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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2007 352465 POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y la Ley de Reforma, Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo establecido en los incisos 3) y 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, así como aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, las Ordenanzas de las Municipalidades Distritales, en materia de su competencia son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la Organización Interna, las cuales rigen a partir del día siguiente de su publicación; Que, por Ordenanza Nº 291-MSS, publicada el 11.08.2007, se aprobó los Lineamientos de Política y Objetivos Generales Estratégicos; como la nueva Estructura Orgánica básica de la Municipalidad de Santiago de Surco, otorgando un plazo de treinta (30) días calendario contados a partir de la aprobación de la presente Ordenanza a la Comisión designada por Resolución de Alcaldía Nº 283-2007-RASS, para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones y del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; Que, corresponde a cada municipalidad, organizar su administración, de acuerdo con sus necesidades y conforme a los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, e fi cacia, e fi ciencia, participación y seguridad ciudadana, según lo prescrito en los Artículos 8º y 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, en cumplimiento de los lineamientos de política y objetivos generales estratégicos de la Municipalidad, es necesario rediseñar la estructura orgánica adaptándola a las nuevas exigencias y necesidades de la administración, mediante la actualización de los instrumentos de gestión correspondientes; Estando al Dictamen Conjunto Nº 026-2007-CGM-CAJ- MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, el Informe Nº 1452-2007-GM-MSS de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 702-2007-OAJ-MSS, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y conforme a las facultades establecidas en los Artículos 9º numerales 3) y 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero .- MODIFICAR los literales b, e, f y h) del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 291-MSS, que aprueba la Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad de Santiago de Surco, y el Organigrama conforme al Anexo 1 adjunto, en los siguientes extremos: En el literal b., modi fi car los Órganos Consultivos y de Coordinación: en del Concejo Municipal y de Alcaldía e incluir en este último al Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, quedando conformada de la siguiente manera: b. ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACIÓN b.1. DEL CONCEJO MUNICIPAL - Comisión de Regidores - Consejo de Coordinación Local Distrital. b.2. DE ALCALDÍA - Juntas de Delegados de Vecinos Comunales. - Comité de Defensa Civil.- Comité Distrital de Seguridad Ciudadana. En el literal e., en los Órganos de Asesoria dependientes de la Alcaldía, modi fi car la Procuraduría Pública Municipal Adjunta dependiente de la Procuraduría Pública Municipal, quedando conformada de la siguiente manera: e. ÓRGANOS DE ASESORÍA- Procuraduría Pública Municipal - Ofi cina de Asesoria Jurídica - Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto - Unidad de Planeamiento y estadística - Unidad de Presupuesto En el literal f., en los Órganos de Apoyo dependientes de la Alcaldía, modi fi car la Secretaría General de Concejo, señalándola como Secretaría General, quedando conformada de la siguiente manera: f. ÓRGANOS DE APOYO DEPENDIENTES DE LA ALCALDÍA - Secretaría General - Unidad de Trámite Documentario y Archivo- Unidad de Participación Vecinal. - Ofi cina de Imagen Institucional. - Unidad de Servicios Especiales. En el literal h., incorporar en la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Subgerencias de Defensa Civil, y en la Gerencia de Desarrollo Humano y Proyección Social incluir en la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo la denominación del Deporte, quedando dichas Gerencias; Organos de Linea dependientes de la Gerencia Municipal, conformadas de la siguiente manera: - Gerencia de Desarrollo Urbano : - Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas - Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro- Subgerencia de Desarrollo Económico e Inspecciones básicas en defensa civil - Subgerencia de Fiscalización.- Subgerencia de Defensa Civil. - Gerencia de Desarrollo Humano y Proyección Social - Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte. - Subgerencia de Salud.- Subgerencia de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades. Artículo Segundo .- PRORRÓGUESE, por diez días hábiles adicionales el plazo otorgado mediante el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 291-MSS, para que la Comisión de Funcionarios designada mediante Resolución Nº 283-2007-RAS, presente ante el Pleno del Concejo Municipal el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Nuevo Cuadro de asignación de Personal (CAP). Artículo Tercero.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario O fi cial El Peruano del Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el nuevo Cuadro de Asignación de Persona (CAP) que apruebe el Concejo Municipal de Santiago de Surco. POR TANTO:Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde