Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2007 (16/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2007

adquisicion de los insumos, y, tercero, porque la provision de los insumos alimenticios no puede ser suspendido ni postergado, habida cuenta que estan comprometidos la poblacion MORDAZA infantil, madres gestantes y lactantes entre otros beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, quienes podrian resultar afectados, por lo que la solicitud de exoneracion del MORDAZA de seleccion se encuentra debidamente justificada; Que, asimismo, cabe senalar que si bien es MORDAZA no es posible invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente por periodos consecutivos o por periodos que excedan del lapso del tiempo para paliar la situacion; se debe precisar que la no contratacion de los insumos del Programa de Vaso de Leche, por las restricciones normativas, conllevaria a la afectacion de derechos fundamentales que tiene la poblacion en situacion de pobreza de este distrito, ya que de acuerdo a la al articulo 2º Inc. 1) y el Art. 4º de la Carta Constitucional, toda persona tiene derecho a su integridad fisica y libre desarrollo y bienestar; asimismo, la comunidad y el Estado (como el caso de los gobiernos locales) protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y anciano en situacion de abandono, y como quiera que el Programa de Vaso de Leche es un medio por el que el Estado contribuye a la proteccion y al desarrollo de los ninos y adolescentes y asi como de las madres gestantes y los ancianos, en custodia del bienestar general y lucha contra la desnutricion infantil, no puede ser suspendido ni postergado, sino es de prioridad su atencion; Que, mediante Informe Nº 038-2007-GAJ/MDCH de la Gerencia de Asesoria Juridica indica que el pedido de declaratoria de declaracion de estado excepcional, en el presente caso se encuentra justificado y cumple con los presupuestos y condiciones establecidos en el Art. 19º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 141º y 146º de su reglamento, toda vez que es un problema actual, es de caracter extraordinario, y es urgente su atencion; En uso de sus atribuciones conferidas por el Articulo 9º numeral 8) y 4) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente y con la aprobacion unanime de los senores miembros del Concejo Municipal, con la dispensa de lectura y aprobacion de Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion bajo la causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, para la adquisicion de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, de 70,659 Sachets de Leche Evaporada Entera por la suma de S/. 122,240.07 nuevos soles y 9,420 Kilos de MORDAZA Enriquecido por S/. 37,680.00 nuevos soles por un valor referencial total de S/. 159,920.07 nuevos soles, por un periodo de 77 dias calendario, hasta la suscripcion del MORDAZA contrato, que derive del MORDAZA de seleccion en marcha, lo que suceda primero. Con cargo a la fuente financiamiento 01 Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente saldo presupuestal: Funcion 05 Proteccion y Prevision Social, Programa 014 Promocion y Asistencia Social y Comuntaria, Sub programa 0049 Promocion y Asistencia Social, actividad 00588 Programa del Vaso de Leche, Rubro 00 Recursos Ordinarios, especifica de gasto 5.3.11.24 Alimentos de Personas por un monto de S/. 249,718.00 Nuevos Soles y; rubro 08 Impuestos Municipales, especifica de gasto 5.3.11.24 ­ Alimentos de Personas por un monto de de S/. 36,914 nuevos soles.) Articulo Segundo.- Autorizar a la Subgerencia de Recursos Humanos y Logisticos de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, la ejecucion del MORDAZA de seleccion por exoneracion para la contratacion de la empresa encargada del suministro de insumos para el Programa del Vaso de Leche, por el plazo a que se refiere el articulo primero mediante acciones inmediatas, debiendo observar para ello, lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.

Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo el presente Acuerdo y sus antecedentes a fin de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios y/o servidores, cuya conducta hubiese originado la configuracion de la Situacion de Desabastecimiento Inminente que se aprueba. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, el presente Acuerdo de Concejo y los informes que la sustentan dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Publicar el presente Acuerdo el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su adopcion y disponer la publicacion en el SEACE-CONSUCODE conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 96799-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Prorrogan plazo de vigencia del Programa Paga Facil establecido en la Ordenanza Nº 00033-2007-MDSJM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 0006-2007-MDSJM-A San MORDAZA de Miraflores, 14 de agosto del 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: POR CUANTO: Vista, la Ordenanza Nº 00033-2007-MDSJM de fecha 6 de MORDAZA del 2007, modificada por la Ordenanza Nº 00035-2007-MDSJM de fecha 18 de MORDAZA del 2007, el Decreto de Alcaldia Nº 0005-2007-MDSJM-A y el Informe Nº 331-2007-SGR-GR/MDSJM de la Sub Gerencia de Recaudacion; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 194º, 195º y 196º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promoviendo el desarrollo y la economia local; Que, el articulo 36º del Texto Unico Ordenando del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece que la administracion esta facultada para otorgar fraccionamiento a aquellos contribuyentes que deseen regularizar sus deudas tributarias, siempre que cumplan con los requisitos o garantias que se establezcan; Que, mediante Ordenanza Nº 00033-2007-MDSJM de fecha 6 de MORDAZA del 2007 se aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y no Tributarias la cual fue modificada mediante Ordenanza Nº 0035-2007MDSJM en fecha 18 de MORDAZA del 2007 la cual faculta al Senor MORDAZA en su Articulo 4º que se podra prorrogar la vigencia del Programa Paga Facil mediante la respectiva emision de un Decreto de Alcaldia; De conformidad con lo dispuesto con los articulos 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

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