Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2007 (16/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2007

PROYECTO
A.5.- Localidades de Oxapampa y MORDAZA Rica 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/. /Mes) 1,40

351671

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 14,0%, 11,0% y 19,6% correspondientes a los anos 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 20 Domestico 20 Comercial 30 Industrial 50 Estatal 30

El cargo fijo se reajusta por efecto de la inflacion de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN g) Cargo por Volumen de Agua Potable
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico 0 a mas 0a8 8 a 20 20 a mas NO RESIDENCIAL Comercial Industrial 0 a 30 30 a mas 0 a mas 0 a mas Estatal 0,425 0,670 0,670 0,425 0,472 0,744 0,744 0,472 0,543 0,855 0,855 0,543 0,543 0,855 0,855 0,543 0,543 0,855 0,855 0,543 0,296 0,296 0,425 0,659 0,329 0,329 0,472 0,731 0,378 0,378 0,543 0,841 0,378 0,378 0,543 0,841 0,378 0,378 0,543 0,841 RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 1 (1) Ano 2 (1) Ano 3 (1) Ano 4 Ano 5

A.4.- Localidad de Pichanaki 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/. /Mes) 1,40 El cargo fijo se reajusta por efecto de la inflacion de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN e) Cargo por Volumen de Agua Potable
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico 0 a mas 0a8 8 a 20 20 a mas NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a 30 30 a mas 0 a mas 0 a mas 0,546 0,873 0,873 0,546 0,606 0,969 0,969 0,606 0,697 1,114 1,114 0,697 0,697 1,114 1,114 0,697 0,697 1,114 1,114 0,697 0,404 0,404 0,502 0,764 0,448 0,448 0,557 0,848 0,516 0,516 0,641 0,975 0,516 0,516 0,641 0,975 0,516 0,516 0,641 0,975 RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 1 (1) Ano 2 (1) Ano 3 (1) Ano 4 Ano 5

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 14,0%, 11,0% y 15,0% correspondientes a los anos 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

h) Cargo por el Servicio de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social 0 a mas 0a8 Domestico NO RESIDENCIAL Comercial Ano 4 0,137 0,137 0,169 0,258 0,183 0,293 0,293 0,183 Ano 5 0,137 0,137 0,169 0,258 0,183 0,293 0,293 0,183 Social 20 Industrial Estatal 0 a 30 30 a mas 0 a mas 0 a mas 0,133 0,232 0,209 0,133 0,148 0,258 0,232 0,148 0,177 0,308 0,277 0,177 0,177 0,308 0,277 0,177 0,177 0,308 0,277 0,177 8 a 20 20 a mas 0,095 0,095 0,149 0,214 0,105 0,105 0,165 0,238 0,126 0,126 0,198 0,284 0,126 0,126 0,198 0,284 0,126 0,126 0,198 0,284 RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 1 (1) Ano 2 (1) Ano 3 (1) Ano 4 Ano 5

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 14,0%, 11,0% y 15,0% correspondientes a los anos 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

f) Cargo por el Servicio de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico 0 a mas 0a8 8 a 20 20 a mas NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a 30 30 a mas 0 a mas 0 a mas 0,138 0,221 0,221 0,138 0,153 0,245 0,245 0,153 0,183 0,293 0,293 0,183 0,103 0,103 0,127 0,194 0,114 0,114 0,141 0,215 0,137 0,137 0,169 0,258 RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 1 (1) Ano 2 (1) Ano 3 (1)

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 14,0%, 11,0% y 19,6% correspondientes a los anos 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Domestico 20 Comercial 30 Industrial 50 Estatal 30

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 14,0%, 11,0% y 19,6% correspondientes a los anos 1, 2 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS, o por la MORDAZA que lo reemplace.

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 20 Domestico 20 Comercial 30 Industrial 50 Estatal 30

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