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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (30/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 89

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2007 352471 El proceso participativo tiene las siguientes fases: 1. Preparación. 2. Convocatoria.3. Identi fi cación de los agentes participantes. 4. Capacitación a los agentes participantes.5. Desarrollo de los talleres de trabajo.6. Formalización de los acuerdos.7. Formulación y evaluación técnica de prioridades.8. Rendición de cuentas de los proyectos ejecutados.9. Monitoreo y evaluación de los proyectos aprobados.10. Vigilancia ciudadana del proceso. Artículo 23º.- DE LA PREPARACIÓN La Municipalidad Distrital de Villa El Salvador a través de las gerencias respectivas en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital aprueba, a propuesta del Equipo Técnico Municipal, las actividades de difusión y sensibilización sobre la importancia de la participación de la ciudadanía en el proceso; seleccionando y preparando la información siguiente: a. El Plan Integral de Desarrollo Concertado, su revisión, avances en su ejecución y logros en su desarrollo obtenidos a la fecha. b. Informe sobre la situación del Plan de Desarrollo Institucional de la Municipalidad. c. Detalle de los proyectos priorizadas y ejecutados en el Proceso Participativo del año anterior. d. Las propuestas de proyectos que no alcanzaron fi nanciamiento en el Proceso Participativo del año anterior, podrán ser propuestas nuevamente, en la medida que mantengan su pertinencia en base al análisis de diagnóstico realizado. e. Relación de proyectos ejecutados y concluidos por parte de la Municipalidad y sus costos de mantenimiento. f. Información sobre el impacto respecto al desarrollo local de la inversión pública. g. Carpeta de proyectos estratégicos del Plan Integral de Desarrollo Concertado. Asimismo, un Informe de los compromisos asumidos por la sociedad civil, el sector privado y el sector público en los procesos participativos previos y su nivel de cumplimiento; y otra información complementaria que se considere pertinente. Esta información deberá ser distribuida entre los agentes participantes con anterioridad al inicio de los Talleres de Trabajo. Artículo 24º.- DE LA CONVOCATORIA El Alcalde, en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, realizará durante el mes de junio de cada año la convocatoria general para participar en el proceso del Presupuesto Participativo a todas las organizaciones de la sociedad civil del distrito que deseen inscribirse como agentes participantes del mismo. Artículo 25º.- IDENTIFICACIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES La Municipalidad de Villa El Salvador, a través de la Gerencia de Promoción y Bienestar Social o la que haga sus veces, y las Agencias Municipales de Desarrollo, facilitan y efectúan en cada territorio del distrito la inscripción de las organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas interesadas en participar en el proceso, contando para tal efecto con el apoyo de los diferentes órganos administrativos de la Municipalidad. Asimismo, con el fi n de propiciar y facilitar la mayor presencia posible de organizaciones de la sociedad civil de carácter territorial, temático y representativas de poblaciones en situación de vulnerabilidad social y extrema pobreza, se promoverán permanentemente formas y mecanismos de identi fi cación y de registro de organizaciones complementarios a los ya existentes. Los requisitos están establecidos en el artículo 34º de la presente Ordenanza; es requisito indispensable para los agentes participantes acreditar su vivencia en el distrito, de acuerdo a lo señalado en su Documento Nacional de Identidad. La Municipalidad de Villa El Salvador por medio de las gerencias correspondientes promoverá la activa participación de los jóvenes en el proceso del Presupuesto Participativo. Artículo 26º.- CAPACITACIÓN A LOS AGENTES PARTICIPANTESLa Municipalidad con la participación del Consejo de Coordinación Local Distrital, convocará a los agentes participantes a capacitaciones sobre temas de programación, procesos de planeamiento, inversión pública y otros temas que se consideren necesarios en el marco del proceso participativo. Para el mejor cumplimiento de esta fase, se establecerán convenios y acuerdos especí fi cos con entidades públicas, instituciones de la sociedad civil y organismos de la cooperación internacional que intervengan en el distrito. Artículo 27º.- DESARROLLO DE LOS TALLERES DE TRABAJO Los Talleres de Trabajo son las reuniones de Agentes Participantes convocadas por el Alcalde y por los Comités de Gestión Territorial del Presupuesto Participativo, comprende dos momentos diferenciados, detallados en los siguientes literales: a. Taller Distrital de Apertura y Rendición de Cuentas : En este primer momento el Alcalde informa a los agentes participantes y a la comunidad en general sobre el Plan Integral de Desarrollo Concertado del distrito y rinde cuentas sobre los resultados del proceso participativo y presupuestario del año previo, así como de la ejecución de los proyectos de dicho proceso; asimismo, informa sobre el impacto en el desarrollo local de la inversión realizada y el nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por los diversos actores en el proceso anterior, con el objeto de orientar y mejorar el nuevo proceso. En este evento, el Gerente de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto informa también sobre los recursos de los que se dispone para la ejecución de las acciones a ser priorizadas en el proceso del año en curso. b.Talleres de trabajo territorial: Este segundo momento comprende el desarrollo de los Talleres siguientes: b1.Talleres de Diagnóstico Temático y Territorial: En estos talleres, los agentes participantes, en reuniones con sus representados y en reuniones de agentes participantes, socializan, validan y profundizan el análisis de los problemas y las potencialidades del distrito y de su territorio, concluyendo en una priorización de problemas relevantes en los temas determinados por las Líneas Estratégicas del Plan Integral de Desarrollo Concertado priorizadas según lo establecido en el Artículo 9º de la presente Ordenanza, utilizando como base la información de diagnósticos existentes sistematizada por el Equipo Técnico Municipal. Asimismo, en estos talleres se sugieren ideas de proyectos comunales y estratégicos que se tomarán en cuenta para la formulación de per fi les básicos de proyectos por el Equipo Técnico Municipal. A partir de la priorización de problemas realizada en estos talleres, el Equipo Técnico Municipal elabora y propone un conjunto de per fi les básicos de proyectos de inversión pública comunales y estratégicos para su posterior priorización, para lo cual coordina con el respectivo Comité de Gestión Territorial del Presupuesto Participativo y con otros agentes involucrados. b2. Talleres de De fi nición y Priorización de Acciones: En estos talleres, el Equipo Técnico Municipal y el correspondiente Comité de Gestión Territorial del Presupuesto Participativo presentan en cada territorio las propuestas de proyectos comunales y estratégicos elaboradas sobre la base de la priorización de problemas realizada en los Talleres de Diagnóstico, luego de lo cual los agentes participantes discuten y de fi nen la priorización de los proyectos comunales aplicando para ello los criterios señalados en el artículo 11º de la presente Ordenanza. Para el caso de los proyectos estratégicos, cada uno de los agentes participantes recibirán una fi cha conteniendo la lista consolidada de los proyectos estratégicos resultantes a nivel de todos los territorios, debiendo señalar un orden de priorización en la Ficha. El Equipo Técnico Municipal consolida dichas fi chas, constituyendo un primer nivel de la priorización, realizada por los agentes participantes. La determinación del monto especí fico que se destinará a cada propuesta de proyecto priorizada es realizada por el Equipo Técnico Municipal. Los Responsables Políticos de los territorios deberán participar obligatoriamente en los Talleres de Trabajo que se desarrollen en su respectivo territorio. Debiendo dejar constancia en el acta, su asistencia o inasistencia. No limita la participación de otros regidores.