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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (30/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2007 352456 VISTOS: El pedido de la señorita Consejera Regional por la provincia de Huaura, doctora Marianela Teresa Junco Barrera, para emitir un Acuerdo de Consejo para la conformación de una mesa de conservación de la Albufera de Medio Mundo. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2007-AG, publicado en el Diario O fi cial El Peruano, se estableció el Área de Conservación Regional a la Albufera de Medio Mundo; Que, con fecha 9 de julio del año en curso en el Centro Poblado de Medio Mundo se llevo a cabo una reunión con la presencia de funcionarios del Gobierno Regional, principales autoridades y población en general, reunión en la cual se propuso la constitución de una Mesa de Conservación de la Albufera de Medio Mundo; Que, tras las deliberaciones respectivas entre los señores Consejeros y señoras Consejeras Regionales a la Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del día jueves 19 de julio de 2007, llevada a cabo en la ciudad de Huacho, y con el voto unánime de sus integrantes y en uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39º del mismo cuerpo legal; ACUERDA:Artículo Primero.- CONFORMAR una Mesa de Conservación de la Albufera de Medio Mundo, la misma que estará conformada de la siguiente manera: • Gerente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, en su calidad de Representante del Presidente Regional. • Director Regional de Agricultura, quien actuará como Secretario Técnico. • Alcalde Provincial de Huaura.• Alcalde Distrital de Vegueta.• Alcalde del Centro Poblado Menor de Medio Mundo.• Presidente de la Junta Administradora de Usuarios de Agua de Medio Mundo. • Representante de la Sociedad Civil del Centro Poblado de Medio Mundo. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo de Consejo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MARIANELA JUNCO BARRERA Consejera Delegada 102723-2 Remiten pedido de investigación sobre suministro de bienes a dependencias de la Dirección Regional de Agricultura, a la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Control, Reglamento, Ética y Medidas Disciplianrias ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 052 -2007-CR/GRL Huacho, 19 de julio del 2007. VISTOS: El pedido de la señorita Consejera Regional por la provincia de Huaura, doctora Marianela Teresa Junco Barrera, que ante los hechos de conocimiento público en que se atribuye a la Consejera Regional Nelly Alejandrina Tang Sánchez, haber proveído o suministrado bienes a las dependencias de la Dirección Regional de Agricultura, el Consejo Regional de Lima, se pronuncie conforme a sus atribuciones. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, como es de conocimiento público la persona de Juan Carlos Villarreal (quien falleciera en la ciudad de Huaral), puso en conocimiento a la opinión pública el hecho en que vendría incurriendo la Consejera Regional Nelly Alejandrina Tang Sánchez, toda vez que estaría proveyendo o suministrado bienes, a las dependencias de la Ugel de Huaral y a la Dirección Regional de Agricultura, hecho que ha sido aceptado en entrevistas periodísticas por la referida la Consejera Regional y el Presidente Regional Ingeniero Nelson Chui Mejía, por lo que es menester que el Consejo Regional de Lima, tome cartas en el asunto pronunciándose conforme a sus atribuciones. Que, tras las deliberaciones respectivas entre los señores Consejeros y señoras Consejeras Regionales a la Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del día jueves 19 de julio de 2007, llevada a cabo en la ciudad de Huacho, y con el voto unánime de sus integrantes y en uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39º del mismo cuerpo legal; ACUERDA: Artículo Primero.- REMITIR el pedido de investigación solicitado por la señorita Consejera Regional por la provincia de Huaura, doctora Marianela Teresa Junco Barrera, respecto al hecho imputado a la Consejera Regional Nelly Alejandrina Tang Sánchez, que estaría proveyendo o suministrado bienes a las dependencias de la Dirección Regional de Agricultura; encargándosele la investigación que el caso amerita a la Comisión de Fiscalización, Control, Reglamento, Etica y Medidas Disciplinarias la misma que esta presidida por el Consejero Regional Igor Orestes Galarza de la Cruz. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo de Consejo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MARIANELA JUNCO BARRERA Consejera Delegada 102723-3 Remiten pedido de investigación sobre adquisición de computadoras, a la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Control, Reglamento, Ética y Medidas Disciplinarias ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 053-2007-CR/GRL Huacho, 1 de agosto del 2007. VISTOS: El pedido del señor Consejero Regional por la provincia de Oyón, ingeniero Santos Tomás Quispe Murga, a fi n de investigar la adquisición de computadoras por parte del Gobierno Regional de Lima para la Institución Educativa Nº 20075 de la provincia de Oyón. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional;