,543 30 a más 0,670 0,744 0,855 0,855 0,855 Industrial 0 a más 0,670 0,744 0,855 0,855 0,855 Estatal 0 a más 0,425 0,472 0,543 0,543 0,543 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 14,0%, 11,0% y 15,0% correspondientes a los años 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. h) Cargo por el Servicio de Alcantarillado CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3) CATEGORÍA m3/mes Año 1 (1) Año 2 (1) Año 3 (1)Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,095 0,105 0,126 0,126 0,126 Doméstico0 a 8 0,095 0,105 0,126 0,126 0,126 8 a 20 0,149 0,165 0,198 0,198 0,198 20 a más 0,214 0,238 0,284 0,284 0,284 NO RESIDENCIAL Comercial0 a 30 0,133 0,148 0,177 0,177 0,177 30 a más 0,232 0,258 0,308 0,308 0,308 Industrial 0 a más 0,209 0,232 0,277 0,277 0,277 Estatal 0 a más 0,133 0,148 0,177 0,177 0,177 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 14,0%, 11,0% y 19,6% correspondientes a los años 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. 3.- ASIGNACIONES MÁXIMAS DE CONSUMO VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 20 20 30 50 30 B.- Determinación del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicará de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la “Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario”, aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS, o por la norma que lo reemplace.PROYECTO