Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2007 (16/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
MATERIA

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2007

sobre el particular, no cabe distinguir como pretende la impugnante, entre el reinicio de operaciones en mina y en planta concentradora, pues las recomendaciones de la fiscalizacion ambiental del MORDAZA semestre del ano 2004 se encontraban vinculadas a toda la U.E.A. "Sinaycocha Uno" y no solo a su planta concentradora. 4. De conformidad con el rubro 3, numeral 3.1 sobre Medio Ambiente, tercer parrafo de la Resolucion Ministerial Nº 353-2000-EM/VMM, que aprobo la Escala de Multas y Penalidades aplicada a los incumplimientos de las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria y sus normas reglamentarias, el incumplimiento de las recomendaciones formuladas como consecuencia de la fiscalizacion y de las investigaciones de los casos de dano al medio ambiente y catastrofes ambientales, seran sancionado adicionalmente con 2 UIT por cada recomendacion incumplida, las que se adicionaran a la multa que se imponga por infracciones detectadas en los diferentes procesos de fiscalizacion. Por lo que en atencion al citado MORDAZA normativo, se concluye que la multa aplicada en los actuados ha sido correctamente calculada, ya que es sancionable con 2 UIT por cada recomendacion incumplida, siendo 6 las recomendaciones incumplidas del MORDAZA semestre del ano 2004 y una recomendacion del primer semestre del ano 2005, segun consta a fojas 23, 24, 33, 34 y 35, por lo que correspondia aplicar 14 UIT de multa. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º inciso b) de la Ley Nº 26734, Ley de creacion de OSINERGMIN, articulos 1º, 17º y 18º de la Ley Nº 28964, ley que transfiere las competencias de supervision y fiscalizacion de las actividades mineras al OSINERGMIN e inciso l) del articulo 52º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el recurso de revision presentado por MINERA SINAYCOCHA S.A.C. contra la Resolucion Directoral Nº 060-2006-MEM/DGM en sus demas extremos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion; en consecuencia, CONFIRMAR los articulos 1º al 3º la citada resolucion. Articulo 2º.- REFORMAR el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 060-2006-MEM/DGM, disponiendose que el importe de la multa de 14 UIT sera depositado en la cuenta recaudadora Nº 193-1510302-0-75 del Banco de Credito o en la cuenta recaudadora Nº 3967417 del Scotiabank Peru S.A.A., dentro del plazo de 15 dias habiles de notificada la presente resolucion, debiendo MINERA SINAYCOCHA S.A.C. indicar al momento de cancelar al Banco el Codigo de Pago Nº 2120-2007, sin perjuicio de informar en forma documentada a OSINERGMIN del cumplimiento de la citada resolucion. Articulo 3º.- Declarar agotada la via administrativa. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 96209-2

Designacion de Funcionario Responsable de Remitir Ofertas de Empleo al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo.

VISTO: El Informe Nº 053-RRHH-GAF/2007 del area de Recursos Humanos. CONSIDERANDO: Que en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0122004-TR se establece la obligatoriedad de los organismos publicos y empresas del Estado de remitir sus ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que en el tercer parrafo del referido articulo se establece la necesidad de designar a un funcionario que sera el responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad; Que mediante Resolucion de Presidencia Nº 1302004-PD/OSIPTEL se designo al senor MORDAZA Molero como funcionario responsable de remitir al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de empleo de OSIPTEL; Que, habiendo concluido el vinculo laboral del citado funcionario, resulta pertinente designar al MORDAZA funcionario encargado de publicar las ofertas de puestos publicos que se tenga previsto convocar a concurso; Con la opinion favorable de la Gerencia de Administracion y Finanzas y de la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como funcionario responsable de remitir al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a traves del Programa Red Cil Proempleo, las ofertas de puestos publicos que se tenga previsto concursar. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo 96437-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 049-07 Chaclacayo, 15 de agosto del 2007 VISTOS: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 028-2007-GGM/MDCH de fecha 13.08.07 de la Gerencia General Municipal, Informe Nº 116-2007--GA/ MDCH de fecha 10.08.07 de la Gerencia de Administracion, el Informe Nº 038-2007-GAJ/MDCH de fecha 10.08.07 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 074-2007SGRHL/MDCH de fecha 09.08.07 de la Subgerencia de Recursos Humanos y Logisticos, Memorandum Nº 2642007-GPP/MDCH de fecha 09.08.07.06 de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 0102007-GDSH/MDCH de fecha 02.08.07 de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano; y,

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de puestos publicos al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a traves del Programa Red Cil Proempleo
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 100- 2007-PD/OSIPTEL MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2007

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