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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de agosto de 2007 351657 DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia del Programa PAGA FACIL establecido en la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 00033-2007-MDSJM de fecha 6 de julio del 2007, la cual aprueba el “REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS” de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, modi fi cado por la Ordenanza Nº 00035-2007-MDSJM de fecha 18 de julio del 2007 hasta el 31 de agosto del 2007. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Rentas. Artículo 3º.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 96797-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 291-MSS Mediante O fi cio Nº 613-2007-SG-MSS la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 291-MSS, publicada en la edición del 11 de agosto de 2007. DICE:Artículo Cuarto.- DEJAR sin efecto toda disposición que se oponga a la presente ordenanza. DEBE DECIR: Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia, al día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano del nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el nuevo Cuadro de Asignación de Personal (CAP). 96249-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL GENERAL SANCHEZ CERRO Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 008-2007-MPGSCO Omate, 16 de abril del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL GENERAL SÁNCHEZ CERRO POR CUANTO :El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro en Sesión Ordinaria del 13 de abril del 2007;CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro es una entidad pública con personería jurídica, promotora de desarrollo local y social; goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, y de acuerdo a nuestra Constitución Política y a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, el Artículo 37 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 establece que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso de su Texto Único de Procedimientos Administrativos. Que, el Artículo 36 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos constituye un compendio de los procedimientos, requisitos y costos administrativos el cual es expedido mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía u ordenanza. Que, contando con la opinión favorable mediante Dictamen Nº 004-2007-CEPPA/CM de la Comisión Ordinaria de Economía, Plani fi cación, Presupuesto y Administración, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el numeral 5) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; el Concejo Municipal Provincial ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL GENERAL SÁNCHEZ CERRO - OMATE Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional de la Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro, vigente desde su publicación por el término que señala la Ley Nº 27444. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración y a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto la racionalización y el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Derogar toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la difusión y publicación de la presente ordenanza en el diario de mayor circulación de la región y en la WEB Institucional con arreglo a Ley. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.MAURICIO JOSÉ NINA JUÁREZ Alcalde Provincial 96231-1 Disponen la publicación de Ordenanza que aprobó el TUPA de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 201 -2007/MPGSC Omate, 8 de junio de 2007VISTOS: El Informe N° 090-2007-WJAM-(e)GPP/ MPGSCO de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad es un órgano de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, que cuenta con autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, tal como lo establece el Art. 194 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades.