Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2007 (30/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2007

Que, los gobiernos locales conforme a lo dispuesto en el articulo II de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, goza de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, rige en materia tributaria conforme al Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Ley Nº 776, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Codigo Tributario y supletoriamente Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la Constitucion Politica del Estado en su articulo 73º, consagra a los bienes de dominio publico caracter de inalienable e imprescriptible, concordante con el ultimo parrafo del articulo 56º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 186 de fecha 19 de noviembre de 1990, se declaro la Intangibilidad de la franja resultante del derecho de via ubicada en el sector oeste de la Av. Separadora Industrial, en el terreno comprendido entre el MORDAZA Mayorista y la Autopista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como reservar dicha franja de terreno como area de proyeccion en el Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 00357 de fecha 24 de febrero de 1998, en su articulo 2º dispone, la notificacion a todos los ocupantes de la franja de terreno resultante del acortamiento de la Av. Separadora industrial, para que se abstengan de edificar en areas de terreno calificadas INTANGIBLES bajo responsabilidad de ser demolidos a cuenta y costo de quienes desacaten dicha resolucion; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 0050-2007MDSA, de fecha 7 de MORDAZA del ano 2007, se aprueba la propuesta de modificacion de la seccion vial, de 83.00 ml, de la Av. Separadora Industrial, en lo que respecta al tramo comprendido en la jurisdiccion de MORDAZA Anita; Que, mediante Oficio Nº 514-2007-MML-GDU de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, da cuenta sobre el Informe Tecnico Nº 002-2007-MCA-IMC, el cual advierte que el derecho de via de la Av. Separadora aprobado en las habilitaciones Urbanas y otros planes Urbanos, viene siendo ocupado con construcciones informales. En ese sentido senalan, que el MORDAZA Mayorista de MORDAZA MORDAZA, sobre la Av. Separadora Industrial posee un frente de 900 m ( aprox.) que segun el proyecto uno de los ingresos principales al MORDAZA Mayorista sera por esta via, sin embargo el MORDAZA perimetrico colindante al MORDAZA Mayorista viene siendo ocupado por talleres de muebles, talleres de mecanica, restaurantes, playas de estacionamiento de camiones, etc, reduciendo la seccion vial a 55 aprox. sin respetar el eje aprobado en las habilitaciones urbanas, en consecuencia senalan que el derecho de via existente en la Av. Separadora industrial entre la carretera Central y la Av. Metropolitana, fuera de los 55.00m corresponde al area de reserva para los MORDAZA movimientos que se van ha originar en dicha MORDAZA, ante la apertura del MORDAZA Mayorista. Motivo por el cual solicitan tomar las medidas pertinentes del caso; Que, la Subgerencia de Catastro y Habilitacion MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA en su Informe Nº 03352007-SGCHU-GODU/MDSA, senala, que considerando una seccion vial de 83.00ml ha procedido a levantar informacion sobre el terreno MORDAZA referido, encontrando una seccion variable en la Av. Separadora Industrial, desde 40.00 metros hasta 67.85 metros, tomado desde la Cooperativa de Vivienda "Sol de Vitarte" y la empresa de Manufactura JOSFEL S.A. (ambas cuentan con habilitaciones urbanas aprobadas), lo que evidencia claramente, la ocupacion de la via publica del sector oeste de la Av. Separadora Industrial por predios informales; Que, la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria en su Informe Nºs. 0033 y 0043-2007-SGFT-GR/MDSA, senala que pudo constatar in situ en el tramo comprendido Av. Separadora Industrial entre la Carretera Central y la Av. Metropolitana, construcciones dedicados a actividades comerciales diversas, que se encuentran ocupando la via publica, motivo por el cual ha identificado en la Base de datos de contribuyentes 36 predios registrados; Que, la Subgerencia de Administracion Tributaria, en su Informe Nº 1315-2007-SGAT-GR/MDSA, senala que la Constitucion Politica del Estado, en su articulo 73º expresa taxativamente, que los bienes de dominio publico son de caracter inalienable e imprescriptible, en consecuencia al tener dicha condicion las vias publicas no podrian considerar el uso para viviendas, tiendas comerciales, talleres o cualquier otra modalidad de ocupacion. Motivo

por el cual, considera que debe ser retirado de la base de datos de contribuyentes, que se hayan registrado en dicha franja; Estando a lo expuesto y con las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Ley Nº 776, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; se, RESUELVE: Articulo Primero.- ANULAR los codigos de contribuyentes y codigo predial, por los motivos expresados en la parte considerativa de la presente resolucion, a los que se detallan en los siguientes cuadros:
Codigo de Contribuyente 002363 016634 025981 025982 025983 026015 026023 026487 026505 026511 Codigo de Predio 004145 020426 031104 031105 031106 031138 031142 031726 031742 031753 Codigo de Contribuyente 026601 026652 026717 026756 026758 029080 027184 027209 027514 027650 Codigo de Predio 031873 031927 032004 032050 032053 032127 032410 032456 032666 032763 Codigo de Contribuyente 028050 028049 028237 028248 027567 028874 026247 028123 028514 029063 Codigo de Predio 033014 033027 033178 033185 036679 10000007769 031451 033082 10000007445 10000007892

Articulo Segundo.- ANULAR los codigos de predio de los siguientes contribuyentes por los motivos expresados en la parte considerativa, detallado en los siguientes cuadros:
Codigo Contribuyente Codigo Predial 10000007799 26775 10000007830 10000007862 Codigo Contribuyente 028951 Codigo Predial 10000007807 10000007808 Codigo Contribuyente 026775 Codigo Predial 10000007862

Articulo Tercero.- Dejar sin efecto el registro en la Base de Datos de Contribuyentes, a aquellos que no hayan sido considerados en el articulo precedente, ubicados en la franja del sector oeste de la Avenida Separadora Industrial entre la carretera central y la Av. Metropolitana. Articulo Cuarto.- Encargar a la Subgerencia de Administracion Tributaria, Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria, Subgerencia de Control y Recaudacion y Ejecutoria Coactiva, el fiel cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OKAMOTO Gerente de Rentas

101788-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 291-MSS, que aprueba la Nueva Estructura Organica de la Municipalidad y Organigrama
ORDENANZA Nº 293-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 27 de agosto de 2007 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA

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